REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 360ª
Sesión 93ª, en miércoles 9 de enero de 2013
Ordinaria
(De 16:21 a 20:11)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES CAMILO ESCALONA MEDINA, PRESIDENTE;
ALEJANDRO NAVARRO BRAIN, VICEPRESIDENTE, Y FRANCISCO CHAHUÁN CHAHUÁN, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIOS, LOS SEÑORES MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR,
Y JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, SUBROGANTE
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VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
Asistieron los señores:
--Allende Bussi, Isabel
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Larraín Peña, Carlos
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Muñoz Aburto, Pedro
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Rincón González, Ximena
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Tuma Zedan, Eugenio
--Uriarte Herrera, Gonzalo
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros Secretario General de la Presidencia, señor Cristián Larroulet Vignau; de Economía, Fomento y Turismo, señor Pablo Longueira Montes, y de Transportes y Telecomunicaciones, señor Pedro Errázuriz Domínguez. Asimismo, se encontraban presentes el Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton Palma, y el asesor legislativo de esa misma Subsecretaría, señor Andrés Rodríguez Ariztía.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:22, en presencia de 18 señores Senadores.
El señor ESCALONA (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 72ª, especial, en 22 de noviembre; 73ª, 74ª y 75ª, especiales, en 23 de noviembre; 85ª y 86ª, empalmadas, especial y ordinaria, respectivamente, ambas en 12 de diciembre; 87ª, ordinaria, en 18 de diciembre; 88ª y 89ª especial y ordinaria, respectivamente, ambas en 19 de diciembre, todas del año 2012; 90ª, especial, y 91ª, ordinaria, ambas en 2 de enero del año en curso, que no han sido observadas.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE (Prosecretario).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensaje
De Su Excelencia el Presidente de la República, con el que da inicio a un proyecto de ley que crea la Agencia Nacional de Acreditación y establece un nuevo sistema de acreditación de las instituciones de educación superior (boletín Nº 8.774-04).
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y, en su caso, a la de Hacienda.
Oficios
Tres de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero informa que aprobó el proyecto que modifica la Ley del Deporte (boletín N° 8.316-29).
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y, en su caso, a la de Hacienda.
Con el segundo comunica que aprobó la proposición de la Comisión Mixta constituida conforme a lo que dispone el artículo 70 de la Constitución Política de la República sobre la forma y el modo de resolver la discrepancia suscitada durante la tramitación del proyecto de ley que crea la circunscripción senatorial de la Región de Arica y Parinacota (boletín N° 7.260-06).
--Queda para tabla, previo informe de la Comisión de Hacienda, en virtud de lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 17 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
Con el último comunica que aprobó, en los mismos términos en que lo hizo el Senado, el proyecto de ley destinado a evitar la contaminación por algas de las cuencas hidrográficas (boletín N° 7.192-12).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia el Presidente de la República.
Del señor Ministro de Desarrollo Social:
Adjunta oficio por el que el señor Secretario Ministerial de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena responde consulta, cursada en nombre del Senador señor Muñoz Aburto, sobre cumplimiento de promesas hechas a vecinos afectados por el aluvión que el 11 de marzo de 2012 se desplazó por la ciudad de Punta Arenas.
--Queda a disposición de Sus Señorías.
Informes
De la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que permite la transferencia de la calidad de sostenedor de un establecimiento educacional, sin solución de continuidad (boletín Nº 8.696-04) (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
De la Comisión de Minería y Energía, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que regula la carretera eléctrica (boletín N° 8.566-08) (con urgencia calificada de "suma").
Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que introduce modificaciones en el Código Civil y en otros cuerpos legales con el objeto de proteger la integridad del menor en caso de que sus padres vivan separados (boletines Nº 5.917-18 y 7.007-18, refundidos) (con urgencia calificada de "suma").
--Quedan para tabla.
Moción
De los Senadores señores Zaldívar, Lagos e Ignacio Walker, con la que se da inicio a un proyecto de ley que asegura la continuidad de prestación del servicio educativo en el caso de instituciones de educación superior expuestas a la cancelación de su personalidad jurídica y a la pérdida del reconocimiento oficial (boletín N° 8.775-04)
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Proyecto de acuerdo
De los Senadores señores Prokurica, Chahuán, Espina, García-Huidobro, Horvath, Larraín Peña y Ruiz-Esquide, con el que le piden a Su Excelencia el Presidente de la República la implementación de un sistema de pensiones que beneficie a los docentes de establecimientos municipalizados (boletín N° S 1.547-12).
--Queda para el Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria respectiva.
Solicitud de archivo
De la Comisión de Salud, con la que propone al Senado, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 36 bis del Reglamento, el archivo de los siguientes asuntos:
1.-
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Girardi, Chahuán, Rossi y Ruiz-Esquide, que prohíbe toda forma de publicidad del tabaco y restringe su consumo (boletín N° 7.456-11), en razón de que disposiciones similares fueron incorporadas en la iniciativa que modifica la ley N° 19.419 en materia de ambientes libres de humo de tabaco (boletín Nº 7.914-11).
2.-
Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Gómez, concerniente a determinación de las farmacias de turno (boletín N° 7.661-11), por tratarse de un asunto considerado en la iniciativa, que se halla en segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputados, modificatoria del Código Sanitario en materia de regulación referente a farmacias (boletines N°s 6.523-11, 6.037-11 y 6.331-11, 6.858-11, refundidos).
--Se accede a lo solicitado.
El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la Cuenta.
Para plantear una cuestión de Reglamento, tiene la palabra la Senadora señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Minería y Energía, solicito una semana más de plazo, hasta el miércoles próximo, para presentar indicaciones al proyecto conocido como "FONDENOR", pues el propio Ejecutivo se comprometió a mandar dos que recojan las observaciones que hicimos hoy durante la discusión particular.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se extenderá hasta el miércoles 16 de enero, a las 12, el plazo para formular indicaciones al proyecto que individualizó Su Señoría.
--Así se acuerda.
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El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier para exponer un punto reglamentario.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, entiendo que se radicó en la Comisión de Constitución una iniciativa sobre quiebras y que se resolvió el estudio conjunto con la de Economía.
Hay por otro lado un proyecto, de origen parlamentario, que regula la insolvencia familiar.
Como se trata de materias vinculadas, solicito recabar el acuerdo de la Sala para que esa última iniciativa se remita a las Comisiones unidas al objeto de que la tengan a la vista como indicación al momento de debatir la que enmienda la relativa a quiebras.
El señor ESCALONA (Presidente).-
La Sala escuchó la petición del Honorable señor Letelier.
--Se aprueba.
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El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, solicito un nuevo plazo para presentar indicaciones al proyecto que modifica la ley sobre donaciones culturales, conocida también como "Ley Valdés": hasta el viernes 11 del mes en curso, a las 12.
El señor ESCALONA (Presidente).-
¿Le parece a la Sala?
--Así se acuerda.
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El señor ESCALONA (Presidente).-
El señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones solicitó autorización para que, con motivo de la discusión del siguiente proyecto, ingrese a la Sala el Asesor Legislativo de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señor Andrés Rodríguez Ariztía.
--Se accede.
INTRODUCCIÓN DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE
El señor ESCALONA (Presidente).-
Corresponde proseguir la discusión particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que permite la introducción de la televisión digital terrestre, con segundo informe de las Comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Transportes y Telecomunicaciones, unidas; informe de la Comisión de Hacienda, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (6190-19) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 8ª, en 13 de abril de 2011.
Informes de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 30ª, en 5 de julio de 2011.
Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Transportes y Telecomunicaciones, unidas (segundo): sesión 91ª, en 2 de enero de 2013.
Hacienda: sesión 91ª, en 2 de enero de 2013.
Discusión:
Sesiones 31ª, en 6 de julio de 2011 (se aprueba en general); 92ª, en 8 de enero de 2013 (queda pendiente la discusión particular).
El señor LETELIER.-
Pido la palabra.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Primero, señor Senador, escuchemos la introducción que debe hacer el señor Secretario General.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
En el orden del boletín comparado, ayer se avanzó hasta la página 4; esto es, hasta el inciso tercero, que pasó a ser inciso cuarto.
De consiguiente, atendido que la normativa es de quórum calificado, corresponde votar el inciso quinto (comienza en la página 4 y termina en la 5), que las Comisiones unidas aprobaron por mayoría de votos.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier para plantear una cuestión de Reglamento.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, las Comisiones unidas, a mi juicio erróneamente, determinaron que el artículo 1° de la ley en proyecto (disposición que se halla en debate) es de quórum calificado.
Las normas legales de quórum especial dicen relación con órdenes jerárquicos que nacen de la Constitución y de la naturaleza misma de ellas.
Cuando así lo establece la Carta Fundamental, las atribuciones que se le otorgan a un organismo público -a un ministerio, a un órgano auxiliar del Estado, en fin-, sin duda, deben ser aprobadas con quórum especial.
En esta oportunidad se discute -y lo planteé ayer-, no las atribuciones del Consejo Nacional de Televisión ni si este deberá "velar por", sino la definición de aquello que es objeto de su atención.
La disposición en debate considera tres aspectos: primero, una definición (fue lo que comenzamos a analizar ayer); segundo, una definición subrogatoria respecto al vocablo "pluralismo", y tercero, la obligación de entender que el correcto funcionamiento -es la definición matriz- también conlleva la obligación de respeto a la legislación vigente, en especial la vinculada con el ámbito laboral y la concerniente a la propiedad intelectual.
Las Comisiones unidas, equivocadamente, determinaron que el artículo 1° en su conjunto es de quórum calificado.
Señor Presidente, en uso de mis prerrogativas, solicito que la Sala se pronuncie al respecto.
Las Comisiones no tienen facultades para imponerle al Senado un criterio sobre la materia. Y tampoco las tiene -lo digo con todo el respeto que me merece- el señor Secretario. Es la Sala la que debe resolver si una norma es o no de quórum especial.
La Secretaría de las Comisiones unidas (integré este órgano técnico) se equivocó al señalar que es de quórum calificado la totalidad del artículo 1°.
Por eso, solicito someter esta materia a la consideración de la Sala.
No se puede llegar al extremo de decidir que la definición de "pluralismo" o la de "correcto funcionamiento de los servicios de televisión" deben aprobarse con quórum calificado.
Aceptar tal criterio constituiría un precedente muy, muy peligroso, pues implicaría que la mayoría terminaría renunciando a una facultad esencial: la de definir conceptos.
No resulta admisible que la definición de un concepto se considere del mismo rango que un derecho fundamental consagrado en la Constitución (los derechos personales o personalísimos, por ejemplo).
Por eso, pido que la Sala rectifique la decisión en mi concepto errónea de las Comisiones unidas.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Someto a consideración de la Sala la solicitud que formuló el Senador señor Letelier con respecto al quórum especial.
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, quiero hacer dos planteamientos.
Primero, entiendo que ya está definido que el artículo 1° se vota conforme a lo que plantearon las Comisiones unidas. Y ayer ya empezamos a pronunciarnos sobre los diversos incisos.
Entonces, no sé si aquello puede cambiarse después de que se determinó. Porque tanto el señor Presidente como el señor Secretario dieron cuenta de que se trataba de un precepto de quórum calificado y se comenzó a votar sobre esa base.
En mi concepto, no procede cambiar ahora tal criterio. Y lo que se pudo plantear en su oportunidad corresponde a un derecho que precluyó.
Adicionalmente, estimo que el Senador Letelier está equivocado.
El inciso sexto del número 12° del artículo 19 es de las pocas normas que la Constitución especifica. No es interpretable.
Esa norma dice: "Habrá un Consejo Nacional de Televisión, autónomo y con personalidad jurídica, encargado de velar por el correcto funcionamiento de este medio de comunicación.". Y agrega: "Una ley de quórum calificado señalará la organización y demás funciones y atribuciones del referido Consejo.".
Es obvio que las atribuciones y funciones dicen relación con las definiciones. Porque la definición de por qué cosas debe velar el Consejo tiene que ver directamente con las atribuciones que a ese mismo órgano le corresponde ejercer.
O sea, pensar que por la vía de la definición uno puede crear un ámbito de acción y aprobarlo con quórum simple a pesar de que la norma constitucional preceptúa que las funciones y atribuciones han de aprobarse con quórum calificado, sería un contrasentido.
Entonces, no solo las Comisiones unidas hicieron lo correcto, sino que además, luego de la cuenta que dio la Mesa, se empezó a votar como ellas lo plantearon.
En esta sesión, sin duda, no se va a despachar el proyecto. Entonces, de aceptarse el criterio que expuso el colega Letelier, si el día de mañana a otro Senador se le ocurriera que hay que votar de otra manera, estaríamos con cambios permanentes en la forma de aplicar los quórums.
En consecuencia, señor Presidente, pido seguir el debate particular de la iniciativa, porque la cuestión ya está resuelta y, a todo evento, la Constitución es clarísima sobre la materia.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente, afortunadamente, los Senadores tenemos la posibilidad de discutir en la Sala las decisiones que, en el ejercicio de sus facultades, adoptan tanto las Comisiones como la Presidencia de la Corporación.
Y nuestro derecho no precluye.
Ayer nos abocamos al inciso en que las Comisiones unidas sugirieron sustituir las palabras "la familia" por "las familias". Y el debate quedó pendiente, por lo que explicaré en seguida.
Nosotros manifestamos oportunamente que lo tocante al quórum debía ser resuelto por la Sala. En ese momento el señor Presidente no lo sometió al pronunciamiento de ella. Y ahora pedimos, conforme a nuestras prerrogativas, que así se haga, solo respecto al tema de fondo.
La Constitución, en el artículo 19, número 12°, inciso sexto, se refiere a dos temas.
Expresa primero: "Habrá un Consejo Nacional de Televisión, autónomo y con personalidad jurídica, encargado de velar por el correcto funcionamiento de este medio de comunicación.".
Y segundo: "Una ley de quórum calificado señalará la organización y demás funciones y atribuciones del referido Consejo.".
Tenemos claridad en cuanto a que todo lo que sea función, a lo que el Consejo debe hacer, ha de estar regulado en una ley de quórum calificado (y así está).
Sin embargo, en lo referente a las definiciones, no podemos confundirnos ni decir que una definición le determina una función al Consejo Nacional de Televisión.
Cuando hablamos de "pluralismo" o de "la familia" o de "las familias" no estamos asignando una función sino señalando un concepto que a nuestro modo de ver debe quedar definido en la ley.
A mayor abundamiento, debo puntualizar que la Cámara de Diputados, al discutir el punto, tomó una decisión distinta: votar en particular con quórum calificado solo las letras a) y c) del numeral 1 del artículo 1°. Y así lo hizo su Presidente, don Patricio Melero.
Es decir, la decisión adoptada por la Cámara Baja difiere diametralmente de la que se está planteando en el Senado, que implica ir más allá de lo que dispone la propia Constitución.
Por eso, la definición y la precisión de características del correcto funcionamiento se refieren, no a funciones propias del Consejo, sino a aquellas que finalmente tienen que cumplir los que realizan la actividad.
Es preciso no confundir, entonces, cuando se hace referencia a conceptos, a definiciones, a atribuciones y funciones.
Secundo, en consecuencia, la petición de mi Honorable colega Letelier en cuanto a que por lo menos sea la Sala la que se pronuncie acerca de si estos casos particulares corresponden o no a materias de quórum calificado. Porque, si no, va a pasar lo que sucedió ayer. Después de todo un debate en que se han establecido los criterios aplicables, y como se requiere una votación altísima, los conceptos planteados en el análisis interno de la Comisión van a quedar definidos de una manera distinta.
Por eso, pido votar la calificación que procede.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime para que pueda asistir a la sesión el señor Subsecretario de Telecomunicaciones.
Acordado.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, lamento que se haya generado más discusión sobre el punto, en circunstancias de que este quedó zanjado el día de ayer, atendida la interpretación de la Comisión y de la Mesa, la cual, por lo demás, como bien lo expuso el Honorable señor Coloma, es bastante evidente.
La explicación de los Senadores señores Gómez y Letelier es abiertamente contraria al tenor casi literal de la Carta. El artículo 19 de la Constitución expresa, en el inciso sexto de su número 12 -ello se ha recordado, pero quiero leerlo y subrayar algo específico-, que "Habrá un Consejo Nacional de Televisión, autónomo y con personalidad jurídica, encargado de velar por el correcto funcionamiento de este medio de comunicación". Pido solo fijarse en que el objetivo del organismo es "velar por el correcto funcionamiento de este medio de comunicación".
Y luego se agrega: "Una ley de quórum calificado señalará la organización y demás funciones y atribuciones del referido Consejo". Es claro que aquello que dice relación con este último exige una norma legal de ese rango, que es la que regula los aspectos mencionados.
El inciso segundo que se plantea con relación al artículo 1º de la ley, disposición respecto de la cual ahora se quiere pedir que no sea de quórum, expresa que al organismo le corresponderá "velar por el correcto funcionamiento de los servicios de televisión" -repite lo que señala la Carta, y "velar" es una función- y que "tendrá su supervigilancia y fiscalización", especificando también sus atribuciones.
A continuación se determina: "Se entenderá por correcto funcionamiento", y se contempla una definición.
¿Alguien puede concluir que ese cometido debe especificarse con un quórum distinto del dispuesto por la Constitución? Tendría que ser realmente un analfabeto -perdonen mis Honorables colegas que lo diga así-, porque la respuesta es demasiado evidente.
Y lo hago presente con cariño, ya que los Senadores señores Gómez y Letelier son amigos míos.
El señor GÓMEZ.-
Se lo agradezco, Su Señoría... ¡No sea tan cariñoso...!
La ignorancia puede ser hacia el otro lado también.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Ruego dirigirse a la Mesa.
El señor LARRAÍN.-
Retiro lo dicho, señor Presidente, pues no quiero ofender.
Lo que deseo destacar es que resulta incomprensible pretender que lo explicitado por la Carta no se puede interpretar como algo propio de quórum calificado, en circunstancias de que una cosa se relaciona en forma tan palmaria con la otra. No podría pensarse en separar el concepto de "correcto funcionamiento" y las funciones y atribuciones que el Consejo tiene que cumplir.
Por eso, la norma y todo lo que se relaciona con ella requieren quórum calificado.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Quedan solo tres señores Senadores inscritos.
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Seré muy breve, señor Presidente, para no repetir argumentos.
La disposición hace referencia a lo que se entenderá por correcto funcionamiento y contiene una definición. Obviamente, la mayor o menor amplitud del concepto dice relación con las mayores o menores atribuciones del Consejo. Porque si consignáramos que es solo preocuparse del pluralismo, las estaríamos restringiendo. Si especificáramos que son todas las cosas que se mencionan y diez más, las estaríamos ampliando.
Y, aún más, el inciso siguiente señala: "Para efectos de esta ley, se entenderá por pluralismo", etcétera. ¿Qué significa lo anterior? Que ello es para efectos de las atribuciones del Consejo, porque no se trata de un cuerpo legal misceláneo y lo que es familia, pluralismo y todos los fines que se mencionan se definen solo para los efectos pertinentes, vinculados con las atribuciones del organismo.
Entonces, creo que la pretensión de desconocer el rango de la norma implica realmente extremar la interpretación aplicable.
Por mi parte, voto en contra de la proposición del Senador señor Letelier y formulo reserva de constitucionalidad al respecto, porque estimo que la disposición es de quórum calificado.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente, considero, al igual que los Senadores señores Hernán Larraín y Novoa, que resulta claro que la normativa que nos ocupa es de quórum calificado por las razones mencionadas.
Por haberse ellos adelantado en los argumentos pertinentes, los doy por repetidos en forma íntegra.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Puede intervenir el Honorable señor Carlos Larraín.
