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Sesión 21ª, Ordinaria, en miércoles 23 de mayo de 2012
De 16:19 a 19:32 horas. Asistencia de 35 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Camilo Escalona, Presidente y Alejandro Navarro, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.



AUMENTA PENAS POR ROBO DE CAJEROS AUTOMÁTICOS

Se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que aumenta las penas del delito de robo de cajeros automáticos. (Boletín N° 7.689-07) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto, iniciado en Mensaje, tiene por objeto tipificar el delito de robo de cajeros automáticos, imponiendo una sanción superior a la prevista para el robo en lugar no habitado, (presidio menor en su grado medio a máximo: de 541 días a 5 años) que es la que normalmente se ha aplicado en estos casos, con la finalidad de desincentivar la comisión de esta acción delictiva, la que se ha visto incrementada en forma preocupante en el último tiempo.
Proyecto de ley:
- Castiga con presidio menor en su grado máximo (de 3 años y un día a 5 años), el robo con fuerza de cajeros automáticos, dispensadores o contenedores de dinero, o del dinero y valores contenidos en ellos.
- Para los efectos de la aplicación de la sanción, se especifica cuando hay fuerza en las cosas, como por ejemplo, por forado, rompimiento de pared, techo o fractura de puertas y ventanas, por ganzúas u otros elementos semejantes; cuando se ha fracturado, destruido o dañado el cajero automático y sus dispositivos de protección mediante instrumentos contundentes o cortantes, incluyendo medios químicos o, cuando se emplean medios de tracción.
- Encarga al Ministerio del Interior regular las medidas mínimas de seguridad que deberán cumplir las entidades bancarias propietarias o administradoras de cajeros automáticos.
- En la regulación, deberán contemplarse materias relativas a la ubicación y entorno de los cajeros automáticos, a los sistemas de anclaje, de alarma y de grabación de imágenes, a la protección contra elementos cortantes o fundentes, empotramiento y blindaje, así como al sistema disuasivo de seguridad de entintado de billetes.
Intervinieron los Senadores Fulvio Rossi, Alejandro Navarro, Hernán Larraín, Alberto Espina, Andrés Zaldívar, Hosaín Sabag, Alejandro García Huidobro, Mariano Ruiz-Esquide, Jaime Orpis, Ricardo Lagos, Ximena Rincón, Víctor Pérez, José Antonio Gómez, Juan Antonio Coloma, Jaime Quintana, Gonzalo Uriarte y José García.
En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.




REGULA EL CONTRATO DE SEGURO

Por unanimidad, se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula el contrato de seguro. (Boletín N° 5.185-03) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto regular el contrato de seguro, modernizando y adecuando la legislación vigente a las actuales prácticas del mercado y tipos de seguros que se comercializan, estableciendo un marco de garantías mínimas en protección de los asegurados.
Contenido del proyecto:
- Establece normas generales, aplicables a todo tipo de seguros, disponiendo que mediante este contrato se transfieren al asegurador uno o más riesgos a cambio del pago de una prima, quedando éste obligado a indemnizar el daño que sufriere el asegurado, o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones pactadas.
- Introduce una cláusula general por la que el asegurado pueda siempre poner término anticipado al contrato de seguro; la aseguradora, por su parte, sólo podrá hacerlo previa expresión de causa.
- Regula los seguros de daños, entendiendo por éstos los que tienen por objeto la indemnización de los daños sufridos por el asegurado y pueden recaer sobre cosas corporales, derechos o sobre un patrimonio.
- Establecen normas especiales respecto de los seguros por daños producidos con ocasión de incendios; de robo, hurto y otras sustracciones; de demandas de indemnizaciones (seguros de responsabilidad civil); de transporte terrestre; de pérdida de beneficios; de crédito y de caución.
- Regula el contrato de reaseguro, precisándose la independencia entre el contrato de seguro y el de reaseguro, de forma que el asegurador debe siempre responder al asegurado, sin perjuicio que pueda después exigir el cumplimiento de lo que a la empresa de reaseguro corresponda.
- Dispone normas especiales respecto de los seguros de personas, entendiendo por ellos, los que cubren los riesgos que puedan afectar la vida, la integridad física o intelectual, la salud de las personas y los que garantizan a éstas, dentro o al término de un plazo, un capital o una renta temporal o vitalicia.
Intervinieron los Senadores José García, Ximena Rincón y el Ministro de Hacienda subrogante, Julio Dittborn.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 11 de junio próximo.



GARANTIZA AMBIENTES LIBRES DE HUMO DE TABACO

Se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco. (Boletín Nº 7.914-11)
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto establecer nuevos mecanismos para proteger a la población de la exposición al humo de tabaco, en los lugares de uso público.
Contenido del Proyecto:
- Elimina la posibilidad de efectuar publicidad del tabaco en el exterior de los locales de venta de estos productos, y prohíbe todo tipo de publicidad indirecta, donde se muestre en medios de comunicación masiva, la marca o el consumo de productos hechos de tabaco.
- Prohíbe cualquier forma de publicidad de productos hechos con tabaco en lugares que se encuentren a menos de 300 metros de distancia de los establecimientos de enseñanza básica y media
- Establece la existencia de un plan nacional de educación sobre el tabaco y sus daños, el que deberá actualizarse al menos cada cinco años.
- Prohíbe fumar en todo espacio cerrado que sea un lugar accesible al público o de uso comercial colectivo, independientemente de quien sea el propietario o de quien tenga derecho de acceso a ellos.
- Elimina la norma que permitía fumar en las oficinas individuales de los recintos o dependencias de los órganos del Estado, cuando éstas cuenten con ventilación hacia el aire libre o extracción del aire hacia el exterior.
- Elimina la norma que permitía, a los propietarios o administradores de los lugares de trabajo particulares, decidir sobre si en dichos lugares se podía o no fumar.
- Deroga la norma que regulaba la existencia de lugares diferenciados para fumadores y no fumadores en los restoranes, bares, pubs, discotecas, cabarés, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados, y demás establecimientos similares, en los que por tratarse de lugares cerrados, queda prohibido fumar.
- Extiende la facultad fiscalizadora del cumplimiento de las normas de la Ley del tabaco, a los inspectores de la municipalidad respectiva.
Intervinieron los Senadores Fulvio Rossi, Francisco Chahuán, Guido Girardi, Mariano Ruiz-Esquide, Gonzalo Uriarte, Soledad Alvear, Carlos Larraín, Alejandro Navarro, Alejandro García-Huidobro, Alberto Espina, Víctor Pérez y Juan Antonio Coloma.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Comisión para segundo informe.



INCIDENTES

El SENADOR ALEJANDRO NAVARRO se refirió a la situación del pueblo Saharaui, etnia de origen árabe y de habla hispana, cuyo territorio estuvo colonizada por España y luego por el Reino de Marruecos, hasta que en 1976 se independizó, constituyendo la República Árabe Saharaui Democrática, RASD, la que actualmente es miembro de la Unión Africana y ha sido reconocida por más de 80 países y Estados en el mundo.
Informó sobre las denuncias de tortura y malos tratos cometidos por agentes marroquíes en contra del pueblo saharaui, y sobre las presiones indebidas que habría ejercido Marruecos para impedir que Chile reconozca a la RASD como Estado, por lo que solicitó se oficie al Presidente de la República a fin que nuestro país efectué dicho reconocimiento.