Sesión 56ª, Ordinaria, en miércoles 17 de octubre de 2012
De 16:19 a 19:49 horas. Asistencia de 35 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Camilo Escalona, Presidente y Pedro Muñoz, presidente accidental.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.
MODIFICA LEY DE PESCA EN MATERIA DE SUSTENTABILIDAD DE RECURSOS HIDROBIOLÓGICOS
Se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica, en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la Ley General de Pesca y Acuicultura contenida en la ley N° 18.892 y sus modificaciones. (Boletín N° 8.091-21) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objetivo central la sustentabilidad de los recursos hidrobiológicos, para la cual propone un sistema de administración y gestión a largo plazo, que considera la explotación óptima de los recursos pesqueros en armonía con el medio ambiente.
Contenido del proyecto de ley:
- Reconoce como objetivo primordial de la legislación pesquera nacional, el garantizar el uso sustentable de los recursos hidrobiológicos, a fin de favorecer que su uso se desarrolle a un ritmo que no ocasione su disminución a largo plazo, mediante la incorporación del principio precautorio, el enfoque ecosistémico y la salvaguarda de los ecosistemas marinos.
- Incorpora nuevos conceptos relacionados con la sustentabilidad en el ejercicio de las actividades pesqueras, tales como rendimiento máximo sostenible, estado de las pesquerías y puntos biológicos de referencia.
- Introduce modificaciones al proceso de toma de decisiones de las medidas de conservación y manejo de los recursos hidrobiológicos, otorgando mayor relevancia en este proceso a la recomendación científica por sobre cualquier otra consideración. Para ello, se traspasan las facultades resolutivas desde de los Consejos de Pesca a los Comités Científicos que se crean.
- Crea ocho Comités Científicos Técnicos pesqueros, como organismos asesores y/o de consulta de la Subsecretaría en las materias científicas relevantes para la administración y manejo de las pesquerías que tengan su acceso cerrado, así como en aspectos ambientales y de conservación. Además, deberán existir tres Comités para las siguientes materias: ambiental, sanitario y de ordenamiento territorial.
- Impone a la autoridad, al momento de fijar las cuotas globales de captura, el deber de llevar la pesquería al rendimiento máximo sostenible, conforme a los rangos determinados por el Comité Científico Técnico respectivo.
- Dispone que, dentro del plan de manejo de una pesquería que se encuentre en estado de sobrexplotación o agotada, se deberá establecer un programa de recuperación, el cual deberá considerar una evaluación completa de la pesquería, en sus aspectos biológicos y de administración y, los efectos económicos y sociales de la adopción de las medidas que se propongan.
- Introduce una serie de modificaciones al régimen de plena explotación, algunas de carácter formal y otras referidas principalmente a las adecuaciones al nuevo proceso de toma de decisiones, y al sistema de acceso al régimen.
- Reserva la primera milla para pescadores artesanales de embarcaciones de una eslora inferior a 12 metros, estableciéndose un mecanismo para que los pescadores artesanales de mayor tamaño puedan ingresar a esa primera milla en la medida que exista un acuerdo con los pescadores artesanales de menor tamaño.
- Establece el pago de una patente pesquera artesanal respecto de las embarcaciones de armadores artesanales, que posean una eslora igual o superior a 12 metros. Además, estas naves estarán obligadas a usar un dispositivo de posicionamiento satelital.
- Regula el "Régimen Artesanal de Extracción", consistente en la distribución de la fracción artesanal de la cuota global de captura en una determinada Región, ya sea por área o flota, tamaño de las embarcaciones, caleta, organizaciones de pescadores artesanales o individualmente.
- Fortalece normas de fiscalización pesquera, entre las cuales se incorpora la obligación de toda nave de entregar la información de captura desembarcada por viaje de pesca, lo que debe ser certificado por una entidad auditora externa acreditada por el Servicio Nacional de Pesca.
- Otorga al Instituto de Fomento Pesquero el carácter de colaborador y asesor permanente en el proceso de toma de decisiones con respecto al uso sustentable de los recursos pesqueros y la conservación del medio ambiente marino, en su calidad de organismo técnico especializado en investigaciones científicas en materia de pesquerías y acuicultura.
- Introduce modificaciones al Fondo de Administración Pesquero, a objeto de establecer las bases de una plataforma social para los trabajadores de la industria pesquera.
Intervinieron los Senadores Fulvio Rossi, Jaime Orpis, Hosaín Sabag, Alejandro García-Huidobro, Eugenio Tuma, José García, Juan Pablo Letelier, Hernán Larraín, Andrés Zaldívar, Carlos Bianchi, Soledad Alvear, Ricardo Lagos, Juan Antonio Coloma, Patricio Walker, Guido Girardi, Camilo Escalona, Francisco Chahuán, Pedro Muñoz, Jovino Novoa, Isabel Allende y Antonio Horvath.
En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 29 de octubre próximo.