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
Señor Presidente, lo relativo a la Constitución -a su artículo 19, número 12- ya ha sido precisamente expuesto por quienes me antecedieron en el uso de la palabra. Son tan evidentes las razones de texto que no es necesario repasarlas. No hay que buscar un sentido oculto.
Se está definiendo el objeto del Consejo Nacional de Televisión. Ese es exactamente el propósito de la norma. Y se encuentra establecido sin lugar a dudas que ello es de quórum calificado.
Ahora, también habría que preguntarse si acaso vamos a votar todo dos veces.
En realidad, me inscribí simplemente porque quería hacer una reserva de constitucionalidad, lo que ya verificó el Senador señor Novoa.
Mas debo anticipar que mi pronunciamiento apuntará a no reabrir la votación, porque ninguna razón de texto avala la medida. Es algo que no se hizo valer en su momento. Votamos según lo que indicó la propia Mesa, por boca del señor Presidente, y ello coincidió con lo razonado por la Comisión.
En consecuencia, ruego no dilatar más la discusión y cerrar el debate, que es, en realidad, ocioso.
No podría acusar a nadie de ignorancia, pero media, evidentemente, un sesgo contrario a la Carta Fundamental.
Muchas gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente, me parece que la sola controversia contribuye a poner en duda cuál puede ser el sentido de la disposición, porque hay dos posiciones diferentes. Ello, por mucha claridad que pueda tener el Senador señor Larraín en cuanto a que su planteamiento es el correcto.
Para poder efectuar un análisis real, partamos por lo que ha sostenido el Tribunal Constitucional respecto a la interpretación de las normas de la Carta, en orden a que tiene que ser restrictiva, a que debe ir al texto mismo. No puede ser por analogía o por extensión. Lo expresan todos los fallos dictados sobre el particular. Por lo tanto, en este caso hay que aplicar la misma tesis.
Y es preciso leer bien el inciso correspondiente, porque, después de expresarse que "Habrá un Consejo Nacional de Televisión, autónomo y con personalidad jurídica, encargado de velar por el correcto funcionamiento de este medio de comunicación", va un punto y seguido, y se agrega -ahí es donde se requiere determinar el sentido- que "Una ley de quórum calificado señalará la organización y demás funciones y atribuciones del referido Consejo". O sea, ¿qué es lo que tiene que ver con un cuerpo legal de ese rango? La organización y las funciones y atribuciones.
Por lo tanto, no podemos hacer una interpretación extensiva o por analogía, sino una restrictiva.
En la duda, y ante la discusión registrada -porque existen argumentos en un sentido y en otro-, no cabe aplicar una norma de una manera diferente a la señalada por el Tribunal Constitucional.
Cuando se entra a precisar qué se entiende por "correcto funcionamiento", no estamos legislando sobre la organización y las funciones y atribuciones, sino contemplando una definición. Respecto de cada norma, entonces, se puede determinar si es o no de quórum calificado. Por supuesto, la exigencia procede en el caso del primer inciso del artículo 1° -nadie puede negarlo-, al igual que en los del segundo y del tercero; pero no en el de la letra d), el cual hace referencia a lo que se entenderá por correcto funcionamiento y en el que no inciden los elementos mencionados, con los cuales tampoco se relaciona el inciso siguiente, que especifica, para los efectos de la ley, lo que se entenderá por pluralismo.
En consecuencia, si me preguntaran, me quedaría, en la duda y no habiendo claridad estricta en cuanto a la interpretación que se tiene que hacer de la disposición constitucional, con la conclusión de que no se requiere el quórum especial cuando se entra a ese tipo de definiciones, las cuales no corresponden ni a organización, ni a funciones, ni a atribuciones.
Si me viera abocado a votar el artículo 1° en su conjunto, ello sería sobre la base del quórum. Pero si es preciso hacerlo por inciso, veré si cada uno de ellos debe cumplir con la exigencia.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Puede intervenir el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente, comparto lo expuesto por mi Honorable colega Zaldívar.
A mi juicio, la discusión que se lleva a cabo reviste un carácter político y refleja las distintas visiones existentes, utilizándose los argumentos jurídicos, muchas veces, hacia un lado u otro. Pero lo que hay, en definitiva, es un cierto cuestionamiento a la aplicación del concepto de "correcto funcionamiento" y a que este, en el caso de aquellos a quienes se les entrega, a través de una concesión, un bien perteneciente a todos los chilenos, tenga que traducirse en una reciprocidad para con el país y la sociedad. Lo que se debe entregar a cambio dice relación con aspectos que un determinado sector no tiene plenamente incorporados a su ideario y estructura valórica como elementos fundamentales: el pluralismo, el respeto a la diversidad, el respeto a la identidad de los pueblos indígenas. Es una vergüenza que ni siquiera exista un reconocimiento constitucional de los pueblos originarios.
No son asuntos pendientes por casualidad. Exhiben esa condición justamente porque se registra cierta visión, la cual es legítima, pero que muchos no compartimos.
Y lo mismo ocurre con cuestiones tales como la orientación sexual y otras en las que ha sido muy complejo avanzar en nuestro medio.
Entonces, si queremos una televisión con una convergencia tecnológica; un mundo más plural, que de verdad promueva la paz y el respeto a la diversidad, que vaya enriqueciendo a la sociedad, cabe tener presente que, de aceptarse la tesis de que se requiere el quórum mencionado, ninguna de estas disposiciones sería viable.
Y, casualmente, eso acomodaría a algunos que han sostenido visiones como la de que aquí no se requieren regulaciones, la de que no se necesita una contraprestación de los canales privados hacia la sociedad y la de que el ganador debe ser el libre mercado, al que le corresponde asignar, de modo que cada cual podrá decidir si prende o apaga la televisión, lo que constituirá el criterio final. Por tanto, en vez de contarse con una estructura sustentada en el bien común, en una visión de colaboración, se le atribuye al mercado, que es un espacio de competencia, de controversia, una función que llevará a que se imponga, evidentemente, la ley del más fuerte.
Resulta muy importante poner énfasis en lo que de verdad estamos discutiendo y no me parece pertinente que se acuse de ignorancia a otros por sostener posiciones distintas, aunque el calificativo se retire después. Tengo un gran respeto por el Senador señor Hernán Larraín, pero aquí estamos debatiendo sobre visiones acerca de la sociedad, y, ciertamente, cada cual defiende un criterio legítimo, sea en las bancadas de enfrente o en las nuestras.
He dicho.
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).-
No, Su Señoría. Ya se ejerció...
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
El Honorable señor Zaldívar declaró que no sé leer...
El señor ESCALONA (Presidente).-
... el derecho reglamentario de cada Senador a hacer uso de la palabra respecto de un punto específico de la discusión. No hay más inscritos.
La Mesa someterá a la consideración de la Sala la solicitud del Honorable señor Letelier. No se reabrirá ningún debate. Lo obrado, obrado está.
El artículo 177 del Reglamento es muy claro y determinante al expresar:
"Una vez anunciado por el Secretario el resultado de la votación, el Presidente procederá a proclamarla.
"No procederá reclamo alguno después de proclamada la votación.".
En consecuencia, lo resuelto ya es definitivo. No estamos en ese punto, sino frente a una nueva decisión, en orden a si se ratifica o no el criterio de la Comisión de Transportes de que los incisos aún no aprobados del número 1 del artículo 1° del proyecto deben cumplir con el requisito del quórum calificado.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Deseo consignar, en cuanto al asunto que se ha estado analizando, que el Secretario de la Corporación solo opina cuando se lo piden el señor Presidente o los señores Senadores. El quórum se encuentra precisado en el informe de las Comisiones unidas, y mal podría el que habla, entonces, entrar a discutir esa resolución.
Distinto es el hecho de que la Sala, como lo ha expuesto el Senador señor Letelier, cuente con atribuciones para pronunciarse sobre el particular.
¿Su Señoría ha solicitado, entonces, la votación del inciso quinto?
El señor LETELIER.-
De todas las normas que siguen.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
¿Y ello dice relación con el quórum calificado en el caso de todos los incisos siguientes del número 1?
El señor LETELIER.-
Nosotros decimos que esa exigencia no procede. El informe sostiene lo contrario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Los señores Senadores que estén de acuerdo con que no se trata de normas de quórum calificado, como se pidió, tienen que votar que sí, y aquellos que no lo estén han de pronunciarse en contra.
El señor ESCALONA (Presidente).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente, no voy a repetir argumentos. Solo quiero referirme a algo que no estimo correcto.
En las materias que nos ocupan tenemos diferencias de opinión, pero nunca he descalificado a alguien con relación a su postura, menos tratándose de diferencias de carácter constitucional. Porque en el asunto en análisis pueden mediar muchas interpretaciones. No considero justo, entonces, recurrir a términos que no se deben emplear en esta Cámara política con motivo de una discusión sobre un tema que admite diversos puntos de vista.
No me pareció adecuada la expresión del Senador señor Hernán Larraín. Podré discrepar de Su Señoría, pero nunca voy a tratarlo de ignorante. Estoy convencido -por fortuna, al igual que varios más- de que aquí hay una norma que debe ser votada de una manera distinta. Y ello no solo lo sostienen algunos Honorables colegas, sino también integrantes de la Cámara de Diputados, que tomó la misma decisión.
Solo quería dejar establecido lo anterior, señor Presidente. No considero apropiado -reitero- que en un debate de esta naturaleza se registre un calificativo que, a mi juicio, no es pertinente. El Senador que habla, por lo menos, jamás ha recurrido a ese sistema con relación a alguno de sus colegas.
Voto que sí.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Carlos Larraín.
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
Señor Presidente, coincido absolutamente con lo expresado por el Senador Gómez: no hace falta descalificar, este es un debate de ideas y nunca debemos caer en lo personal.
Ahora bien, pienso que los calificativos usados por un Senador que se sienta a este lado del Hemiciclo no tuvieron por finalidad ofender. Y tampoco creo que el Senador Andrés Zaldívar haya querido ofenderme a mí al decir que no sé leer, porque al menos me recibí de abogado y soy capaz de comparar la palabra "función" con el término "funcionamiento". La raíz de este último es la misma y no hay dónde perderse: es la función en acción; pasamos del acto a lo potencial.
Ello está clarísimo en la definición contenida en el proyecto de ley.
Por otra parte, si se rebaja el quórum de aprobación de los preceptos en comento se reabrirá la discusión de los demás incisos cuestionables, con lo cual quedará abierta la posibilidad de tener una televisión controlada por organismos administrativos.
Me parece que ese es el fondo del asunto, no el mal uso de un plural en un sustantivo colectivo, lo cual es incidental.
Por lo tanto, aunque no siempre entiendo lo que leo, puedo reiterarle al Senador Andrés Zaldívar que sí sé leer y que los términos "función" y "funcionamiento" tienen la misma raíz y están cubiertos por el quórum calificado que exige la Constitución.
En consecuencia, voto que no.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, deseo referirme a lo mencionado por el Senador Gómez.
Cuando pronuncié mis palabras, pedí disculpas porque me di cuenta de que había cometido un error. Y, además, así se lo manifesté en privado a mi colega el Senador Gómez.
Lamento que él haya insistido en el tema y que no aceptara mis explicaciones.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar para fundamentar su voto.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Discúlpeme, señor Presidente, pero no puedo dejar pasar algo que señaló el Senador Carlos Larraín.
El señor PIZARRO.-
¡Su pariente...!
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Me gustaría que el señor Secretario leyera la Versión Oficial -no sé si es posible- para saber si en alguna parte yo dije que el colega no sabe leer.
¡Lo conozco desde hace mucho tiempo; sé que pasó la preparatoria y las humanidades y que se recibió de abogado, igual que yo...!
La verdad de las cosas es que no coincido con él -y esa es la discrepancia- en la interpretación que da a los términos "función" y "funcionamiento", en cuanto a que por tener la misma raíz llegan al mismo significado y que, por tanto, las modificaciones en cuestión requieren quórum especial.
Esa tesis es tan discutible, como se dijo acá, que la Cámara de Diputados sostuvo un criterio diferente y que los Senadores de unas y otras bancadas mantienen posiciones distintas y han manifestado apreciaciones en un sentido u otro con gran fundamento.
¿Qué he señalado yo? Lo mismo que expresó el Tribunal Constitucional: que frente a una norma debe darse una interpretación restrictiva.
Por lo tanto, le devuelvo al señor Senador Carlos Larraín toda su facultad para leer la norma, y estoy seguro de que lo hará muy bien.
Ahora, en cuanto a que sostengamos interpretaciones diferentes, ¡hace bastante tiempo que las tenemos sobre muchos hechos!
Gracias.
La señora RINCÓN.-
¡Por eso nos sentamos a este lado de la Sala...!
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, a mí me sorprende por momentos esta discusión, porque se entiende que, además de saber leer, todos los presentes en la Sala tuvimos que cumplir ciertos requisitos para ser parlamentarios.
Pero el sentido común, que -como decía un hombre que aprecié mucho en la vida- a veces es el menos común de los sentidos, nos debe llevar a lo siguiente.
La Constitución Política está hecha para que las minorías tengan resguardos en ciertas materias para evitar, quizás, que la vocación de las mayorías pueda pasar a llevar derechos fundamentales o la definición de atribuciones institucionales. Por eso se fijan ciertos quórums.
Y más allá de mi convicción de que la Constitución restringe que la mayoría mande en nuestro país -sin duda, esa es la razón por la cual no tenemos consenso constitucional en Chile-, sería absurdo concebir que los quórums fueron establecidos para que la minoría en el Senado logre imponer sus definiciones.
Lo que aquí está en discusión no son las atribuciones, la organización ni el funcionamiento del Consejo Nacional de Televisión, sino -y eso es lo que vamos a votar- si la mayoría de esta Alta Cámara tiene facultad para determinar una definición de "pluralismo", de "correcto funcionamiento", y si, dentro de esta última, estamos en condiciones de exigir a quienes obtengan una concesión que cumplan las leyes, entre ellas las normas laborales que defienden a los artistas y la Ley de Propiedad Intelectual.
Hay quienes desean utilizar el subterfugio de confundir las atribuciones del Consejo, que todos valoramos y cuya modificación todos consideramos que requiere quórum especial, con su definición.
Aquí se refleja de cuerpo entero una discusión que no es constitucional sino ideológica, en la que se busca el resquicio o la interpretación forzada de la Constitución.
Yo no soy abogado, pero varios que han alegado sí lo son y saben que en el alegato constitucional se está "estirando el elástico" con la pretensión de que la minoría de la Sala pueda imponerse respecto de la definición de "correcto funcionamiento", "pluralismo" y "obligaciones laborales".
No tengo la menor duda de que, tal como lo dijo en la Cámara de Diputados el Presidente de la UDI, Patricio Melero, estas normas son de simple mayoría y no de quórum calificado.
Aquí se trata de distorsionar una votación. Y solo deseo advertir que esa manera de forzar las cosas está a punto de echar al suelo -quiero dejar constancia de ello en actas- cualquier acuerdo sobre esta iniciativa legal. Porque extremar los argumentos para que una definición sea de quórum especial -tal como sugieren algunos colegas de las bancadas de enfrente- solo pretende transformar este proyecto en una ley vacua, vacía, con la finalidad de que quienes reciban concesiones por plazos largos no cumplan ninguna obligación para con la sociedad en orden a respetar ciertos parámetros básicos, a menos que sean los que una minoría determine.
En consecuencia, me parece que la actitud de los colegas de enfrente no solo es constitucionalmente discutible, sino además bastante cuestionable desde el punto de vista político para la sana convivencia frente a una iniciativa de ley en la que se pretendió construir acuerdos.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, no quiero dejar pasar la aseveración de que nos hallamos ante un tema político.
Yo no tengo nada contra los temas políticos. Es más: me encantan. Así que no acepto que me digan que estoy tratando de minimizar el asunto.
Sin embargo, estoy convencido de que nos encontramos frente a una cuestión constitucional: Y como creo en la Constitución -algunos parece que no tanto-, siento que tenemos el deber de respetarla para que funcione.
A todos aquellos que piensan que esta es una articulación malévola de algunos Senadores que quieren que este proyecto se transforme en una ley "vacua" -me parece que esa fue la expresión que se utilizó- quiero recordarles que el precepto en comento ni siquiera data de la Constitución de 1980, sino que fue el resultado de una modificación aprobada en el plebiscito de 1989, donde hubo un acuerdo entre varios sectores políticos -si uno observa las reacciones, concluye que hoy día no lo habrían suscrito-, que fue ratificado adicionalmente en la reforma constitucional de la época.
Entonces, no nos perdamos de vista. No se trata de que algunos quieran generar normas que no puedan ser modificadas. Aquí lo que se pretende es que se enmienden conforme a lo que la Constitución señala. Y no sé cuál es el sentido, entonces, de que una norma de la Carta Fundamental, que -insisto- no surgió en 1980, establezca que una ley de quórum calificado determinará la organización y demás funciones y atribuciones del referido Consejo. ¿Por qué? Porque se entiende que, por naturaleza, los efectos revestirían tal complejidad que se requeriría una mayoría relevante.
A uno puede no gustarle eso. Yo asumo que es posible que alguien diga: "¿Sabe qué más? No quiero que sea por quórum calificado". Bueno, tendrá que hacer la enmienda pertinente, pero no tratar de buscarle el lado...
El señor LAGOS.-
¡Para eso hay que modificar la Constitución!
El señor COLOMA.-
¡Modifíquela, si quiere, para cambiar este punto!
El señor LAGOS.-
¡Usted se niega a eso!
El señor COLOMA.-
Pero -como decía- no se puede afirmar que las definiciones, que al final guardan relación con las atribuciones y las funciones, no tienen nada que ver con la norma de fondo. Porque eso no es posible. Son un solo todo inseparable.
De no ser así, bastaría con denominar de forma distinta una atribución, una función, para decir: "No, esto no es una atribución o una función".
Señor Presidente, este es un punto relevante, y quiero hacer reserva expresa de constitucionalidad a su respecto, pues, desde mi perspectiva, la norma de la Carta Fundamental es clarísima. Nosotros tenemos el compromiso de respetarla. Si no lo hacemos, esto derivará obviamente en el debilitamiento de la Constitución, lo que yo por lo menos siempre intentaré evitar.
Por tales razones, señor Presidente, voto en contra de este planteamiento, haciendo la reserva de constitucionalidad exigida antes de acudir al Tribunal Constitucional para los efectos pertinentes.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS.-
Señor Presidente, seré bien breve en esta materia.
La verdad es que la constitucionalidad no es el fondo de la discusión. Como decía el Senador Coloma, esta es política e ideológica. Ahora, si alguien se quiere amparar en el tema constitucional, que lo haga. Pero el debate de fondo es otro. Porque, si estuviéramos todos de acuerdo en cuanto al contenido, no tendríamos esta discusión.
Entonces, debo deducir que hay Senadores -sentados principalmente al frente de mí- que no quieren que en la ley en proyecto se entienda por "pluralismo" la definición que se propone acá. De lo contrario, concurrirían con su voto favorable y no tendríamos esta discrepancia.
En consecuencia, en vez de ir al fondo y decir "No quiero que el concepto de pluralismo se incorpore en esta ley",...
El señor COLOMA.-
Ya lo dijimos.
El señor LAGOS.-
... se argumenta sobre si tal o cual norma es o no de quórum especial, para ver si se aprueba o no se aprueba.
Eso es de fondo, Senador Coloma. Es como la discusión -por diversas consideraciones, ayer no tuve la fortuna de participar en ella- sobre los conceptos "la familia" o "las familias". Esta, por último, se da derechamente, y cada uno defenderá su posición.
Por lo tanto, apliquen el mismo criterio en el debate que nos ocupa y no invoquen que la norma es de quórum especial.
En rigor, se oponen a la definición que figura acá. Ese es el fondo. Y ese sí que es un tema ideológico. Lo otro constituye, efectivamente, algo vacuo...
El señor COLOMA.-
¡Fue la Comisión la que estableció que la norma era de quórum especial!
El señor LAGOS.-
Senador Coloma, yo lo escuché a usted atentamente y su argumento es que esto es de quórum especial. ¡Punto!
El señor COLOMA.-
La Comisión lo planteó.
El señor LAGOS.-
Yo le quiero decir que está esquivando el asunto de fondo, que es este...
El señor COLOMA.-
No, lo planteé ayer.
El señor ESCALONA (Presidente).-
¡Evitemos los diálogos, por favor!
El señor LAGOS.-
No estuve ayer. Hoy, sí.
Entonces, concurra con su voto para permitir que tengamos esta definición de "pluralismo" en la ley.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, me alegra que parte de este debate respecto de los contenidos y de lo que según entendemos debe ser el rol del Consejo Nacional de Televisión nos permita entrar, aunque de manera indirecta, derechamente en materia.
¿Por qué estamos discutiendo esto? Por una razón muy sencilla.
Ayer el informe de las Comisiones unidas proponía incorporar el concepto de "las familias" en vez del de "la familia", entendiendo que lo que había detrás era el reconocimiento a los distintos tipos y a la diversidad de familias existentes en el país. Todos sabemos lo que hay en el trasfondo de ese debate. Ya lo hemos discutido largamente.
Pues bien, se estableció que esa norma era de quórum calificado y, a pesar de que teníamos mayoría para dejar expresamente establecida la necesidad de que en el texto se dijera "las familias", quedó solamente la frase "la familia".
¿Cuál fue la discusión? Si una definición del concepto de "correcto funcionamiento" requiere quórum calificado o no.
El artículo 19, número 12°, inciso sexto, de la Constitución señala que "Habrá un Consejo Nacional de Televisión, autónomo y con personalidad jurídica, encargado de velar por el correcto funcionamiento de este medio de comunicación". Punto. ¿Qué dice después? Aquello a que hacía referencia el Senador Coloma: "Una ley de quórum calificado señalará la organización y demás funciones y atribuciones del referido Consejo".
Y no es más que eso lo que debiera establecerse con quórum calificado.
En este proyecto de ley, ¿qué tuvimos que votar con quórum calificado? La creación de un Secretario Ejecutivo, porque eso sí se halla claramente dentro de las atribuciones, funciones y organización. Pero no la definición de un concepto que, dentro de la especificación de lo que es el "correcto funcionamiento", tenga que ver con el pluralismo o con cómo interpreta el Consejo Nacional de Televisión si un canal, un programa o una actividad televisiva violan o no el "correcto funcionamiento".
Y eso, efectivamente, tiene implicancias posteriores mayores, que dicen relación con los derechos laborales de quienes operan en ese canal de televisión, con los derechos de propiedad intelectual de quienes crean en ese canal o programa.
Este tema es sumamente importante y, por tal razón, a nosotros nos parece fundamental distinguir que, de acuerdo con la Constitución, solamente se exige una ley de quórum calificado para las modificaciones que tengan que ver con la organización, las atribuciones y las funciones del Consejo, mas no con las definiciones respecto de las cuales este último debe imponer un criterio frente a una denuncia o a un problema que se vincule con el contenido y la aplicación de las normas.
Así que me parece, señor Presidente, que debiéramos empezar a despachar derechamente cada uno de los incisos. Porque estamos recién en el artículo 1°. Todavía no iniciamos el debate. En la Comisión nos demoramos más de un año, y espero que en la Sala no nos tome tanto tiempo.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tenemos paciencia, señor Senador.
No hay más inscritos.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se acuerda que los incisos no aprobados de la letra d) del número 1 del artículo 1° son de quórum simple (18 votos a favor y 16 en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Alvear y Rincón y los señores Frei (don Eduardo), Girardi, Gómez, Lagos, Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Pizarro, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, García, García-Huidobro, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica y Uriarte.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Corresponde pasar a la votación de los respectivos incisos.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Las enmiendas de las Comisiones unidas que hay que votar son las que proponen agregar un inciso quinto; reemplazar una oración en el inciso cuarto, que pasó a ser séptimo, y añadir un inciso séptimo.
Cabe destacar que esto último solo fue aprobado por mayoría (siete votos a favor y una abstención).
El señor ESCALONA (Presidente).-
¿Habría acuerdo para hacer una sola votación de los incisos que acaba de señalar el señor Secretario, pertenecientes a la letra d) del artículo 1°? ¿O se solicita pronunciarse sobre ellos por separado?
El señor PIZARRO.-
Votémoslos en conjunto, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
¿Les parece?
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, hay situaciones distintas. El tema del pluralismo es factible que dé lugar a opiniones diversas en la votación. El inciso siguiente puede no representar un problema para la discusión. Después, viene otro inciso que hace aplicables al correcto funcionamiento las normas contenidas en tres leyes.
Pedimos analizar el inciso quinto en concordancia con otras disposiciones de la normativa en debate.
En consecuencia, solicito votar por separado inciso por inciso, aunque en alguno haya unanimidad para aprobarlo.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se ha requerido votar inciso por inciso.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente, ayer se resolvió el punto.
El señor ESCALONA (Presidente).-
No fue así, Su Señoría.
El Senador señor Novoa hizo presente una solicitud reglamentaria, en el sentido de votar inciso por inciso y, en seguida, señaló que lo haría presente en cada caso.
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente, no es mi ánimo volver atrás; pero quiero decir en primer lugar al Senador señor Coloma -quien nos instó a hacerlo- que todos nosotros somos estrictos cumplidores de las normas constitucionales. Nadie aquí posee el monopolio para afirmar que cumple la Constitución por tener una interpretación diferente a la nuestra.
Quería hacer esa precisión.
De otra parte, señalo a Su Señoría que para dar mayor tranquilidad -lo cual me lleva a la absoluta convicción de que estamos actuando en la forma correcta y cumpliendo con la Carta Fundamental- estamos procediendo igual como lo hizo el Presidente de la Cámara de Diputados, don Patricio Melero, quien es también Presidente de su Partido. Él también cumplió con la Constitución.
El diccionario de la Real Academia de la Lengua dice que función es la "tarea que corresponde realizar a una institución o entidad, o a sus órganos o personas". Eso es función y no funcionamiento. En otra parte, se define este último, el cual tiene un significado totalmente diferente.
Estoy del todo convencido de que la interpretación que hemos dado -la cual se votó y se aprobó anteriormente por la mayoría del Senado- es la correcta y respeta a quienes piensan distinto.
Aquí no estamos afectando funciones, sino estableciendo definiciones y no funciones. Y estas son tareas. Lo que votamos antes y sobre lo que ahora nos debemos pronunciar no dice relación a tareas, sino a definiciones.
Por eso, votaré a favor del artículo, con el quórum que corresponda.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario, para que precise cómo se procederá de acuerdo con la solicitud de votación separada.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Correspondería pronunciarse sobre el inciso quinto, ya aprobado por mayoría de votos en las Comisiones unidas.
El inciso en cuestión dice relación a lo que se entiende por pluralismo para los efectos de esta ley.
El señor ESCALONA (Presidente).-
En votación el inciso quinto.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa para fundamentar el voto.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, tengo dos problemas en relación con esta norma.
En primer lugar, a mi juicio, la definición de todos los conceptos que consigna el texto en análisis es algo realmente absurdo. El pluralismo es un concepto y no tiene por qué definirse en cada norma.
En seguida está lo que se ha llamado "promoción del pluralismo". Al respecto, debo precisar que algunos canales de televisión son evangélicos y probablemente basarán su programación en difundir su visión religiosa y no necesariamente todas las que haya.
Entonces, entiendo que aquí no hay intención de restringir la libertad de expresión o la libertad de culto. Pero me parece que una norma que obligue a promover estos contenidos, como se los define, podría ser atentatoria de lo existente en la actualidad.
Hay canales de televisión que pertenecen a iglesias evangélicas y que promueven su visión de la vida. Yo creo que eso es legítimo hacerlo.
Por esa razón, voy a votar en contra de la norma.
Creo en la promoción del pluralismo en general. No tengo problemas sobre el particular. Pero sí lo tengo en cuanto a la definición y a la promoción, porque podrían usarse para, de alguna forma, vulnerar las libertades de expresión o de culto.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, hay un concepto de tolerancia que a veces se usa y que en verdad no es tal. Tolerar no es masticar al del frente y no tragarlo. Tolerar es respetar a quien se tiene al frente y considerarlo como un interlocutor válido, igual que uno. Tolerar no es aguantar al otro. Tolerar es considerar al otro como un igual.
Hago estas precisiones, porque en la Comisión -como le consta a una señora Senadora de las bancas de la Alianza- se debatió esta materia detenidamente. Ella estaba dudosa en cuanto al concepto -figura en actas lo que manifestó luego de la discusión-, pero indicó que concordaba con quien habla respecto a cómo se define este párrafo. Porque lo que se entiende aquí por pluralismo es el respeto a la diversidad de las visiones que pudiera haber (sociales, culturales, étnicas, políticas, religiosas, de género, de orientación sexual, de identidad de género), siendo deber de las concesionarias y permisionarios de los servicios regulados por la ley promover en los contenidos entregados la observancia de este principio, que es el respeto.
Es decir, nadie sostiene que un evangélico o un canal del mismo credo no podrá promover su idea acerca de una deidad única; nadie lo instará a no promover no solamente la idea de aquella deidad única, sino el concepto de una trinidad, donde no hay santos ni íconos. Es su visión. Lo que no le va a permitir esta futura ley es que en la promoción de sus visiones o pensamientos no se respeten las otras visiones que tiene la sociedad.
En concreto, ninguna persona le dirá a la iglesia evangélica que debe manifestar que está a favor del matrimonio de homosexuales o de contratos entre personas de un mismo sexo. Lo que se les pide es que respeten a las personas que piensan distinto.
El concepto de pluralismo que aquí se define no es para restringir la base ideológica ni programática de un canal o de un concesionario. Ese es uno de los temas que hemos planteado: que pueden tener una línea editorial, pero esta debe respetar el pluralismo u otras visiones.
En la cultura anglosajona, esto significa que se restringe el derecho al lenguaje del odio, que descalifica al otro. Y aquí la definición de pluralismo ni en lo más mínimo le impone a un emisor o a un concesionario restringir sus convicciones. Puede promover su línea editorial plenamente, pero no sin respetar la existencia de otro que piense distinto en los diferentes planos.
Por ende, queremos que esta definición -que es un denominador mínimo que tiene que ver con el respeto a la diversidad en nuestra sociedad y con la tolerancia- constituya, sin duda, una garantía de que se va a respetar la diversidad en nuestro país, que es una de sus fortalezas.
La falta de respeto a la diversidad en Chile es lo que genera conflictos en otras partes del territorio nacional, por ejemplo, con relación a los pueblos originarios, o cuando no reconocemos los derechos de quienes son de provincia como lo hacemos con las personas pertenecientes a un centro de poder en la sociedad.
Este concepto de pluralismo impone a los concesionarios el respeto a los demás, sin negarles el derecho de promover su propia línea editorial.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
Señor Presidente, este punto lo discutimos largamente en las Comisiones unidas y, como lo dije allí en su momento -según se planteó por algunos colegas que me han antecedido en el uso de la palabra-, cuando en una ley se define qué se entiende por pluralismo con una lista de conceptos, lo que se está haciendo, en vez de establecerlo como una idea amplia, que lo engloba todo, queda restringido a los conceptos enumerados por la ley.
Por lo tanto, lo que finalmente hacemos en este proyecto, en lugar de ampliar la noción de pluralismo y, por ende, recoger todas las visiones y el respeto de la sociedad por ellas, es limitarla, porque, probablemente, si uno observa la lista de conceptos -algunos se nos están quedando fuera-, verá que sería necesaria una ley muy extensa para incluir cada una de las distintas visiones de la sociedad.
Por lo mismo, considero sumamente complejo definir un concepto como el pluralismo, pues las visiones dentro de nuestra sociedad son muy diversas y complejas. En una iniciativa como esta, especialmente cuando se están tratando materias tan sensibles como la libertad de expresión, sería mucho mejor dejarlo establecido de manera amplia, sin recurrir a otros conceptos enumerados en una lista.
El inciso que estamos votando expresa lo siguiente: "Para efectos de esta ley, se entenderá por pluralismo el respeto a la diversidad social, cultural, étnica, política, religiosa, de género, de orientación sexual e identidad de género, siendo deber de los concesionarios y permisionarios de servicios de televisión, regulados por esta ley, promover en los contenidos entregados la observancia de estos principios, excluyendo aquellos que atenten contra estos mismos".
La norma no busca promover el pluralismo, sino "promover en los contenidos entregados la observancia de estos principios". ¿Qué principios? Los que ella misma enumera y que ayudan a definir el concepto.
En consecuencia, comparto la apreciación del Senador señor Novoa -que voy a poner desde otro punto de vista- que se aviene con otra que planteé en las Comisiones. Parto de la base de que vamos a tener señales muy distintas, y de que puede haber un canal de televisión que solamente se dedique a la cultura y no a promover la observancia del pluralismo político, simplemente porque su programación no está enfocada a esa actividad. Lo que se persigue acá es promover ciertos principios.
Entonces, pienso que estamos entrando en un terreno sinuoso, en el cual hay que tener mucho cuidado, como es el de la libertad de expresión. En mi opinión, lo que debemos hacer en una ley como esta, especialmente cuando se está introduciendo la televisión digital, que abre un mundo de posibilidades, es tratar de tener medios televisivos con visiones diferentes: canales locales, nacionales, con ciertas orientaciones, ojalá con una diversidad muy grande. Pero no podemos obligarlos a promover ciertas visiones de la sociedad o cierto tipo de pluralismo por sobre otros.
Creo en la diversidad y en el pluralismo completo, comprendido este en forma amplia, donde cada canal tenga libertad para definir su línea editorial, sin tener que promover ciertos conceptos de pluralismo por sobre otros, debido a que la ley los enumera para definir qué se debe entender por tal.
Por lo tanto, señor Presidente, en aras de la libertad de expresión, a mi juicio, debe votarse en contra del inciso, como lo haré yo.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, son tantas las barbaridades que se han cometido en aras de la libertad de expresión que, sin duda, resulta singular la interpretación que hoy realizan nuestros colegas de la Derecha: para garantizar el pluralismo, hay que reducir el conceptualismo, de manera que quede lo más chico y estrecho posible.
Todo indica que, si uno quiere garantizar derechos, tiene que ampliar claramente su interpretación. Entonces, si aquí se pretende afirmar que solo basta la mención del pluralismo, porque contendría todos los conceptos que la norma enuncia, sin necesidad de entrar a determinarlos, entonces, ¿para qué se dictó la Ley Antidiscriminación, que tuvo un debate profundo respecto de qué significaban los numerosos actos considerados como discriminación?
Cuando se discute sobre un bien nacional de uso público (el espacio radioeléctrico) -porque aquí no estamos discutiendo sobre los privados-, concesionado por el Estado a particulares, lo mínimo que se debe establecer son condiciones que garanticen el derecho de todos los ciudadanos. ¡De todos sin exclusión!
Por eso, tratándose de la televisión, aquel concepto no puede dejar de estar. ¡Qué más importante en la difusión de las ideas, en la garantía de los derechos y de la libertad de expresión, que la televisión!
En nuestro país y en el resto del mundo los ciudadanos se informan, primero, a través de ese medio de comunicación y, en segundo lugar, por la radio. Por tanto, no se puede negar, reducir, podar o jibarizar el concepto de pluralismo.
Todos tenemos muchas esperanzas en que el Canal Nacional -a su respecto se están tramitando una "Ley corta" y una "Ley larga"- funcione efectivamente como estación pública y no entre a competir en completa igualdad con los privados, porque alguien tiene que cautelar lo público dentro del espectro. Y quienes deseen participar en la opción de concesión deberán seguir las reglas del juego.
Comparto la opinión de que nadie será compelido a promover algo de lo cual no está convencido; pero todos estarán obligados a respetar los derechos que se consagran en la ley. La línea editorial de cada emisora no tendrá que promover aquello en lo que no esté fundada su acción, pero tampoco se le puede permitir, como aquí se ha dicho, denostar o no respetar lo establecido por las leyes.
Por eso, estoy a favor de la conceptualización de lo que se entiende por pluralismo, así como por "correcto funcionamiento". Más adelante se verá una indicación, renovada con diez firmas, que amplía el concepto, de tal modo de generar una buena ley, que no dé cabida a segundas, terceras o cuartas interpretaciones.
Voy a votar que sí.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente, me llama un poco la atención el tipo de debate que estamos efectuando, porque recuerdo que en las primeras sesiones de Sala en que se analizó la Ley Antidiscriminación se escucharon los mismos argumentos oblicuos que he oído hoy como pilares para oponerse a dicha normativa. Pensé que, con su aprobación, habíamos dado un paso sustantivo en la profundización de la democracia y en el respeto de los derechos humanos.
Aquí no estamos hablando de un grupo de interés que va al supermercado a comprar un producto -en este caso, un espacio radioeléctrico- para hacer lo que quiera con él. En esta parte, estamos justamente en la esencia misma del proyecto, porque las razones para regular la televisión no son solo, y ni siquiera principalmente, técnicas. El motivo fundamental tiene que ver con el efecto que la televisión produce en la sociedad y en las personas.
Este medio influye en el mercado y en la economía; tiene un valor incalculable; genera opinión. Y vuelvo a señalar que el espacio radioeléctrico es un bien nacional de uso público. Por eso estamos legislando para regularlo y para que sea bien utilizado. Y se habla de "correcto funcionamiento" y de "pluralismo".
Entonces, sinceramente, no deja de sorprenderme el tipo de argumentación que he escuchado en la Sala.
Aquí se trata, no de que en las distintas señales televisivas se tenga que hacer apología de una mirada de la vida o de otra, sino simplemente de no discriminar, de tolerar.
¿Qué es discriminar? En el fondo, es asumir que un grupo o una persona posee menos derechos en virtud de una característica o una cualidad externa.
Independiente de la línea editorial de los canales, hay que promover principios básicos para el funcionamiento de la democracia, como el respeto a los derechos humanos, la tolerancia, la no discriminación. Y si son pasados a llevar por determinada visión editorial, como podría ser la homofobia, la discriminación a personas por su apariencia física, ello evidentemente no puede ser aceptado.
No se está imponiendo cierto tipo de programación. Este inciso, incluso, yo diría que es casi un apéndice, algo que uno podría colegir de la Ley Antidiscriminación, que emanó de un proyecto que aprobamos con tanto entusiasmo todos juntos en el Congreso, a pesar de que en un primer momento de la tramitación hubo diferencias.
Insisto: me llama poderosamente la atención que alguien pueda votar en contra de esta norma.
Para ello, la argumentación es alambicada -por eso dije "oblicua"-, no va al fondo.
Sucedió lo mismo que en el debate de ayer, cuando se discutió sobre las expresiones "la familia" y "las familias". Todos sabíamos que el tema de fondo era que algunos plantean que hay una sola forma de hacer familia y discriminan a las uniones no matrimoniales, que también constituyen familia, tienen los mismos derechos y merecen la misma dignidad. ¡Y nadie puede pasarlas a llevar! ¡Y deben ser respetadas, en particular por quien posee un espectro radioeléctrico, el cual pertenece a todos los chilenos!
Por eso, es necesario regular la materia.
Aquí, en aras de la libertad, algunos creen que un canal puede hacer lo que quiera: discriminar, violar derechos humanos.
¡La verdad es que no logro entender ese razonamiento!
Lean lo que señala la norma con relación al pluralismo -el Senador Gómez buscó la definición en el Diccionario de la Real Academia Española-: simplemente, es respetar las visiones de otras personas con respecto a la vida, a los modelos de sociedad, y no imponer los propios prejuicios o la propia mirada.
Pluralismo es "respeto a la diversidad social".
¿Estamos de acuerdo en respetar la diversidad social? Sí.
¿Estamos de acuerdo en respetar la diversidad cultural? ¿Estamos de acuerdo en respetar a los pueblos originarios? ¿Estamos de acuerdo en respetar a las personas que tienen una orientación sexual distinta?
¡Esas son las preguntas que debemos hacernos al momento de votar a favor o en contra de esta disposición!
Pero que no se busquen argumentos que esconden finalmente -no quiero pensarlo; sería lamentable- el hecho de que algunas personas creen que es posible discriminar.
Por último, si alguien piensa eso, que no lo haga con algo que pertenece a todos los chilenos, como es el espacio radioeléctrico.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, comparto las expresiones señaladas por los Senadores señor Novoa y señora Von Baer, en el siguiente sentido.
Aquí se define qué debe entenderse por "pluralismo", para efectos de esta ley: "el respeto a la diversidad social, cultural, étnica, política, religiosa, de género, de orientación sexual e identidad de género, siendo deber de los concesionarios y permisionarios de servicios de televisión, regulados por esta ley, promover en los contenidos entregados la observancia de estos principios," -y se agrega- "excluyendo aquellos que atenten contra estos mismos.".
Entonces, yo me pongo en la situación de un canal de televisión evangélico. Todos sabemos que dicho credo no reconoce la orientación sexual distinta como expresión de la vida humana. Por tanto, perfectamente bien el día de mañana se dirá que ese canal no está promoviendo el respeto a la diversidad de orientación sexual y, peor aún, que está atentando contra dicho principio.
Señor Presidente, yo no sé por qué traemos este tipo de discusión a esta clase de proyectos, cuando aquí el concepto de "pluralismo" debiera entenderse, como lo señaló la Senadora Von Baer, en su sentido más amplio, de tal manera que todos tengan derecho a un canal de televisión.
Como ya se indicó, cabe preguntarse: ¿Vamos a sancionar a quienes quieran poner al aire un canal cultural y no se interesen por participar en otras áreas? ¿Les vamos a quitar la concesión? A un canal evangélico, a una señal católica, ¿les vamos a quitar la concesión por promover sus propias creencias, su propia fe?
En mi opinión, con esta norma estamos vulnerando dos garantías fundamentales.
Hago reserva de constitucionalidad sobre ello.
Por un lado, se transgrede la garantía del número 6° del artículo 19 de la Carta Fundamental, que habla de "La libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público".
También, por supuesto, se vulnera la garantía consagrada en el número 12° del mismo artículo, que se refiere a "La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a la ley, la que deberá ser de quórum calificado".
Señor Presidente, yo represento a la Región de La Araucanía. Ahí más del 30 por ciento -me atrevería a decir que es el 40 por ciento- de su población es evangélica.
Tengo gran respeto, gran admiración, gran reconocimiento por lo que hacen los evangélicos. Y aprobar un inciso que puede significarles no contar con un canal de televisión para la difusión de su propia fe me parece francamente regresivo y atentatorio contra la libertad.
Por ello, voto que no.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, a propósito de esta discusión, quiero recordar el extenso trabajo efectuado en las Comisiones unidas. Hubo un debate larguísimo para buscar acuerdos y aproximar posturas comunes en materias tan sensibles como la definición del "correcto funcionamiento de los servicios de televisión" y la forma en que el Consejo Nacional de Televisión, dentro de su labor de control, de fiscalización, de supervisión, debe aplicar dicho concepto frente a la cantidad enorme de denuncias que recibe de violación de la normativa por parte de los operadores de televisión.
La redacción que nos ocupa fue producto de un acuerdo que logramos con el Ejecutivo. Lo digo en presencia del Subsecretario de Telecomunicaciones, don Jorge Atton, quien, junto con el señor Ministro del ramo, encabezó todo el proceso de debate de este proyecto de ley.
La norma que nos ocupa la aprobamos nosotros en las Comisiones unidas, pero fue propuesta por el Gobierno.
El Subsecretario -aprovecho de saludarlo, pues hoy está de cumpleaños- seguramente recordará que tuvimos que llegar a redacciones de consenso, fruto de la discusión que se generó al interior de las Comisiones unidas.
Algunos pensamos que era mejor incluir definiciones más precisas, más todavía de lo que se logró. La gente de Gobierno manifestó dudas, como aquí se expresó. Ello probablemente motivó que la propuesta que entregara el Ejecutivo, por encargo de las Comisiones unidas, terminara con una aprobación muy mayoritaria. Solo hubo un voto en contra, el de la Senadora Von Baer, por las razones que ella explicó acá.
A propósito de algunas de las intervenciones que se han efectuado, quiero señalar que en la definición de "pluralismo" nosotros nos preocupamos de incluir el concepto de "identidad de género" -no se hallaba contemplado- justamente para ser coherentes con lo que aquí se ha manifestado respecto de lo establecido en la Ley Antidiscriminación.
Porque eso formó parte del debate.
No olvidemos que el inciso que ahora nos ocupa define pluralismo como "el respeto a la diversidad social, cultural, étnica, política, religiosa, de género, de orientación sexual e identidad de género". Se establece la obligación de los concesionarios de respetar tales principios y hacer cumplir el correcto funcionamiento de los servicios de televisión.
No se está obligando a los canales a promover alguna cosa, al revés de lo que argumentaba el Senador Novoa. El día de mañana a un canal vinculado a una iglesia evangélica no se le obligará a promover algo absolutamente distinto de lo que ese credo es y representa por esencia. ¡No! Se consagra el respeto a la diversidad. Esta podrá ser religiosa, étnica, política o social.
Por tanto, hay un error de concepto, en mi opinión, en los argumentos que se han esgrimido para votar en contra.
Creo que el tono que está teniendo el debate marcará completamente la definición del resto del articulado.
Además, cabe recordar que uno de los cambios más fundamentales de la presente iniciativa -su texto es distinto del que llegó desde la Cámara de Diputados- estriba en la exigencia de pedir a quienes pretendan ser concesionarios una propuesta programática, un proyecto de televisión que incluya los contenidos, los énfasis. Si se trata de un canal deportivo, se otorgará la concesión en el entendido de que ese será su cometido esencial. Si es religioso, de entretención, cultural o de otra índole, se concesionará con el carácter específico.
En esa propuesta se debe establecer claramente para qué se quiere la señal, qué se va a expresar, y el Consejo Nacional de Televisión determinará si la aprueba o no.
Junto con ello, el Consejo también ha de cumplir sus normas y colocar los límites necesarios.
Lógicamente, la iniciativa que nos ocupa definirá el marco dentro del cual va a operar dicha institución.
Por consiguiente, solicito que votemos este inciso y que sigamos con los otros. Porque -insisto- estamos en el inicio de un debate que será largo, rico e interesante. Pero mientras antes aprobemos el proyecto, tanto mejor para los televidentes.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se ha inscrito el señor Ministro. Pero, como estamos en votación, no le puedo dar la palabra, a menos que sea para efectuar alguna rectificación.
Si es así, le ofrezco la palabra.
El señor ERRÁZURIZ (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-
Señor Presidente, solo haré un pequeño comentario respecto a la definición de "pluralismo".
Nosotros no la propusimos en las Comisiones unidas. Fue fruto de una indicación del Senador Gómez.
En su minuto hicimos ver que no era buena idea ahondar solo en un concepto y no en todos los otros, porque parecería que le dábamos mayor valor a una idea por encima de las demás.
En nuestra opinión, la redacción del inciso anterior, que habla no solo de los términos concretos sino también de "los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados por Chile", es bastante comprensiva. Por lo tanto, no resulta necesario ahondar en una de las definiciones en particular.
Pese a ello, en las Comisiones unidas se aprobó la norma (6 votos a favor, 1 en contra y una abstención), elaborada a partir de la propuesta del Senador Gómez.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, un señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra planteó su sorpresa por el hecho de que algunos buscaban argumentos "oblicuos" para oponerse a la norma que nos ocupa.
Yo no quiero emplear argumentos que se califiquen de ese modo. Por ende, seré especialmente directo: la modificación propuesta, desde mi humilde perspectiva, es equivocada y confusa, y está supliendo una normativa que ya fue aprobada en el Parlamento y que, más allá de las calificaciones de mérito, corresponde a una legislación vigente en Chile llamada "Ley de No Discriminación".
¿Por qué señalo que la modificación es equivocada? Porque define algo que ya se halla definido. El pluralismo es, por esencia, aceptar o reconocer la pluralidad de doctrinas o posiciones.
La disposición busca asignar al concepto "pluralismo" un respeto hacia determinadas realidades y una promoción. No lo digo yo: ¡lo dice la norma! Aquí, en la lógica del pluralismo, se fija la obligación de promover en los contenidos entregados la observancia de los principios que se plantean en la definición.
La aplicación práctica, como muy bien lo han manifestado los Senadores señores Novoa, García y Von Baer, será precisamente distinta de la que el legislador -supongo yo- está buscando. Porque al señalarse que un concesionario debe velar por la diversidad religiosa o política en determinado momento, sumando a dicha obligación la necesidad de promover tales principios, en los hechos se está impidiendo el recto sentido del pluralismo.
Aunque el ejemplo ya se ha expresado, voy a insistir en él: cuando aparezcan canales católicos o de algún signo evangélico -espero que haya diversidad en la televisión digital-, la ley en proyecto, tal como está, les impondrá promover los principios del pluralismo.
Entonces, al tratar de generar una riqueza de opciones, una amplitud de posiciones cuyo resultado final sea el pluralismo, se está exigiendo que la diversidad se dé en cada concesionario.
Yo creo que ese es un profundo error, porque hará que la televisión no posea ninguna diferenciación, ningún cuerpo, ningún alma. Será simplemente: "Si bien es cierto, no es menos cierto". A mi juicio, constituye un error incluir en la norma tal concepto.
En segundo término, de la incorporación de dicha definición se deriva la confusión existente.
Y, en tercer lugar -y es lo que más me sorprende-, la finalidad que se pretende alcanzar, según he oído de los Senadores que han argumentado a favor, es evitar cualquier tipo de discriminación, lo cual me parece un muy justo sentido final.
¡Pero para eso dictamos la Ley Antidiscriminación!
Entonces, no entiendo. Si se promulga una ley específica, ¿por qué en otra iniciativa se consagran normas distintas que abordan la misma materia? Es como generar un subgrupo de antidiscriminación, lo que obviamente debilita la ley misma y genera una confusión y una superposición de preceptos. Ello, desde los puntos de vista jurídico y político, me parece profundamente equivocado.
Señor Presidente, quiero ser directo -y espero que nadie se confunda en esta materia-: considero inadecuado el resultado de la indicación. El pluralismo es la aceptación o el reconocimiento de la diversidad. Nunca ha sido la obligación de promover contenidos determinados. ¡No es eso! ¡Puede ser cualquier cosa, pero no pluralismo!
Yo siempre entendí que el pluralismo se obtenía al final por el conjunto de diversidades que se respetaban, pero no por hacer de cada concesionario una fuente propia de emparejamiento o estabilidad. Porque no es eso lo que busca la legislación en proyecto.
Por último, no comprendo para qué dictamos la Ley Antidiscriminación. ¡Aquí ya terminó mi entendimiento! Si las disposiciones contra la discriminación se aplicaban a todos los cuerpos legales, ¿por qué en cada iniciativa legal se incorporan normas especiales sobre la materia?
Voto en contra del inciso quinto, nuevo.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Gómez.
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente, considero interesante el presente debate, porque finalmente entramos a los temas de fondo y se expresan las diferencias entre unos y otros. Porque pareciera que no tenemos discrepancias. ¡Pero sí las tenemos!
Por eso me gusta cuando alguien dice: "Esta es mi posición".
Por ejemplo, creo que mantenemos una imposición y una obligación respecto de la Constitución Política, que muchos defienden y señalan que hemos jurado respetar. Sin embargo, no hemos contado con la oportunidad de cambiar la Carta, por cuanto no hemos reunido el quórum suficiente para ello. No ha sido posible llegar al debate de fondo porque las bancadas de enfrente no dan los votos para tal reforma.
Nos rige un Texto Fundamental muy rígido, que posee quórums especiales elevados que impiden, por ejemplo, cambiar el sistema binominal.
Y cuando logramos traspasar esa valla, está el Tribunal Constitucional, el cual, con una conformación política a veces mayoritaria hacia un sector, termina aprobando normas y rigidizando la Carta Fundamental.
Por eso, en mi opinión, lo razonable, lo bueno y lo importante es que entremos a esos debates de fondo para lograr reemplazar el sistema constitucional. Porque así se permitirá, de una u otra forma, realizar los cambios profundos que Chile necesita.
¿Por qué nosotros creemos relevante que se establezcan criterios en la ley en proyecto?
Porque la Ley contra la Discriminación dispone medidas para combatirla. Y fija ciertos criterios y una forma de recurrir cuando existe discriminación.
Pero en estos casos estamos hablando de un elemento central en el conocimiento de la opinión pública. La televisión, como algunos dicen, penetra en la conciencia y en los hogares de Chile. Entonces, resulta indispensable establecer normas y criterios claros acerca de las obligaciones de los canales. Porque yo escucho acá que, en aras de la libertad, uno podría aceptar que un canal equis -es una concesión pública, de todos los chilenos- tuviera cierta mirada discriminatoria sin llegar a incumplir las normas de la Ley Antidiscriminación, simplemente emitiendo programas que terminen por ir en contra del sentido hacia donde hemos tratado que esta sociedad vaya, que es la pluralidad, concepto exactamente opuesto a las visiones restringidas de la sociedad.
Por eso sostenemos que en el caso del pluralismo los canales o los concesionarios han de tener la obligación de leer la ley y entender, por lo menos desde la perspectiva que nosotros hemos querido plantear, que el pluralismo no es una definición etérea, no es algo amplio, sino que se establece claramente que existen temas que es necesario tener presentes en esa pluralidad.
Y cuando aquí se dispone "promover en los contenidos entregados la observancia de estos principios, excluyendo aquellos que atenten contra estos mismos", no se está obligando a los canales a promoverlos. Lo que se plantea es que si tocan temas como los que acá se indican es indispensable que se promuevan las diversas posturas existentes en Chile.
Por eso para nosotros ayer resultaba tan importante que quedara el concepto "las familias". Porque está claro que la visión de algunos es que existe un solo tipo de familia. Para nosotros no hay uno solo. Y debe contemplarse la obligación de promover en los chilenos y chilenas y en quien vea la televisión que hay diversidad, diferencias. ¿A qué ayuda eso? A que los niños en los colegios, cuando conozcan a un hijo de una pareja homosexual, no lo traten mal. Porque es necesario mejorar la convivencia, y eso se consigue promoviendo la diversidad.
Por ello, para nosotros este debate y haber logrado finalmente que la mayoría del Senado y de la Cámara de Diputados establecieran estos criterios en la ley en proyecto resulta indispensable. Porque eso promueve realmente las diferencias, la diversidad de la sociedad chilena y evita lo que hemos vivido por muchos años: asilarnos en los quórums especiales de esta Constitución para impedir que se produzcan los cambios que Chile requiere.
Por supuesto, voto a favor.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente, estos temas son muy apasionantes. Porque finalmente estas discusiones revisten mucha importancia en un proyecto de ley, pues las tecnologías cambian, se va hacia la convergencia.
¿Y por qué se genera tanto revuelo cuando se plantea defender algunos aspectos valóricos?
Porque hay un sector de la ciudadanía que no los comparte, que no cree que estos son valores fundamentales y que piensa que el respeto a ellos no es esencial para la sociedad.
¿Y por qué se tienen que explicitar?
Porque efectivamente son vulnerados.
Un sector del país, si bien no mayoritario cuantitativamente, siente una supremacía valórica frente al resto, que considera que sus valores poseen un rango superior, que lo que es bueno para ellos lo es para los demás. Y lo hemos visto en los debates acerca del divorcio o de la "píldora del día después". Ellos piensan muy genuinamente que su visión es la única, que debiera ser universal y que todas las demás son visiones equívocas. ¿Y qué hacen en nombre de esa supremacía? Han impedido en el pasado que haya JOCAS, educación sexual. Se han opuesto a los preservativos. Treinta y tantos Diputados recurrieron contra la "píldora del día después" y los dispositivos intrauterinos. ¿Y por qué? Porque estiman -yo no cuestiono que ellos alberguen ese sentimiento profundo- que tienen una dimensión de valores superiores.
Yo creo que en Chile se debe construir igualdad y equidad justamente -por eso se habla de pluralismo- en el hecho de que aquí no hay valores superiores, que los que poseen los distintos sectores de pensamiento tienen el mismo peso, la misma jerarquía. Las brechas no son solo económicas, sino también valóricas. Y pienso que eso ha generado consecuencias muy dramáticas para la sociedad.
Y pongo ejemplos.
Zamudio murió ejecutado por un grupo de jóvenes fanáticos. Pero en la sociedad hubo quienes incitaron al odio, que señalaron que personas como él eran anormales, enfermas, que tenían problemas; recibían cuestionamientos de distinto orden. Entonces, cuando jóvenes fanáticos escuchan de autoridades religiosas o de quien sea (finalmente líderes de opinión) esta incitación al odio, ellos sienten que están llevando adelante casi una cruzada cuando ejecutan a un muchacho inocente.
De lo que estamos hablando acá es de prohibir, de que nunca más se pueda inducir al odio. Una Senadora fue perseguida por su credo. Elaboramos una ley para impedir que se incitara al odio.
¿Qué sostiene esta norma, que tanto se discute? ¡Porque algunos afirman que es aberrante!
Se refiere a algo muy sencillo. Dado que lo que estamos entregando es un bien nacional de uso público, que le pertenece a toda la sociedad, el que lo recibe debe exhibir una reciprocidad. Y miren lo que les molesta: "promover en los contenidos entregados la observancia de estos principios". ¿Y cuáles principios? ¿Se los leo? El respeto a la diversidad social, étnica, política. ¡Ah! Y ahora no quieren que se promueva eso. Porque no se obliga a que un determinado canal promueva, por ejemplo, la valoración de la unión civil de homosexuales o a los homosexuales. No. Se dispone que se promueva el respeto hacia esa diferencia. Pero hay un sector del país que no cree en lo anterior, porque considera de verdad que se trata de valores inferiores, porque no acepta la visión de los otros.
Entonces, acá se expresa una diferencia muy profunda entre unos y otros; entre quienes creemos que de verdad se debe promover el respeto. Porque cuando se plantea "promover en los contenidos entregados la observancia de estos principios", sin duda, estos principios son el respeto a la diversidad sexual, política, de género. Eso es lo que se está pidiendo, que se impida el odio sexual, el odio racial...
El señor ESCALONA (Presidente).-
Ha concluido su tiempo, señor Senador.
Tiene un minuto más, para terminar.
El señor GIRARDI.-
Gracias, señor Presidente.
Ese odio en Chile ha derivado en dramáticas consecuencias.
Si no aprobamos esta norma, estaríamos renunciando nosotros mismos a una tarea fundamental: la promoción del respeto hacia los otros, hacia los distintos. Y me parece que eso reviste un valor fundamental en una Cámara como esta. Lamentablemente se están empleando subterfugios de todo tipo para que en Chile impere al final la visión de aquellos que sienten y creen legítimamente que tienen valores superiores. Y en nombre de esa superioridad están planteando los argumentos formulados.
Yo, y muchos de los presentes, estamos por una sociedad plural que justamente se funde en que los valores de los distintos actores tengan el mismo el peso, la misma importancia e igual contribución en la construcción de una sociedad mejor.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR.-
Señor Presidente, he pedido intervenir a propósito de lo expuesto por el Senador señor Pizarro y de la respuesta que recibió del señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Solicito a los colegas revisar el segundo informe de las Comisiones unidas, que en su página 183 reproduce la indicación Nº 23, del Senador señor Gómez, y a continuación (en la página 184) expresa -leo textual-:
"El Ejecutivo, recogiendo esta indicación y otras sobre este tema formuló la siguiente proposición, para consultarlo como inciso quinto, nuevo, del artículo 1º:"
Los invito a leer el texto, que es exactamente igual a lo que estamos analizando.
Este señala:
"Para efectos de esta ley, se entenderá por pluralismo" -esta es la propuesta que hace el Ejecutivo- "el respeto a la diversidad social, cultural, étnica, política, religiosa, de género, de orientación sexual e identidad de género de la población, siendo deber de los concesionarios y permisionarios de servicios de televisión, regulados por esta ley, promover en los contenidos entregados la observancia de este principio".".
Eso es lo que dice el Ejecutivo, y se encuentra entrecomillado.
Y, más adelante, se afirma: "En votación este inciso con las modificaciones indicadas votaron por su aprobación los Honorables Senadores señores Girardi, Gómez, Letelier, Pizarro (con dos votos) y Quintana. Votó en contra la Honorable Senadora señora Von Baer y se abstuvo el Honorable Senador señor Chahuán".
Se trata de una indicación del Ejecutivo -repito- y se reproduce de manera textual.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Señor Ministro, ¿desea hacer alguna rectificación de hecho?
El señor ERRÁZURIZ (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-
Sí, señor Presidente.
Efectivamente, esta iniciativa de ley ha sido muy compleja, se presentaron muchísimas indicaciones, y durante su discusión, de acuerdo a la mecánica con que operaron las Comisiones unidas, se nos solicitó que nosotros, luego de conocer el parecer de sus integrantes, redactáramos el mencionado inciso.
Lo que quise aclarar fue que -y así se desprende del voto en contra de la Senadora Von Baer y la abstención del Senador Chahuán- la posición del Ejecutivo no necesariamente coincidía con el texto propuesto. Pero como ya había un acuerdo al respecto, nosotros hicimos la labor de redacción de la manera que se había aprobado por las Comisiones unidas.
En ese sentido, mencioné que nos parecía una mala idea precisar solo uno de los elementos de la definición, y que no por el hecho de haber redactado la proposición coincidíamos con lo que planteaba.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Carlos Larraín.
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
Señor Presidente, quiero intervenir para tratar de esclarecer algunas de las nociones que se están exponiendo en la Sala.
Es interesante observar cómo en una iniciativa de ley cuyo objetivo y alcance era eminentemente técnico, ya que si uno la mira a la rápida encuentra referencias a las frecuencias, a la banda UHF, al multicasting -hay gran abundancia de términos anglosajones-, a las obligaciones de los portadores, a la migración de bandas, o sea, toda una serie de conceptos fundamentalmente relacionados con la operación técnica de un sistema de televisión abierta, donde el tema de fondo era su digitalización, ahora se pasa de manera sorpresiva, por la vía de alterar la regla contenida en el artículo 19, Nº 12º, de la Constitución, a extender esta discusión a nociones más generales.
Al respecto, se suele decir desde las bancas de la Oposición que aquí se está descubriendo la mano, como si hubiera una agenda oculta, un propósito escondido. Y, en especial, el Senador que me antecedió en el uso de la palabra se refirió a la existencia de una agenda valórica, como si eso fuera un cargo descalificatorio. Yo debo decir que "sí", efectivamente acá hay un problema que atañe a los valores. El valor central que subyace en este debate, hasta donde yo alcanzo a entender, porque este último se ha ido desperdigando, es el de la libertad. ¿Cómo se aplica la libertad en una esfera específica de la vida concreta, o sea, en el ejercicio de estas concesiones de televisión y de información?
Se ha esgrimido que hay argumentos oblicuos. Yo me inclino por decirlo frontalmente: el valor central en esta discusión, así derivada, indirecta, es precisamente el de la libertad con que pueden actuar los concesionarios del espectro. Se suele decir que por ser concesionarios del espectro estarían condenados a una especie de corsé ideológico.
Yo discrepo de plano de lo anterior, porque el efecto de la televisión es muy potente -ya lo sabemos, lo hemos visto y padecido-, por su alcance infinito. Por eso, se debe preservar la independencia de ella.
El pluralismo, que se invoca con mucha persistencia, se asegura cuando hay emisoras de televisión de distintas orientaciones y enfoques, de todas las sacas imaginables. Podrá haber algunas que deseen poner el énfasis en el deporte; otras, en el arte; en la religión; en la búsqueda racional de una vida recta. Algunas tendrán simplemente una mira comercial o de diversión, en fin; también las habrá de enfoque único religioso. ¿Por qué no? Es igualmente un valor a preservar.
De ahí entonces que el pluralismo se garantiza cuando en el proceso hay más intervinientes de distintas inclinaciones, enfoques e inspiraciones.
El pluralismo tiene que permitir que muchas personas gocen de la libertad de información y de prensa. Esto es lo que mejor lo asegura en la vida social, o, al menos, representa una muy buena ayuda, no la única, desde luego, pero, en fin, significa un apoyo.
Ahora, el fondo del asunto se halla -reitero- en un valor central: la libertad. Y por el camino propuesto, al crear unos patrones de análisis o de juicio para el Consejo Nacional de Televisión, que aun cuando se quieran leer con muy buena voluntad son muy difusos e imprecisos -en esta misma Sala creo que podemos encontrar veinte opiniones sobre el pluralismo-,...
El señor ESCALONA (Presidente).-
Dispone de un minuto adicional, señor Senador.
El señor LARRAÍN (don Carlos).-
... las facultades de dicha entidad se verán enormemente ampliadas.
El Consejo Nacional de Televisión es un organismo administrativo, recordémoslo, y se puede producir perfectamente una confluencia entre el Ejecutivo y una mayoría accidental en el Senado para designar a sus integrantes, lo que le permitiría un actuar perfectamente arbitrario en su inspiración y operación.
Aquí, en el lenguaje utilizado hay una censura larvada cuando se habla de promover en los contenidos la observancia de estos principios, por una parte, y luego se dice "excluyendo aquellos" -ese es un sujeto tácito- "que atenten contra estos mismos", los anteriormente enunciados. Es decir, censura previa, que es la peor de todas, porque cuando es ex post, por último alcanza a circular. Hay un resorte administrativo potenciado.
Aquí se están pasando a llevar las normas garantizadas en el artículo 19, números 6°, 11° y 12°, de la Carta Fundamental.
Hago expresa reserva de constitucionalidad al respecto.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se dejará constancia de ello, Su Señoría.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso quinto que, para el artículo 1° de la ley N° 18.838, las Comisiones unidas propusieron agregar mediante la letra d) del número 1 del artículo 1° del proyecto (22 votos contra 12 y un pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Cantero, Escalona, Frei (don Eduardo), Girardi, Gómez, Horvath, Lagos, Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Pizarro, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa la señora Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, García, García-Huidobro, Kuschel, Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica y Uriarte.
No votó, por estar pareado, el señor Espina.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Señores Senadores, como la Mesa fue aludida con relación al cambio del criterio de la Sala respecto a si los incisos anteriores requerían o no quórum calificado, debo señalar que las votaciones son sumamente claras: las normas pertinentes se habrían aprobado de todas maneras, con quórum calificado o sin él.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
En el inciso cuarto de la letra d), que pasó a ser inciso sexto, las Comisiones unidas sugieren remplazar la oración final "se promuevan los derechos a que hace referencia el inciso anterior" por "se cautelen los derechos y principios a que hacen referencia los incisos anteriores".
Esa proposición se aprobó por unanimidad.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se ratificará esa aprobación unánime.
El señor PIZARRO.-
Conforme.
--Se aprueba la sustitución sugerida por las Comisiones unidas.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
A continuación, en la misma letra d), las Comisiones unidas proponen agregar, en el artículo 1° de la ley vigente, el siguiente inciso séptimo:
"De igual manera el correcto funcionamiento de estos servicios comprende el cabal cumplimiento por parte de los concesionarios y permisionarios, de las leyes N°s. 17.336, 19.889 y 20.243.".
Esa proposición se aprobó por 7 votos a favor y una abstención.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Si le parece a la Sala...
El señor García está pidiendo la palabra.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, aunque no soy Comité -aquí está el titular, Honorable señor Espina-, pido que se suspenda la sesión por 5 minutos.
El señor ESPINA.-
Sí, señor Presidente, pues algunos Senadores deseamos cotejar esta norma con uno de los artículos que figuran más adelante.
El señor ESCALONA (Presidente).-
¿Les parece bien suspenderla por 10 minutos, Sus Señorías?
El señor PIZARRO.-
Pido la palabra.
El señor ESCALONA (Presidente).-
La tiene, señor Senador.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, lo que pasa es que el inciso en cuestión reviste gran importancia. Se halla relacionado con el artículo 15, que tiene que ver con la entrega de las concesiones.
Creo que podríamos discutirlo en conjunto con el artículo 15, cuando corresponda analizar este precepto.
Imagino que eso es lo que desean determinar Sus Señorías.
Si acordáramos tratarlos en conjunto, no habría necesidad de suspender la sesión y podríamos seguir analizando el resto del articulado.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se sugiere dejar pendiente el inciso séptimo y tratarlo junto con el artículo 15.
El señor PROKURICA.-
Y también con el artículo 22.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Ahí ya es más compleja la solicitud.
Senador señor García, ¿le parece que de todas maneras suspendamos la sesión?
El señor GARCÍA.-
Sí, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se suspende la sesión por 10 minutos.
)----------(
--Se suspendió a las 18:24.
--Se reanudó a las 18:41.
)---------------(
El señor ESCALONA (Presidente).-
Continúa la sesión.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Ha llegado a la Mesa un oficio de Su Excelencia el Presidente de la República mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para designar miembros del Consejo Directivo del Servicio Electoral a los señores Juan Emilio Cheyre Espinosa, José Miguel Bulnes Concha, Gonzalo Molina Ariztía, Alfredo Roberto Joignant Rondón y Patricio Francisco Santamaría Mutis, con urgencia en los términos del inciso segundo del número 5) del artículo 53 de la Carta Fundamental.
El señor ESCALONA (Presidente).- Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
)-----------------(
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se reanuda el debate del proyecto que permite la introducción de la televisión digital terrestre.
El señor COLOMA.-
¿Y tuvo éxito la proposición del colega Pizarro?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Senador señor Pizarro, ¿llevaron a una conclusión común sus consultas? ¿O todavía no?
El señor PIZARRO.-
No, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PIZARRO.-
Yo quiero evitar malentendidos, señor Presidente. Por lo tanto, pido que sigamos la discusión; que analicemos el inciso séptimo en su mérito, y que veamos el punto cuando lleguemos al artículo 15. Y voy a explicar la razón.
Como aquí están involucrados, en buenas cuentas, el cumplimiento de las normas laborales y el respeto al derecho de propiedad intelectual de los artistas -hay sobre el particular una discusión tremenda, porque, como todos sabemos, en el sector de la televisión se violentan los derechos laborales: no se paga lo que establece la ley en materia de propiedad intelectual; existen contratos simulados; se obliga a formar sociedades o se contrata temporalmente, dependiendo del tipo de trabajo, de la teleserie, en fin-, yo prefiero que cada norma se vea en su mérito, pues de lo contrario se sembrará la duda entre la gente que sigue este debate con sumo interés.
A mí me importa que quede muy claro que con la incorporación de estas disposiciones procuramos, por un lado, que los operadores de los canales de televisión cumplan las normas laborales como debe ser -con contrato de trabajo, al igual que en cualquier otra actividad-, y por otro, que exista extraordinaria rigurosidad a los efectos de que el Consejo tenga las facultades para sancionar incluso con la caducidad de las concesiones cuando se vulneren las normas pertinentes.
En consecuencia, señor Presidente, para evitar malentendidos, pido que prosigamos la discusión en la forma habitual.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Entonces, continuaremos el debate de esa manera.
Estamos en el inciso séptimo (página 5 del boletín comparado).
Se halla inscrito a continuación el Senador señor Espina.
No va a intervenir.
Honorable señor García, ¿hará uso de la palabra?
El señor GARCÍA.-
No, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente, argumentaré por qué consideramos necesaria, oportuna y pertinente la incorporación de estas normas en la ley sobre televisión digital.
Nos parece indispensable la protección de las disposiciones atinentes a propiedad intelectual y de los derechos laborales, no solo respecto de quienes laboran en las concesionarias, sino también de aquellos que lo hacen en empresas audiovisuales.
Ha estado en discusión, básicamente, dónde debe quedar la norma que nos ocupa. Sin perjuicio de ello, estimo que nos encontramos ante un avance sustantivo en favor de los derechos de los trabajadores.
Por tanto, en esta materia vamos a votar favorablemente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
Señor Presidente, solo deseo recoger la proposición del Senador Pizarro (no sé si la retiró o no).
La norma que nos ocupa figura en tres partes de este proyecto de ley. Entonces, deseo recoger el planteamiento que formuló Su Señoría a los efectos de efectuar una discusión conjunta al final, para ver dónde vamos a situarla. Porque hay que determinar si la dejamos en las tres partes o si la ponemos en una sola: por ejemplo, en la concerniente a la renovación de concesiones (porque ello tiene sentido) o en la relativa a la entrega de concesiones.
Gracias, señor Presidente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
No hubo acuerdo unánime sobre el particular, señora Senadora. De manera que debemos atenernos al Reglamento y seguir el orden correlativo de los artículos o de los incisos.
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, por intermedio del Jefe de mi Comité, solicité suspender la sesión porque tenemos la información a que aludió recién la Senadora Von Baer, en el sentido de que la misma norma se halla repetida en tres partes de la iniciativa.
Básicamente por una razón de técnica legislativa, pensábamos que era posible unificarla y colocarla en una sola, para no repetirla.
Empero, al no haber acuerdo sobre el particular, queremos reafirmar nuestra férrea voluntad en cuanto a que se respeten las tres leyes señaladas en el inciso séptimo: la de propiedad intelectual; la N° 19.889, que establece las condiciones laborales de los artistas, y la N° 20.243, sobre condiciones laborales de los trabajadores audiovisuales.
En efecto, hemos visto que en más de una ocasión ha habido conflictos con los canales de televisión porque no se pagan a los artistas y a los creadores sus respectivos derechos de propiedad.
Fundamentalmente, ello ocurre cuando se repiten de manera lata, en muchas oportunidades, un programa humorístico, un concierto u otra creación.
Lo que pasa es que en reiteradas ocasiones los canales venden esas producciones, por ejemplo, a estaciones de televisión por cable, pero a los artistas no les pagan sus derechos.
Vemos, por ejemplo, cómo la grabación del Festival de Viña del Mar se retransmite constantemente durante todo el año -en particular, aquellos aspectos que registraron la audiencia más notable, como el humor-; pero los honorarios de quienes se presentaron no se repiten, obviamente, ni son cancelados sus derechos.
Nos parece que ahí, francamente, existe una infracción.
Lo mismo ocurre con disposiciones laborales relacionadas con artistas y trabajadores audiovisuales.
En consecuencia, señor Presidente, respaldamos la norma, porque creemos que, en el caso del derecho de propiedad y del respeto de las condiciones laborales de dichas personas, lo que se está pidiendo, lisa y llanamente, es el estricto cumplimiento de la ley, y los canales de televisión tienen que someterse a ello.
Muchas gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario para referirse a un asunto de Reglamento.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Varios de Sus Señorías han pedido que se den a conocer los pareos registrados en la Mesa, los cuales son los siguientes: el de los Senadores señora Lily Pérez y señor Ignacio Walker, el de los Senadores señores Espina y Tuma,...
El señor TUMA.-
El mío está retirado, señor Presidente. Lo dejamos sin efecto.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
...el de los Senadores señores Quintana y Coloma,...
El señor PIZARRO.-
Hay que agregar otros.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Por mi parte, estoy pareado con el Honorable señor Novoa.
El señor ESCALONA (Presidente).-
El Senador señor Carlos Larraín lo está con el Senador señor Frei.
El señor PIZARRO.-
Y el Senador señor Sabag, con el Senador señor Hernán Larraín.
El señor ESCALONA (Presidente).-
¡Mejor no sigamos...!
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, es mejor que pregunte quiénes quedamos para votar...
El señor ESCALONA (Presidente).-
A continuación le corresponde intervenir a Su Señoría.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, tal como se dijo hace un rato, en el inciso séptimo se incluye también, dentro del concepto de "correcto funcionamiento", que es el objetivo central del Consejo, la necesidad de que concesionarios y permisionarios de televisión cumplan como corresponde con las normas laborales y de propiedad intelectual. Ese es el propósito al contemplarse la situación, porque, si no lo hacen, el organismo podrá llegar en las sanciones, conforme a sus atribuciones, hasta la caducidad.
Como se ha reiterado, ello obedece a prácticas que se han venido dando por años, en materia contractual, entre operadores de canales y, fundamentalmente, artistas, figuras de televisión, periodistas connotados -"los rostros", como los llaman-, en muchos casos que escapan totalmente, con relación a sus contratos e ingresos, a la actividad normal del resto de los trabajadores de las estaciones.
¿Y ello en qué se transforma? En un abuso, en la medida en que la persona queda prácticamente cautiva en la relación con el medio y sin ninguna protección, desde el punto de vista laboral, porque no hay contratos vigentes. Lo que existe son figuras simuladas, a través de sociedades, de honorarios, de boletas, las cuales, en definitiva, no constituyen un vínculo por el que el canal tenga que responder después. Las más de las veces, estos trabajadores quedan sin ningún tipo de resguardo -no cuentan con previsión ni reciben indemnización, si son despedidos-, pero se hallan sujetos a las exigencias propias de cualquier otro empleado normal, porque se les pide exclusividad, dedicación completa, cumplimiento de horario. Es decir, laboran bajo la tuición, la dirección y las normas del empleador, pero no cuentan con ninguna de las garantías que debería implicar la relación.
En consecuencia, la inclusión de la idea en la definición de "correcto funcionamiento" contenida en el artículo 1° del proyecto es sumamente importante y constituye una de las demandas, muy legítimas, de los artistas y de quienes se desempeñan en los canales de televisión con un sistema totalmente anómalo.
Debo señalar también que se hace referencia a un caso de excepción y que no todos los trabajadores van a recibir estos beneficios. Ello obedece, claro, a que figuras que en algún instante pueden estar de moda aprovechan sus buenos momentos para obtener ingresos que resultan naturales y que, muchas veces, escapan a la comprensión del ciudadano común y corriente. Son "rostros" muy vendedores y que les reportan entradas a los operadores de televisión.
Pero lo que nos importa en el texto es que, en la definición de "correcto funcionamiento", en los requisitos para acceder a concesiones y en la aplicación de las normas de propiedad intelectual, quede claramente establecido que los canales no pueden seguir abusando de la situación, ni chantajeando a artistas, a menudo, sobre la base de que si no aceptan exigencias no tienen trabajo, lisa y llanamente.
Esa es la razón por la cual -y para evitar malentendidos- hemos preferido tratar inmediatamente el inciso y no juntarlo con otras normas que de todas maneras vamos a discutir en un rato más o en futuras sesiones.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, todo indica que el debate de la iniciativa sobre la televisión digital exhibirá características similares a las del proyecto de ley de pesca: estamos discutiendo artículo por artículo y las normas son complejas y de igual manera trascendentes. Se trata, por cierto, del manejo del espectro de uno de los principales medios de comunicación en Chile y el resto del mundo.
El inciso en análisis tiene que ser considerado en especial, porque su esencia dice relación con que en el correcto funcionamiento de estos servicios es necesario ceñirse a algo básico: dispone que es preciso cumplir las leyes. Uno podría concluir que es una tautología, pues todos deben hacerlo. Se hace referencia al "cabal cumplimiento, por parte de los concesionarios y permisionarios, de las leyes N°s. 17.336, 19.889 y 20.243.".
¿Y ello por qué se incluye? Porque, actualmente, ningún canal está respetando la normativa legal, en particular el Capítulo IV del Título II del Libro I del Código del Trabajo, introducido por la ley N° 19.889. Es decir, los actores no son reconocidos como trabajadores por los canales y se les obliga a formar empresas, de tal manera de desligarse de los deberes de un empleador. Todo ello, a pesar de un fallo de la Corte Suprema que reconoce la existencia de una relación laboral en el caso de José Soza.
Además, no se respeta cabalmente la propiedad intelectual de los artistas, materia contenida en las leyes N°s. 17.336 y 20.243.
La disposición que nos ocupa solo exige -repito- que se cumpla la ley.
El respeto de los derechos de los artistas se contempla en el artículo 1° del proyecto, pero otras normas relacionadas con el mismo objetivo se hallan en el artículo 15, inciso final, el cual dispone que no se le podrá otorgar una concesión a un solicitante condenado reiteradamente por sentencia ejecutoriada en virtud de la ley N° 20.243 durante el año calendario inmediatamente anterior a la presentación de la petición.
Las demandas relacionadas con ese cuerpo legal son colectivas, por lo que no pueden existir sentencias reiteradas, y se verán como casos individuales. Es preciso reponer la indicación original en la materia, y así lo hemos hecho, con la firma de diez Senadores.
Es difícil que un canal de televisión sea condenado en virtud de la ley Nº 19.889. ¿Por qué? Porque a un artista que lo demanda no le van a dar trabajo. ¡Se acabó el "rostro"! Por tanto, existe temor de perder la fuente de empleo.
Cabe destacar que ninguna estación contrata bajo un régimen laboral. En consecuencia, se utiliza la figura de hacerlo con una empresa. Pero un artista no lo es: se trata de una persona natural que posee un don, una facultad que le permite trabajar. El procedimiento busca eludir la responsabilidad laboral.
Por último, señor Presidente, en la llamada "retransmisión consentida", contemplada en el artículo 15 quáter -la Comisión también lo aprobó-, vamos a enfrentar el mismo problema. Es una norma que solo favorece a las estaciones de televisión, como lo expresó el Senador señor Pizarro.
Espero que la rechacemos y que los canales cumplan con las leyes números 17.336 y 20.243 y paguen la tarifa plena que pide ChileActores, esto es, el 2 por ciento de los ingresos de explotación. Hace muchos años cancelan la tarifa publicada a la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, que representa los derechos en el ámbito musical y asciende a un 2,25 por ciento de sus ingresos, de modo que no se entiende por qué no se respeta el primer porcentaje.
Actualmente, el desembolso de esos medios por el concepto de que se trata asciende al uno por ciento de sus ingresos publicitarios, aplicado, en promedio, a solo 25 por ciento de sus entradas. Es decir, únicamente constituye, en total, un 0,25 por ciento, aproximadamente. Actores e intérpretes audiovisuales reciben de estaciones de televisión menos de la quinta parte de lo que se paga por derechos musicales.
Señor Presidente, estamos discutiendo la entrega de la concesión, que es lo más importante para un canal. Y si estos no están cumpliendo con los derechos de los trabajadores, es la oportunidad de corregirlo.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán para una cuestión de Reglamento.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente, quiero hacer una propuesta en relación con el pronunciamiento que estamos llevando a cabo y plantear la posibilidad de realizar una sola votación sobre todas las normas aprobadas por unanimidad en la Comisión, para los efectos de ir despejando la materia.
Ello, independientemente de que acogeremos el inciso en análisis.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Puede intervenir la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
¿Me puede saltar, señor Presidente?
El señor ESCALONA (Presidente).-
El Honorable señor Letelier también se inscribió.
El señor LETELIER.-
Las damas primero...
La señora VON BAER.-
No, Su Señoría. Si usted usa de la palabra, me hará un favor.
El señor LETELIER.-
...y la juventud también.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Si nadie desea hacer uso de la palabra, someteré el punto a votación.
La señora VON BAER.-
Señor Presidente, como lo dije en las Comisiones unidas y lo reitero, tratamos el tema en tres sitios distintos.
Me merece dudas considerarlo en relación con el correcto funcionamiento de los servicios, tal como lo hice presente en dicha instancia, especialmente porque no se ha planteado cómo se hará cumplir el derecho, cómo el Consejo Nacional de Televisión definirá si se están observando o no estas leyes.
Por lo menos, en los artículos 15 y 22 del proyecto se define cómo se estaría materializando el contenido de los cuerpos legales laborales que se mencionan.
De hecho, el inciso final de la primera de esas disposiciones expresa que "tampoco podrá otorgarse la concesión al solicitante que hubiese sido condenado de manera reiterada por sentencia de término que se encuentre ejecutoriada en virtud de la ley 20.243". En consecuencia, aquí sí se establece un mecanismo a través del cual el Consejo va a conocer una sentencia de aquellos que deben velar por el cumplimiento de los cuerpos legales o podrá saber determinadamente si las normativas se están o no cumpliendo.
A su vez, en el artículo 22 se contempla un sistema específico a través del cual el organismo también podrá imponerse de ese hecho.
En el otorgamiento o la renovación de concesiones se revisan distintos antecedentes, dentro de los cuales es posible incluir el cumplimiento de las leyes laborales.
En el "correcto funcionamiento" se hace referencia a un concepto general y más comprensivo, por lo que me merece dudas, tal como lo dije en la Comisión, contemplar una referencia a ciertos cuerpos legales, sin definir cómo el Consejo sabrá si se están cumpliendo o no.
Me parece mucho mejor tratar el punto en los artículos finales del proyecto, donde se les pide a los concesionarios una observancia precisa de las leyes y antecedentes concretos de la verificación de distintos aspectos.
En consecuencia, señor Presidente, al igual como lo hice en las Comisiones unidas -y quiero ser sumamente clara-, voy a abstenerme en cuanto a mencionar el asunto en la parte del "correcto funcionamiento", porque me parece que no es el lugar más idóneo para tratarlo y porque no le estamos dando al Consejo Nacional de Televisión las herramientas necesarias para saber si las normas legales se están o no poniendo en práctica.
Gracias.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, estimados colegas, probablemente la única razón para que la cuestión se considere en la definición de "correcto funcionamiento" radica en que la industria no respeta los derechos de los creadores. Es una demostración de que aún somos un país subdesarrollado: no consideramos a los artistas, a los actores, a pesar de una ley expresa.
Fue en este Hemiciclo donde muchos de los presentes participamos en la dictación de un cuerpo legal sobre ciertos derechos que garantizaba la legislación internacional.
El mejor reflejo de esa falta de respeto no estriba en que los canales de televisión y ANATEL hayan hecho un lobby persistente en contra de actores y creadores -quienes hemos participado en el debate de la iniciativa sabemos que es así-, sino en cómo aplaudieron en forma entusiasta en el momento del debate de otro artículo, relativo a la retransmisión consentida. Sabían que se estaban echando al bolsillo 40 millones de dólares.
Estamos haciendo referencia, entonces, a recursos que partícipes de la industria no les pagan a los actores. De eso estamos hablando.
La razón de ser de la definición de "correcto funcionamiento" es que entregamos algo que es de todos los chilenos a una industria, a alguien que no paga ni un peso por ello, ya que resulta gratuito. Se ponen condiciones para usar el espectro electromagnético.
Se establecen criterios sobre el respeto a la diversidad y al pluralismo, y acerca de definiciones básicas, diría, de lo que se considera "correcto funcionamiento" -algunas, de carácter valórico, que han sido bastante amplias-; y se exige, entre otras cosas, el respeto a la ley.
Esto último es absurdo, quizás. Y algunos colegas podrían tener razón cuando dicen que, lamentablemente, en nuestro país debemos establecer que uno de los requisitos para el "correcto funcionamiento" -es decir, para poder quitarle la concesión a cierta persona que se gana una concesión gratuita- es el respeto cabal de las leyes N°s 17.336, 19.889 y 20.243. Y en otras normas se señala que quienes no cumplen con tal exigencia pueden ser objeto de acciones para cancelarles la concesión.
Señor Presidente, a mi modo de ver, el que tengamos este debate y el que algunos cuestionen el inciso en análisis implica, en el fondo, reconocer que está bien que la industria no cumpla, que está bien que no sea una exigencia.
Yo creo que, en verdad, esta disposición es necesaria, útil. Pero, junto con ello, quiero manifestar que este es uno de los elementos básicos del acuerdo respecto a este proyecto de ley.
Entonces, quiero ir más allá de lo sustantivamente válido. Este es uno de los elementos que permitieron construir un acuerdo en torno a esta iniciativa: que en alguna de sus disposiciones se garantizaran los derechos del mundo de los creadores, de los autores, de los actores, de los intérpretes.
Se pudo haber establecido, también, algo distinto en cuanto a la retransmisión consentida. A mí no me gusta cómo se halla consagrada esta. Y eso será materia de otra discusión. Porque a los canales de televisión de libre recepción se les otorga una concesión gratuita bajo la condición de que garanticen la cobertura, no en un territorio, sino en los usuarios, cosa que no cumplen. Y, pese a ello...
El señor ESCALONA (Presidente).-
Terminó su tiempo, señor Senador.
Le concedo un minuto más para que pueda concluir su intervención.
El señor LETELIER.-
Gracias, señor Presidente.
Decía que, pese a ello, personas que están aquí, dentro de la Quinta Región, en Algarrobo, o, dentro de la que represento, en Rengo, al encender la televisión solo reciben la señal de un canal o de uno y medio. Y no estamos hablando de sectores altamente aislados. Ello da cuenta de que esta industria no ha cumplido hasta ahora ciertas exigencias básicas.
Si aquí vamos a dar un salto cualitativo, a lo que todos aspiramos por el bien de la sociedad -después entraremos a los debates de contenido-, debemos establecer como denominador mínimo que el "correcto funcionamiento" para que una persona tenga una concesión a fin de usar algo de todos los chilenos es que se respeten la ley y, en particular, los derechos de ciertos integrantes de esta industria, en un sentido amplio, como los creadores, los intérpretes y los actores.
Por eso, vamos a votar a favor de este inciso.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, votaré a favor, por varias razones.
La primera es que, si hay algo que valora nuestro sector político -y creo que la mayoría de los parlamentarios-, es el desarrollo de los talentos, de las capacidades.
A mí me tocó participar, probablemente con muchos de quienes estamos aquí -recuerdo cuando éramos Diputados-, en el proyecto de ley sobre propiedad intelectual, en el relativo a los trabajadores audiovisuales y en el que se refiere a los actores. Todos fueron muy debatidos, porque había bastante reticencia en los medios a tener que pagar por algo que se creía de propiedad universal: la creación intelectual.
Lo que la norma en discusión establece es algo tan simple y sencillo como el que, si un canal u otro medio de comunicación quiere funcionar en forma correcta, debe respetar la propiedad intelectual de los trabajadores audiovisuales y de los actores.
Y a quien afirma que probablemente se correrá el riesgo de que se cancele o se suspenda una concesión quiero decirle que en la historia de Chile ello no ha ocurrido nunca, según recuerdo. Por lo menos, no se ha suspendido, si no me equivoco. Me gustaría que el Ministro me lo pudiera aclarar.
Quiero agregar que los canales vulneran la Ley de Televisión en muchos de los programas de farándula todos los días del año y son sancionados permanentemente.
Por consiguiente, yo pediría que no fuéramos tan quisquillosos con el deber de respetar la propiedad intelectual. Creo que es legítimo que haya programas de farándula. Lo que pasa es que se llega a tantos excesos en materia de lenguaje, de señales, de mensajes, que hoy día la Ley de Televisión no la cumple nadie.
¡Enciendan la televisión! ¡Vean esos programas! Se ha llegado a niveles extremos. Y, francamente, no se trata de ser ni conservador ni liberal, sino de desear tener mínimas normas que regulen el funcionamiento de la televisión para que transmita los valores que aquí se establecen. ¡Pienso que muchas veces no trasmite ni uno solo de ellos!
Somos muy quisquillosos en poner esta disposición cuando se trata de proteger los derechos de los trabajadores y de los artistas -fundamentalmente, su derecho intelectual- y demasiado laxos cuando se procura exigir que esos canales, ninguno de los cuales carece de fines de lucro -me parece bien que sea así-, respeten las normativas que nosotros aprobamos para la transmisión de programas.
Señor Presidente, con toda franqueza, voy a votar a favor, porque además se trata de un incumplimiento permanente, reiterado, sistemático, que llega a que el Consejo, por una mayoría muy alta, decida suspender la transmisión de un canal.
Yo pido que a lo menos seamos consecuentes en esto.
Creo que estas normativas las respetan muy poco los canales. Porque si el rating marca, ¡marca no más! Y aun cuando se hagan declaraciones muy bonitas, la respuesta final es: "Mira, yo necesito auspiciadores, tengo que transmitir. Por lo tanto, manda el rating, pues". Y como eso es así, da lo mismo lo que esos programas excedan.
Por tanto, ¿voy a ser más exigente con los artistas chilenos, con los creadores audiovisuales, con los actores que lo que son los propios canales con numerosos programas que transmiten y en los que no participan creaciones audiovisuales, ni artistas, ni actores?
Señor Presidente, respaldaré este inciso porque me parece que es la forma de que se cumpla adecuadamente el "correcto funcionamiento" de estos servicios, que en otras materias son tan permisivos y que en esto pretenden ser tan estrictos.
Así que, de todas maneras, votaré a favor.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Quisiera pedir el acuerdo de la Sala para abrir la votación.
¿Les parece?
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS.-
Señor Presidente, creo que el inciso séptimo va a recibir un amplio apoyo. Soy un tipo optimista en esta materia.
Las argumentaciones que se han dado son compartidas por la mayoría.
Escuchaba al Senador Espina, quien hizo un interesante análisis de por qué votará a favor: no solamente porque le gusta el fondo, sino además porque quiere ser coherente con el resto de las exigencias que se establecen en los cuerpos legales pertinentes, respecto de las cuales en numerosas ocasiones se hace vista gorda o se es laxo.
Sin ánimo de echarle pelos a la sopa, quiero decir que el Senador Espina efectúa un discurso, que yo comparto, sobre el contenido de la televisión chilena, la importancia del rating, pero cuando discutimos la eliminación del rating on line se producen divisiones.
Estoy de acuerdo con él; no es una crítica (no he llegado ahí todavía).
Lo que quiero decir es que, cuando hablamos del pluralismo o de regular, el discurso que yo escucho bastante es: "Eso no podemos hacerlo; hay que dejarlo al mercado; no puede haber un aparato central que lo regule" -creo que eso señaló el Senador Carlos Larraín-, y se aprecia un temor al respecto.
Bueno. Pongámonos de acuerdo: o pronunciamos el discurso de que no nos gusta lo que se transmite por televisión y nos quedamos de brazos cruzados, o simultáneamente nos ponemos a cranear de qué forma podríamos estimular, generar un mejor contenido, dar orientación. Y cuando uno habla de "orientar", "estimular", "tener un cambio", se dice: "No, eso es intervencionismo, estamos censurando la libertad de expresión".
A eso me enfrento con mi razonamiento.
En lo personal, no tengo tal dificultad, porque todavía creo que uno debe influir de alguna forma en estas materias. No me asusta ese mal llamado "dirigismo" que observan algunos: ese Estado orwelliano que se va a comer todo. Ello no va a ocurrir.
Y respecto al tema laboral es bien curioso lo que pasa acá. Creo que esta es la segunda iniciativa que votamos en un mes en la cual se propone establecer en un texto legal que hay que cumplir la ley. ¡Eso es notable...!
El señor ESPINA.-
Tiene toda la razón.
El señor LAGOS.-
Yo entendía, de mi paso por la Escuela de Derecho, que la ley hay que obedecerla. ¡Y punto! Pero aquí hemos llegado al extremo de que, para aprobar una iniciativa, se debe asegurar que se respeten los derechos laborales. Y hay que ponerlo por escrito.
Yo partía de la base de que ello debe hacerse de todas maneras.
Es más -y no quiero ir más atrás todavía, para no generar problemas-: ¿qué se dijo cuando tratamos el proyecto modificatorio de la Ley de Pesca? Que para entregar las concesiones a plenitud, para siempre, había que cumplir con la legislación, entre otras, laboral.
No sé a cuántos Senadores presentes en la Sala o a cuántos actores a los que les preocupa el tema y que ahora miran el debate les llega algún certificado del Gobierno de turno cuando cumplen con la ley, o el Servicio de Impuestos Internos les hace una rebaja en el pago de sus tributos por respetar la normativa laboral.
Eso habla de la falencia y de la debilidad del sistema.
Entonces, uno dice: "Bueno, por qué no se respeta la legislación laboral. Vamos viendo en qué sectores ello ocurre". Y, al final del día, comprobamos que no es solamente una cuestión cultural. Es como el pago de impuestos: a la gente no le gusta pagarlos, pero a veces lo hace con mayores ganas, primero, cuando la fiscalizan, y segundo, cuando cree que pagar los impuestos le reditúa algo que se ve en la sociedad.
A mi juicio, lo que observamos hoy en forma creciente en Chile es que el abuso laboral está llegando a ciertos límites. Y eso, entonces, es lo que persigue remediar esta iniciativa legal.
Creo que todos aprobaremos el inciso, salvo quienes se van a abstener porque dicen que esta materia, tal vez, no se consigna en el lugar adecuado del texto. Pero eso no es cierto. El tema no es dónde se coloca en el articulado. El punto es si se quiere o no que la legislación laboral se respete y que se exija su cumplimiento, so pena de perder un beneficio o una franquicia, que en este caso se refiere a tener una concesión por determinados años.
Señor Presidente, me alegra que exista consenso en esta materia -en lo grueso, me refiero-, pero no nos hagamos los lesos entre nosotros. Si queremos televisión de mejor calidad, debemos hacer algo y no solamente dejar que el mercado decida, porque así no se va a lograr. Para eso están las autoridades; las personas elegidas por la ciudadanía; la sociedad civil: para empujar hacia el tipo de sociedad a la que aspiramos y hacia el tipo de mensaje que queremos transmitir por la tele. Pero, si ello se deja al libre albedrío, no va a ocurrir como por arte de magia.
En consecuencia, les pido a todos que, cuando más adelante volvamos a ver esta iniciativa, nos acordemos de esta parte de la discusión.
Voto que sí.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, en esta oportunidad, quiero manifestar que votaré a favor de este inciso y reiterar algo que ya se señaló.
Luego de oír al Senador Lagos Weber, cabe decir que es sorprendente que tengamos que asegurarnos -entre comillas-, en el caso de la Ley de Pesca o en otros, de que se cumplan las normativas laborales. Pero no es muy extraño que ello suceda en nuestro país.
El cumplimiento de la normativa laboral, por desgracia, no es algo de lo cual podamos sentirnos muy orgullosos. Y no tenemos que ir muy atrás para saber cuántas veces se ha burlado, por ejemplo, el pago previsional y cuánto tuvimos que hacer nosotros al respecto. Los que integramos la Cámara Baja recordamos al Diputado Bustos, quien presentó un proyecto -luego de transformarse en un cuerpo legal fue conocido como "Ley Bustos"- con el objeto de garantizar que a los trabajadores se les pagara efectivamente su previsión.
Y esta es una materia bien importante, señor Presidente, porque en nuestra sociedad hay alguna confusión.
Creo que la ciudadanía se ha formado cierta imagen respecto de algunos rostros muy conocidos en el sentido de que a estos personajes les va extraordinariamente bien y les pagan sueldos increíbles. Y no existe noción acerca de lo aberrante que puede ser que nunca se haya respetado la normativa laboral y que a los trabajadores de los canales televisivos (actores, actrices, en fin) no se les reconozca su condición de tales.
Es insólito que hasta hoy aceptemos que tal situación siga ocurriendo. Y también lo es que contemos con tres leyes distintas, bastante ligadas entre sí, pero diferentes, con relación al tema que nos ocupa. Aquí se han mencionado la Ley Laboral y la que tiene que ver con la propiedad intelectual o los derechos patrimoniales, en fin, de los artistas audiovisuales. Y uno tiene que recordar las tremendas peleas que se produjeron durante su tramitación.
Hay una persona que nos acompaña en las tribunas, y al verla recuerdo cuánta batalla hubo que librar cuando se discutió el proyecto de Ley de Propiedad Intelectual. En ese momento, Esperanza Silva encabezaba la posición que buscaba hacer entender que en justicia había que pagar derechos que, simplemente, no se reconocían.
Es triste ver casos -incluso aparecen en los propios medios- de gente que está en declive, que ya no se encuentra en el peak de su popularidad, como el de actores para quienes, pasados los años, poco menos que hay que realizar colectas a fin de pagar sus gastos médicos, de ayudarlos por estar sin jubilación, sin ingresos.
Francamente, eso es muy inhumano. Pero corresponde a la realidad.
Pienso que es hora -aunque sea a través de este mecanismo, que a algunos de nuestros colegas no les parece adecuado- de hacer lo correcto. Porque estamos hablando precisamente de eso: del correcto funcionamiento de la televisión, de la cual esperamos bastante más que lo que hoy día nos entrega. Hablamos de la necesidad del pluralismo. Pero también queremos mencionar la de entregar no solo información y farándula, sino también cultura; espacios de debate, de reflexión; es decir, de una amplitud de oferta que uno muchas veces echa de menos.
Aquí hay algo concreto. Nosotros entendemos que esto es lo adecuado, que es lo que se requiere para poder garantizar que se respeten los derechos laborales. No queremos que siga habiendo letra muerta, ni que siga ocurriendo lo que hasta el día de hoy se observa, incluso con la ley N° 19.889, que no se cumple, porque los trabajadores a que ella se refiere no son reconocidos como tales.
Señor Presidente, ojalá que todos aprobemos este inciso -o por lo menos una amplísima mayoría, si no se da la unanimidad-, para dar una señal potente. Con ese gesto les estaremos enviando una señal a los canales de televisión en el sentido de que nos interesa que cumplan la normativa vigente y sus obligaciones como empleadores. Ello, a fin de no ver alguna situación como la que describí, que no tiene sentido repetir, pero que resulta dolorosa.
Vamos a aprobar todo lo que vaya en esa dirección, señor Presidente, Y por eso quise intervenir, para reafirmar mi voto positivo.
Eso sí, hay que velar por que esto no se transforme en letra muerta y por que de verdad corresponda a lo que estamos señalando, en el espíritu y en la letra de la ley. Eso entendemos por el "correcto funcionamiento" de la televisión, el cual debe partir por respetar los derechos laborales de nuestros actores y actrices, que hoy día no son reconocidos.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Terminada la votación.
La señora ALLENDE.-
No está marcado mi voto.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se agregarán los votos de los Senadores señora Allende y señores Ruiz-Esquide, García-Huidobro, Orpis y Prokurica.
--Se aprueba el inciso séptimo propuesto por las Comisiones unidas (23 votos a favor y 2 pareos).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily) y los señores Chahuán, Escalona, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Horvath, Lagos, Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Tuma, Uriarte y Walker (don Patricio).
No votaron, por estar pareados, los señores Larraín (don Carlos) y Zaldívar (don Andrés).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Ha llegado la hora de término del Orden del Día.
El señor CHAHUÁN.-
Pido la palabra para una cuestión de Reglamento.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente, quiero pedir que se recabe la autorización de la Sala a fin de agrupar todas las proposiciones unánimes de las Comisiones unidas para efectos de realizar una votación económica del proyecto.
Me gustaría saber si hay voluntad al respecto.
El señor LETELIER.-
¡Sí!
La señora ALLENDE.-
La hay.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario General.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
La Secretaría General tiene no solo el deber sino también la buena voluntad para proceder a lo solicitado. Sin embargo, debo advertir, primero, que debe votarse un sinnúmero de normas de quórum calificado; segundo, que hay un conjunto de peticiones de votación separada efectuadas por el Honorable señor Novoa -algunas incluso recaen en disposiciones aprobadas por unanimidad en las Comisiones-, y tercero, que un grupo de señores Senadores ha renovado con las firmas reglamentarias varias indicaciones.
Por lo tanto, las normas que se podrían aprobar en una sola votación son las menos. Si se pide, la Secretaría puede tener una lista de aquí al próximo martes; pero, en verdad, no será de gran rendimiento. Y además advierto que algunos señores Senadores se oponen.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Se hará todo lo posible en la próxima sesión.
En todo caso, quiero decir que no es aliciente para los señores Senadores y para el señor Ministro y el equipo de trabajo que lo acompaña, el hecho de que, después de dos sesiones de trabajo, vayamos en la página 6 de un comparado que tiene 126.
Así que todo indica que el trámite del proyecto será bastante dilatado.
Pasamos a la hora de Incidentes.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor BIANCHI:
AL señor Ministro de Agricultura, para que informe en cuanto a MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y REACCIÓN DE LA CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL ANTE EVENTUALIDAD DE INCENDIOS EN PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO.
Del señor HORVATH:
A la señora Ministra del Trabajo, al señor Ministro de Defensa Nacional, al señor Director del Territorio Marítimo y Marina Mercante Nacional y al señor Subsecretario de Marina, a fin de que los primeros adopten las medidas necesarias para FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE NORMATIVAS LABORALES EN NAVES MERCANTES y el último informe respecto de TITULACIÓN DE PERSONAL EMBARCADO. Y al señor Director Nacional de Gendarmería, a fin de solicitarle REVISIÓN DE MEDIDA DE DESTITUCIÓN DE FUNCIONARIO DON EDUARDO GIACAMAN PALMA.
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El señor LABBÉ (Secretario General).-
Informo que los Comités Partido Por la Democracia, Partido Socialista e Independientes han cedido sus tiempos al Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
En el turno del Comité Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el Senador señor Gómez.
VISITA DE ALCALDE Y HABITANTES DE CALAMA A CONGRESO NACIONAL
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente, solo deseo señalar, a través de la emisión de televisión, que hoy ha concurrido hasta el Congreso Nacional el Alcalde de Calama, señor Velásquez, junto con unas cien personas de la comuna, para remanifestar su intención y su decisión de que la ciudad cuente con recursos particulares para su desarrollo.
Calama es un emplazamiento minero con muchas complejidades. Por ello, quiero destacar el esfuerzo, la voluntad y la perseverancia que sus habitantes ponen para obtener más y mejores recursos para la ciudad, así como el hecho de que un grupo haya viajado en bus desde ese lugar hasta el Congreso en Valparaíso.
Es muy encomiable y quería mencionarlo, señor Presidente. Se realizó una reunión muy importante, con muchas organizaciones que están detrás de esta idea de desarrollo de la comuna de Calama.
Los felicito y les agradezco el esfuerzo que realizan.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
En este momento no hay en la Sala Senadores del Comité Partido Unión Demócrata Independiente.
Por lo tanto, en el tiempo del Comité Partido Renovación Nacional, tiene la palabra al Senador señor Kuschel.
SISTEMA DE EMERGENCIA MÍNIMO PARA PASOS TERRESTRES INTERNACIONALES. OFICIOS
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente, quiero solicitar, por su intermedio, dos cosas.
La primera es que los Ministerios de Obras Públicas y el del Interior, estudien la posibilidad de tener un sistema de emergencia mínimo en los principales pasos internacionales terrestres del país, pues, debido al incendio del paso Puyehue-Cardenal Samoré, hasta el día de hoy no se reinicia el cruce de vehículos particulares.
Ayer volvió a funcionar el tránsito de buses y, un poco antes, el de camiones.
Para nosotros eso es muy importante, especialmente durante este mes. Estamos a 9 de enero y prácticamente hemos perdido diez días de visita de los turistas argentinos que vacacionan en Chile.
Por eso, solicito considerar la posibilidad de contar con equipos de emergencia y de resguardo frente a las dificultades que se presenten. Porque en Puyehue no se cayó un puente ni se rompió el camino: se quemó una estructura, que hasta el momento no ha sido posible reutilizar.
Para el terremoto del 2010, en el aeropuerto Pudahuel las estructuras dañadas fueron repuestas con mucha prontitud; pero no se ha procedido de la misma forma en mi Región, para no interrumpir el paso de vehículos.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
CONSTRUCCIÓN DE CAMINO "CHILE POR CHILE". OFICIO
El señor KUSCHEL.-
En segundo término, señor Presidente, deseo pedir información respecto del estado de avance de la construcción del camino "Chile por Chile", porque hasta ahora no hemos tenido conocimiento de que se estén realizando los trabajos en terreno.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
REAPERTURA DE PLANTA DE AGROSUPER EN FREIRINA. REITERACIÓN DE OFICIO
El señor KUSCHEL.-
Por último, señor Presidente, a propósito de una visita que tuve ayer en la Comisión de Trabajo, deseo reiterar un oficio que ya se solicitó hace como dos o tres semanas en cuanto a la situación de la planta de Agrosuper en Freirina. Algunos trabajadores que se desempeñaban en ella nos han pedido efectuar gestiones para que la empresa vuelva a funcionar ahí. De ello dependen muchos empleos, aunque en este último tiempo se ha avanzado en algunas medidas para evitar los malos olores y mejorar las condiciones higiénicas de la planta.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité Partido Renovación Nacional, tiene la palabra el Senador señor Horvath.
CIERRE DE PASO FRONTERIZO CARDENAL SAMORÉ. OFICIO
El señor HORVATH.-
Señor Presidente, me sumo al planteamiento recién expuesto a raíz de los problemas generados por el cierre -en un principio, total; ahora, parcial- del paso Cardenal Samoré, debido al incendio que ocurrió en las instalaciones fronterizas en el lado chileno.
En verdad, eso afecta a la Región de Los Lagos, en la provincia de Palena, y a las Regiones de Aysén y de Magallanes, pues, en nuestro caso, los pasos alternativos significan andar hasta 600 kilómetros más para llegar nuevamente a Puerto Montt, y los caminos no están suficientemente dotados ni hay el personal necesario en cada una de las áreas, de modo de que se pueda efectuar el reemplazo mientras se recupera el paso Cardenal Samoré.
Por otro lado, las barcazas no son suficientes como medio alternativo para conectarse hacia el sur. En la ruta bimodal, que hoy exige tres trasbordos, desde Puerto Montt hasta Chaitén, y que tiene un subsidio, fuimos testigos de lo siguiente.
Hice el recorrido el fin de semana en una barcaza. Esta, que normalmente debiera efectuar el trayecto entre Leptepú y Hornopirén en dos o dos horas y media, se demoró cuatro, porque opera totalmente copada. El servicio es bueno; pero, desde luego, tiene que ser mejorado por esa circunstancia adicional.
Lo mismo ocurre con las barcazas que van de Puerto Montt a Chaitén y las que efectúan el servicio hacia Aysén y Magallanes.
El Ministro de Transportes -quien se hallaba presente en la Sala- dio cuenta formalmente de que una nueva nave reemplazará a la barcaza "Alejandrina", la cual ha sufrido deterioro y daño permanente, por lo cual no presta el servicio que corresponde en esta zona austral.
Con respecto a la Ruta 7 o Camino Longitudinal Austral, hay tres estudios asignados para la confección de una senda de prospección geológica, pues permite un paso precario entre el tramo que va de caleta Gonzalo al sector de Hornopirén. Pero, en verdad, no se ha avanzado ni un metro en estos últimos años en obras físicas en el lugar.
Todo se ha realizado con sensores remotos, desde el aire; pero no hay nada nuevo. Desde 1984 a la fecha, se han hecho cuatro estudios de ingeniería completos, cuyos recursos perfectamente podrían haberse invertido en la construcción de la senda, con lo cual tendríamos continuidad territorial en ese sector.
Por eso, pido que se oficie al Ministerio de Obras Públicas, a fin de que se aceleren los procesos no solo de confección de dicha senda, de cesión de la faja, de servidumbre de paso o de expropiación, según corresponda. Porque algunos propietarios están a favor de que se construya dicho camino.
Aquí ha habido un error en cuanto a creer que el acuerdo de dejar una franja de 100 metros libres en el Parque Pumalín, declarado como Santuario de la Naturaleza, no significa que deba expropiarse toda ella. Lo que debe hacerse es que, dentro de esos 100 metros, se asignen 30 metros en forma exclusiva para el camino, lo que es más que suficiente para el propósito perseguido.
Hay que acelerar los procesos, de manera de aprovechar esta temporada de verano y tener un resultado concreto con una senda de esta especie. Eso sería el inicio de la primera etapa de construcción de una vía sin trasbordo y que, además, es de muy bajo impacto.
Durante la discusión de la Ley de Presupuestos, en la Comisión de Obras Públicas del Senado, solicitamos al Ministerio del ramo que estudiara, en forma simultánea con la licitación del puente de Chacao, la construcción de un túnel, que tendría un costo dos tercios más bajo del que se piensa para un puente.
Con ello se resolverían, adicionalmente, los problemas que afectan a Chiloé y, también, lo relativo a contar con una ruta austral sin trasbordo, pero con soluciones más modernas, como túneles submarinos en el fiordo Reloncaví, en el sector de Comau, específicamente para el fiordo Cahuelmó; y un túnel terrestre normal, para salvar el sector del morro Gonzalo. Así tendríamos una conectividad completa.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor NAVARRO (Vicepresidente).-
En el turno del Comité Independientes, tiene la palabra el Senador señor Cantero.
Antes de que intervenga Su Señoría, pido la unanimidad de los presentes para que me reemplace en la testera el Honorable señor Chahuán.
Acordado.
--Pasa a dirigir la sesión, en calidad de Presidente accidental, el Senador señor Chahuán.
DAÑO A PATRIMONIO CULTURAL REGIONAL POR INSTALACIÓN DE TORRES DE ALTA TENSIÓN PARA MINERÍA. OFICIOS
El señor CANTERO.-
Señor Presidente, solicité el uso de la palabra para denunciar un hecho grave y que hoy día recoge la prensa de la Región de Antofagasta.
Me parece francamente inaudito que, a propósito del mandato de una gran empresa minera, se hayan instalado torres de transmisión eléctrica sobre un sitio arqueológico de la más alta importancia.
En efecto, Claudio Castellón Gatica, conservador de monumentos, hombre de larga trayectoria en la Región de Antofagasta, hizo hoy una denuncia publicada en los diarios regionales, según la cual dos geoglifos situados en las cumbres de la cuesta de Montecristo, han sido gravemente dañados.
Se trata de los denominados "geoglifos de Chug-Chug", que se encuentran adyacentes a una red generada en el valle de Quillagua y que conduce hacia Calama (se conoce como Chunchuri), y que se asocian directamente a un complejo prehispánico que parte en la costa y termina en el salar de Atacama.
¿Qué ocurre, señor Presidente? Dos diseños, que se encuentran en la entrada oeste de la mina de Chuquicamata, fueron dañados. Y ello se debe a que la empresa minera ordenó la instalación de torres de alta tensión.
Se efectuaron estudios de diseño y de impacto ambiental que, en mi opinión, resultaron del todo ineficientes y dañinos.
A mi modo de ver, los dos geoglifos presentan hoy la condición de irreparables.
Ellos se sitúan en el límite de la provincia de Tocopilla con El Loa.
La responsabilidad tiene que ver con el "Proyecto Línea de Transmisión Eléctrica 220 Kv Encuentro-MH".
Los denunciantes afirman que no se evaluó la existencia de los geoglifos en el informe entregado a los responsables del proyecto en el caso de la mina "Ministro Hales", de CODELCO.
Lo anterior trajo como consecuencia que se instalaran torres de transmisión eléctrica, la s-163 (133), a un metro de los milenarios diseños, causando daño irreparable a esas estructuras patrimoniales.
Señor Presidente, solicito formalmente que el gobierno regional actúe frente a esta situación.
Me parece criticable el que una empresa de la importancia de la que mencioné se vea involucrada y asociada a este tipo de atropello.
Entonces, en primer lugar, solicito oficiar a la mina "Ministro Hales", para que informe sobre todos los detalles relativos a este hecho.
En segundo término, pido que se oficie al señor Intendente Regional, a fin de que señale qué acciones legales emprenderá para proteger el patrimonio cultural de todos los chilenos.
Asimismo, recabo enviar oficio al Consejo de Defensa del Estado, con el propósito de que entregue antecedentes sobre las acciones judiciales que llevará a efecto en defensa de este patrimonio, para delimitar responsabilidades y reparar el daño causado.
En relación con la mencionada mina, me gustaría saber, además, qué responsabilidad le cabe a ella frente a la situación que señalé y qué planes de contingencia o de mitigación tiene previstos al respecto.
Por lo pronto, dada la gravedad de los hechos que estoy denunciando, me parece que esas torres de transmisión eléctrica tienen que ser sacadas del lugar en el más breve plazo y a la vez recuperar íntegramente el patrimonio histórico cultural milenario que se halla en esa zona.
Señor Presidente, pido que se envíen los oficios que señalé.
Expreso mi repudio y molestia por la actitud negligente e irresponsable de empresas de servicios de estudios de impacto ambiental que, sin mayor acuciosidad, permiten este tipo de faenas, y que, en forma criticable, irresponsable y criminal, posibilitan la destrucción de patrimonios que son de difícil recuperación.
Lamento estos hechos. Espero que la empresa estatal reaccione con prontitud; responda con urgencia frente a este llamado, y que las actuaciones de los órganos del Estado se realicen con premura, para recuperar dichos patrimonios en el más breve plazo.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento, con la adhesión de los Honorables señores Horvath, Navarro y Chahuán.
El señor CHAHUÁN (Presidente accidental).-
A continuación, tiene la palabra el Honorable señor Navarro, Senador por la Octava Región del Biobío, del Partido MAS, y que representa a las comunas de Bulnes, Cabrero, Cobquecura, Coelemu, Ñiquén, Portezuelo, Quillón, Quirihue, Ninhue, Ránquil, San Carlos, San Fabián, San Nicolás, Treguaco, Yumbel, Hualpén, Talcahuano, Chiguayante, Concepción, San Pedro de la Paz, Coronel, Florida, Hualqui, Penco, Santa Juana y Tomé.
El señor NAVARRO.-
Son comunas de la 12ª Circunscripción Biobío Costa.
DICTAMEN DE CONTRALORÍA ANTE IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA DE ACREDITACIÓN NACIONAL DE MINISTROS DE CULTO. COMUNICACIÓN
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, a mediados del presente año el Poder Ejecutivo, a través de la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos (ONAR), dependiente del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, promovió el Sistema de Acreditación Nacional de Ministros de Culto, que implicó la instrucción en todo el país para que las distintas iglesias, confesiones religiosas y agrupaciones pastorales entregaran antecedentes personales de sus ministros de culto.
La corporación País Excelente, que preside Raúl Romero Espinoza, hizo una presentación ante la Contraloría General de la República.
Este es un tema relevante para el mundo evangélico.
La información respectiva me llegó a través del pastor Óscar Cáceres, presidente de la Red de Profesionales Evangélicos (ISACAR).
Señor Presidente, la Ley sobre Libertad de Culto, en su espíritu y en su letra, buscó establecer la igualdad entre las diferentes iglesias. Hay que destacar que ese esfuerzo lo realizamos de manera consensuada y que es deber de todos respetarlo.
Impulsar la igualdad de todas las iglesias no es fácil. En ese camino puede haber elementos que deban ser revisados para concretar el espíritu de la ley. Y el aspecto referido es precisamente uno de ellos.
El 24 de agosto de 2012 ingresó a la Contraloría General de la República la solicitud para que se revisara la legalidad de la resolución en comento.
Resulta muy importante, para información de todos los pastores evangélicos del país, particularmente para los de la Región del Biobío -muchas de sus comunas tienen un porcentaje muy significativo de pueblo evangélico-, dar lectura al dictamen N° 79.410, de 21 de diciembre de 2012, de la Contraloría General de la República, a fin de que los hechos queden aclarados.
Dice:
"El Directorio del Consejo de Unidades Pastorales de la Región Metropolitana se refiere a diversas `acciones y procedimientos administrativos, que sobrepasan artículos de la legalidad vigente, realizados al interior de las Entidades Religiosas en sus Pastores y Ministros de Culto', `con respecto a la propuesta llevada adelante y emanada desde la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos (ONAR), dependiente del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, por la convocatoria a crear un Sistema de Acreditación Nacional de Ministros de Culto (SNAM), para desarrollar sus labores que le son propias, de dar asistencia espiritual en hospitales'.
"Expone el recurrente que no existen razones jurídicas y lógicas que autoricen a una entidad estatal para exigir de una manera perentoria la entrega de datos personales e incluso fotografías de todos los ministros religiosos del país, y que la acreditación a nivel nacional pretendida por la ONAR para comprobar la investidura espiritual de los Ministros de Culto, coloca el ejercicio de la actividad religiosa en una posición de necesaria validación por parte de un ente administrativo, lo cual en su opinión no se condice con la separación entre la Iglesia y el Estado, atenta contra la libertad de culto garantizada en el artículo 19, N° 6º, de la Constitución Política y se aparta de lo establecido en la ley N° 19.638", la Ley sobre Libertad de Culto.
"En razón de lo expresado solicita que esta Contraloría General enmiende esta propuesta que, a su juicio, es absolutamente ilegal, arbitraria e injustificada.
"Sobre esta presentación se pidió informe a los Ministerios Secretaría General de la Presidencia, de Salud, y Secretaría General de Gobierno, quienes los emitieron, respectivamente, a través de los oficios N°s 1.438; 2.576 y 1.448, todos de 2012.
"A su vez, el prosecretario de la Cámara de Diputados, por orden de su Presidente, ha comunicado una petición del diputado señor Alberto Robles Pantoja relativo a la legalidad de los requerimientos que se habrían formulado a los ministros religiosos del país en la convocatoria al referido sistema nacional de acreditación.
"Finalmente, don Raúl Edgardo Romero Espinoza, en nombre de la corporación País Excelente, también pide un pronunciamiento sobre el particular, referido específicamente a la legalidad de lo obrado por el intendente y los gobernadores de la Región del Biobío en orden a solicitar imperativamente a distintas organizaciones pastorales y ministros del culto evangélicos, una serie de datos personales para ingresarlos al mencionado sistema de acreditación nacional.
"Al respecto se solicitó informe al intendente aludido quien lo evacuó por medio del oficio N° 2.042, de 2012.
"En relación con el asunto planteado cabe, en primer término, señalar que al tenor de la documentación tenida a la vista por este Organismo Fiscalizador, aparece que las secretarías regionales ministeriales de gobierno emitieron un instructivo en el cual se informa que se ha creado un sistema nacional de acreditación de ministros de culto, y que con el fin de llevar a cabo este procedimiento es necesario que todo obispo, sacerdote, pastor o ministro de culto representante de las iglesias de la región respectiva, se registre en las oficinas de dichas entidades regionales donde se completará el formulario electrónico obligatorio.
"Añade este documento que cada ministro de culto deberá entregar dos elementos fundamentales para ingresar al mencionado sistema, cuales son, una carta con timbre de su organización, en donde se formule una solicitud de credencial y se consignen todos los datos que indica, del interesado y de la entidad religiosa, y otra carta firmada por el presidente de esta última que avale el grado eclesiástico, certifique la idoneidad para la función, y señale el número de personalidad jurídica de la entidad, precisando que ambos documentos deben ser enviados en sobre cerrado.
"Por último, el instructivo en referencia puntualiza que `las cartas que provengan de entidades de representación tales como Unidades Pastorales, Consejos u otros organismos, no serán recibidas, solo las de corporaciones de derecho público o privado e iglesias acreditadas'.
"Además, la Subsecretaría General de Gobierno, a través del memorándum N° 6.134, de 2012, instruyó, posteriormente, a las secretarías regionales ministeriales de gobierno, en orden a que al difundir el aludido sistema nacional de acreditación deben recalcar su carácter opcional y facultativo para los ministros de culto y que en ningún caso puede entenderse que este registro sea obligatorio.
"Por otra parte, según consta en los documentos adjuntos y de acuerdo con lo expresado en los informes evacuados a petición de esta Entidad Fiscalizadora, la implementación del Sistema Nacional de Acreditación de Ministros de Culto se acordó en un convenio de colaboración suscrito por los Ministerios Secretaría General de la Presidencia, de Salud, y Secretaría General de Gobierno, que fue aprobado mediante el decreto exento N° 315, de 2012, firmado por el Ministro Secretario General de Gobierno, por orden del Presidente de la República.
"En este convenio se expresa que el sistema en comento tiene por objeto facilitar el cumplimiento de la ley N° 19.638 y del Reglamento de Asistencia Religiosa en Recintos Hospitalarios, aprobado por el decreto N° 94, de 2007, del Ministerio de Salud y en él se establecen las funciones que se obliga a cumplir cada una de las Secretarías de Estado que lo suscriben, pudiendo mencionarse, a título ejemplar, que el Ministerio de Salud se compromete a monitorear la implementación del sistema velando por su correcto empleo y a la erradicación de toda forma de discriminación religiosa, y que al Ministerio Secretaría General de la Presidencia le corresponderá resolver en una primera instancia, toda situación que sea indicada como un probable atentado a la libertad religiosa y a principios de igualdad.
"Asimismo se indica el procedimiento que debe seguirse por parte de cada ministro de culto, los datos y documentos que debe incluir la solicitud respectiva, la forma en que se tramitarán las credenciales, las menciones que deben contener, como los efectos de su exhibición, y con el fin de contar con un adecuado mecanismo de seguimiento y coordinación se designa como responsables a los funcionarios que ocupen los cargos que señala.
"Ahora bien, la ley N° 19.638," -Ley sobre Libertad de Culto: de igualdad entre las diversas iglesias- "que establece normas sobre la constitución jurídica de las iglesias y organizaciones religiosas, y que entre las facultades inherentes a la libertad de culto contempla en su artículo 6°, letra c), la de recibir asistencia religiosa, no prevé la existencia de un sistema nacional de acreditación, ni tampoco se refiere a esta materia la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención en salud.
"De esta manera," -señala la Contraloría General de la República- "no se advierte cual sería la fuente legal que habilitaría para establecer una organización a nivel de todo el país, cuyas funciones trascienden a las propias de las entidades que la integran en la medida que importan la anotación o inscripción en un registro general de datos de carácter personal de los integrantes de las entidades religiosas, y que, por otra parte, configuran, en definitiva, un mecanismo de autorización, toda vez que a los ministros de culto que se incorporen al SNAM se les daría una credencial que los identifique como parte del mismo, con lo cual quedarían habilitados para acreditar la calidad que invisten con la sola exhibición de este documento, todo ello con independencia de que la adhesión al sistema pueda ser considerada voluntaria u obligatoria.
"En estas condiciones," -continúa el dictamen de la Contraloría- "y atendida la naturaleza de las regulaciones que se pretende aplicar a través de este sistema, resulta evidente que en ningún caso el mismo podría establecerse, por la vía de instructivos, intercambio de oficios o acuerdos de colaboración entre órganos públicos, como quiera que en virtud de lo ordenado en los artículos 6° y 7°, y 63, N° 14, en relación con el 65, inciso cuarto, N° 2, todos de la Constitución Política, sólo la ley puede fijar las atribuciones de los órganos públicos y determinar las funciones de las entidades del Estado.
"Por otra parte y sin perjuicio de lo anterior, cabe destacar que el antedicho convenio triministerial, donde se acuerda la implementación del sistema en referencia, contiene además prescripciones operativas que específicamente conciernen a la forma y condiciones del acceso de los ministros de culto, para otorgar asistencia religiosa en los recintos hospitalarios, materia que conforme a lo dispuesto en el mencionado artículo 6º, letra c), de la ley Nº 19.638, únicamente puede ser regulada mediante reglamentos dictados por el Presidente de la República, a través del Ministro de Salud.".
Y ahora viene lo más importante, señor Presidente: "En mérito de lo expuesto, esta Contraloría General cumple con informar que no se ajusta a derecho el Sistema Nacional de Acreditación de Ministros de Culto que se ha propuesto poner en práctica en los términos señalados, y por ende deben dejarse sin efecto, el decreto exento N° 315, de 2012, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprueba el mencionado acuerdo de colaboración, y todos los instructivos, circulares y demás actos de efectos generales o particulares que se hayan emitido para su aplicación.
"Ramiro Mendoza Zúñiga
"Contralor General de la República".
Señor Presidente, solicito que esta intervención sea enviada a través del Senado a todas las entidades religiosas con personalidad jurídica, contempladas en la ley Nº 19.638, sobre libertad de culto, porque considero muy relevante que conozcan estos antecedentes.
Todos hicimos esfuerzos muchos años atrás para regular esta situación. Recuerdo que hace más de una década impulsamos medidas desde la Cámara de Diputados. Pero entonces la Ley sobre Libertad de Culto no existía, todavía no era una realidad. En ese escenario, muchas veces pedimos a los Gobiernos de turno que se facilitara a los ministros de fe, a los pastores evangélicos, el acceso a hospitales y cárceles. Porque allí se les discriminaba; se les imponían exigencias; no se les permitía desarrollar su actividad pastoral, en circunstancias de que los sacerdotes católicos sí realizaban la suya. Entonces había un elemento discriminatorio.
Una vez instaurada la ley Nº 19.638, se consagran derechos de asistencia; entre ellos, los que se señalan en ese dictamen de la Contraloría, que es claro, explícito, y que responde a un requerimiento presentado por el directorio del Consejo de Unidades Pastorales de la Región Metropolitana, asumido con mucha propiedad, tal como lo he referido, por la corporación País Excelente, que preside don Raúl Romero Espinoza.
En mi opinión, esto aclara, mejora y establece una correcta ejecución de la ley.
Entiendo que el Gobierno ha querido regular, y presumo que lo ha hecho de buena fe. Creo que en esto no ha habido una intención inadecuada. Pero el dictamen de la Contraloría expresa muy claramente que los pastores no necesitan exhibir credencial ni ser incorporados a ningún registro nacional. La ley les otorga derechos al igual que a las otras iglesias, que no son objeto de registros. Estos los llevan las propias corporaciones religiosas.
Señor Presidente, pido que se envíe esta intervención a las entidades que he señalado.
El señor CHAHUÁN (Presidente accidental).-
Señor Senador, para resolver la solicitud que ha planteado, sería bueno acotar a qué instituciones debe remitirse esa comunicación, pues las organizaciones de carácter religioso con personalidad jurídica pueden ser más de cinco mil o diez mil.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, circunscribiré mi petición a las entidades de la Región del Biobío. Existe una coordinadora en la Octava Región. Y serán las propias iglesias las que podrán difundir estos antecedentes.
Ahí están acotadas. Haré llegar a la Secretaría los nombres, antecedentes, direcciones pertinentes.
--Se anuncia el envío de la comunicación solicitada, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
SITUACIÓN DE CONSULTORIOS EN MATERIA DE ASIGNACIÓN DE HORAS DE ATENCIÓN Y DE ENTREGA DE MEDICAMENTOS. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, pido que se oficie al Ministerio de Salud y a los municipios de la Región del Biobío a fin de que se nos informe acerca de la cantidad de horas asignadas para tratamiento médico en los consultorios y, particularmente, sobre el sistema que están utilizando para otorgarlas.
Lamentablemente, aún la gente tiene que llegar a las 5 y media, 6 de la mañana para tomar hora. Y algunos se quedan sin ella. Así lo he podido comprobar en visitas realizadas a diversos consultorios de mi Región. En estos se asignan 15, 17, 20 horas. Pero las filas son de 40 personas. ¡Y, estando algunas gravemente enfermas, deben soportar el frío en la calle!
Solicito al señor Ministro de Salud y a los señores alcaldes -además, pido que esta intervención se haga llegar al Presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades- que se busque la manera de que los consultorios abran más temprano en la mañana. Si la gente llega a las 6, que a lo menos el espacio de recepción de pacientes esté abierto. ¡Porque a esa hora las personas hacen la fila a la intemperie!
Se implementó un sistema telefónico de solicitud de horas.
Al Ministro de Salud y a los alcaldes -a nivel de la Asociación Chilena de Municipalidades y también de cada una de las comunas de la Región del Biobío-, les pido que nos informen sobre el sistema de solicitud de horas de atención médica en los consultorios y los esfuerzos que se están efectuando para minimizar el desgaste, el sacrificio de quienes van a requerir una prestación de salud.
Del mismo modo, les solicito que informen acerca de los tiempos de espera para la entrega de medicamentos. He estado en consultorios magníficos, que son públicos. Sin embargo, el tiempo que deben esperar los pacientes crónicos por sus medicinas es largo.
En particular, requiero los antecedentes respecto a los hospitales de la Región del Biobío, que cuentan con farmacia, cuyos remedios no tienen costo para los usuarios. La idea es saber cómo se puede mejorar la entrega de medicamentos a enfermos crónicos. Si se sabe quiénes son y dónde viven; si hay un diagnóstico preciso de su enfermedad; si está claro qué remedios deben tomar, nada justifica que no les sean entregados en su domicilio. ¿Para qué hacerlos aguardar seis, ocho horas en el consultorio para recibir un medicamento que les servirá de manera anual?
Debe haber un mecanismo más expedito que el forzar al paciente a trasladarse muchos kilómetros y padecer largas esperas para recibir dichos remedios.
--Se anuncia el envío de los oficios pertinentes, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE COMPRA POR EL ESTADO DE RUTA DE LA MADERA. OFICIO
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, pido que se oficie a la Ministra de Obras Públicas para que nos informe acerca de las condiciones en que se está llevando adelante la compra de la Ruta de la Madera.
Se trata de un anhelo cuya concreción hemos impulsado durante mucho tiempo. Había que comprarla. La empresa concesionaria no invertía en ella.
Es la ruta más cara de Chile y la más peligrosa.
Lo que ha trascendido a través de la prensa es que el Estado comprará la ruta, pero va a fijar una inversión de solo dos mil millones. Con ese monto la ruta seguirá insegura. Y lo que queremos es seguridad.
Lo principal no era si quien estaba a cargo de esa vía era el Estado o la concesionaria privada. Esta última lo estaba haciendo pésimo, y por ello reclamábamos el apoyo estatal.
Deseamos saber a cuánto ascenderá la inversión que el Estado, a través del Ministerio de Obras Públicas, realizará en la Ruta de la Madera, que es tan importante para comunas como Coronel, Santa Juana, Nacimiento, en la conectividad de la provincia del Biobío con la de Concepción.
--Se anuncia el envío del oficio respectivo, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE PERSONALES A CONTRATA Y A HONORARIOS EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. OFICIOS
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, pido que se oficie a los municipios y a cada uno de los ministerios a fin de que informen acerca de cuánto personal tienen a contrata y a honorarios.
Hace poco realicé una larga intervención sobre el Hospital Traumatológico de Concepción y solicité antecedentes respecto del Hospital Regional.
Ahora quiero la información de cada ministerio: ¿cuántas personas trabajan a contrata y a honorarios en sus reparticiones?
Puede que en la Comisión Especial Mixta de Presupuestos ya existan datos sobre la materia, conforme a las peticiones de información establecidas en algunas glosas presupuestarias. Pero creo que es importante saber cuántos profesionales y no profesionales se encuentran a contrata y a honorarios en las Secretarías de Estado, por cuanto estos funcionarios, en verdad, tienen disminuidos sus derechos.
En particular, deseo que se oficie al Ministro de Salud y al Director del Hospital Guillermo Grant Benavente (el Hospital Regional de Concepción) para que informen sobre la obligación que se les ha hecho llegar a los funcionarios a honorarios en orden a que a partir del 1º de enero de 2013 coticen sobre el 100 por ciento de su sueldo. La ley estableció comenzar la cotización en un 40 por ciento e ir aumentándola de manera progresiva hasta el año 2015. No hay obligación legal de cotizar de manera inmediata por la totalidad de la remuneración, porque, en efecto, ello significa una reducción de ingresos.
Espero que lo ocurrido en dicho hospital sea informado en detalle. Quiero saber si el Ministerio de Salud contempla medidas para regular la situación. Porque el golpe va a ser brutal. No lo resiste un sueldo del nivel de los ingresos que perciben los funcionarios a honorarios. Se trata de entradas bajas, apenas superiores a los 400 mil, 300 mil pesos, y nunca más allá de los 600 mil. Un recorte de 20 por ciento significa un golpe que ellos no son capaces de resistir, por lo que esto debe ser regulado.
Ese fue el debate que efectuamos durante la tramitación de la iniciativa de ley pertinente, y los criterios de esa normativa debieran mantenerse.
Por lo tanto, solicito que se remita la información mencionada.
Yo sé que puede parecer abultada. Pero requerimos contar con la información para legislar mejor.
Solicitamos los datos correspondientes a los municipios del país, a los servicios públicos, a los Ministerios, al Poder Judicial, también al Congreso Nacional. Desconozco la cantidad de funcionarios que tenemos a contrata y a honorarios en el Parlamento y acá, en el Senado. Quiero saber cuántos son, cuánto se les paga y cómo les vamos a hacer efectivo el cobro o el descuento del 20 por ciento.
Se trata de buscar la mejor forma de que tales antecedentes se hagan llegar a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, para que se pueda contar con ellos, si no están disponibles.
Asimismo, solicito que esos datos se pongan a disposición de todos los Senadores, no solo del que formula esta petición, porque sobre la base de esa información tendremos mayor claridad de lo que ocurre con esos trabajadores.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
He dicho.
El señor CHAHUÁN (Presidente accidental).-
Respecto de los antecedentes sobre el personal a contrata y a honorarios de las distintas reparticiones públicas, sugiero que se oficie también a la Dirección de Presupuestos, que tiene la información concentrada, y que esta sea remitida, tal como señaló el Honorable señor Navarro, al resto de los señores Senadores.
El señor NAVARRO.-
Conforme, señor Presidente.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor CHAHUÁN (Presidente accidental).-
Por haberse cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 20:11.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción.