Ley corta de Isapres: senadores reaccionan a potencial alza de los planes de hasta un 40%
Los congresistas continúan votando las indicaciones presentadas a la iniciativa. La Superintendencia de Salud estimó que las devoluciones estarían dentro del rango de mil 66 millones de pesos y mostró escenarios de alzas con y sin contención de costos.
10 de enero de 2024Con el objetivo de despachar el proyecto de ley corta de Isapres a más tardar a fines de este mes a la Cámara Baja, los integrantes de la Comisión de Salud tomaron el acuerdo de concordar esta semana, el nudo de la iniciativa que será abordado en una mesa de asesores.
Luego que la Superintendencia de Salud diera a conocer a los legisladores una minuta de simulación de la deuda de las aseguradoras y del alza proyectada de los planes base que éstas debieran realizar para contener estas devoluciones, los congresistas optaron por aprobar la mayor parte de las indicaciones pendientes (la conformación del Consejo Consultivo y el capítulo de Fonasa) y ‘madurar’ estos días, cómo las Isapres deberán entregar excedentes y en qué términos.
Con todo, los senadores acordaron reunirse el próximo lunes 15 de enero de 9:30 a 12:30 en el Congreso Nacional en Santiago y luego el martes, en el mismo horario, en Valparaíso. La idea es despachar a la Sala, el texto la próxima semana.
De acuerdo al debate en la instancia, el artículo 13 es el aspecto más controversial de la iniciativa en primer trámite, dado que establece que las Isapres deberán presentar a la Superintendencia:
a) Una propuesta de devolución de la deuda para cada mes en que se ocupó una tabla distinta a la Tabla Única de Factores con el número de contratos afectos a devolución, los montos a devolver a cada persona afiliada por contrato expresados en UF, el plazo máximo de devolución y las modalidades de devolución.
b) Una propuesta de reducción de costos.
c) Una propuesta fundada de alza de precio base para todos los contratos que administre en un porcentaje o monto necesario para cubrir el costo de las prestaciones, licencias médicas y otros beneficios.
La Superintendencia de Salud remitirá la propuesta de devolución, dentro del plazo de cinco días al Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales, el que tendrá 30 días para emitir una recomendación fundada por plan presentado por cada Isapre.
En cuanto a la propuesta de alza extraordinaria de precios base, la Superintendencia emitirá una circular que contenga una metodología para la elaboración del texto que deberá considerar los costos operacionales y financieros, incluyendo las medidas de contención de costos propuestas en el mismo plan”.
En virtud de estas disposiciones, en sesiones pasadas, la Comisión insistió en la urgencia de conocer el total del pasivo porque el volumen de la devolución incide en el plan de pago. Asimismo, se hizo el punto sobre cómo afectará a los afiliados la propuesta fundada de precio base.
En ese contexto, el Superintendente de Salud, Víctor Torres explicó que “elaboramos una minuta de simulación sustentada en las indicaciones presentadas en un escenario cambiante. Se consideró el 7% de cotización obligatoria al 30 de septiembre proyectado a enero de 2024, así la deuda acumulada es de mil 66 millones de pesos (…) Hicimos dos escenarios del alza del precio base con y sin contención de costos. Sin contención las alzas serían de entre un 6,8 y un 41%, y con contención, 0,2 a 39%”.
Tras conocerse estas cifras, las reacciones no se hicieron esperar. Los senadores calificaron como "brutales" los potenciales incrementos e hicieron ver que las proyecciones con o sin contención de costo, no tienen mayor diferencia; aunque la Asociación de Isapres aseguró que "pese a las alzas, los precios de los planes deberían bajar".
La senadora Ximena Órdenes aseguró que “no se le puede pedir todo a la ley corta, algunas Isapres simplemente no podrán salir a flote” mientras que el senador Sergio Gahona reconoció que “esto no se puede solucionar con una deuda subordinada. Esto se resuelve con plata de los afiliados. O ¿le devolvemos menos a los afiliados o les cobramos más en los planes?”.
Luego el presidente de la Comisión, el senador Juan Luis Castro fue claro al señalar que “los cálculos presentados nos indican que al menos tres Isapres van a alzar sus planes un 30% y eso va a generar un nuevo ciclo de judicialización. Nuevas Isapres van a tomar las carteras históricas descremadas dando lugar a un escenario secundario. Ahora es cuando tenemos la oportunidad de terminar con la declaración de salud”.
A continuación, un resumen de los aspectos aprobados en la sesión:
Acerca del Consejo Consultivo:
“Créase un Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales de Salud, de carácter técnico, que tendrá como función asesorar a la Superintendencia de Salud en las materias de su competencia en relación con las Isapres, previa solicitud del Superintendente. Deberá asesorar sobre el precio que las Isapres cobren por las Garantías Explícitas en Salud (GES). Las opiniones, pronunciamientos, estudios y propuestas del Consejo no tendrán el carácter de vinculantes y serán remitidos a la Superintendencia.
El Consejo estará constituido por cinco personas, de vasta experiencia profesional y/o académica comprobada, en materias de salud pública, economía de salud o derecho sanitario (…) Los consejeros durarán en su cargo tres años a contar de su nombramiento, pudiendo prorrogarse hasta por un período sucesivo, por una sola vez.
No podrán integrar el Consejo aquellas personas que tengan conflictos de interés (haber han ocupado –en los últimos 2 años- cargos de directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales de una Isapre o de un Prestador Institucional de Salud, o asesoría en materia de aseguramiento de prestaciones de salud, tener interés económico personal en uno o más de los aspectos o asuntos que le corresponde conocer en el ejercicio de su función, o participar, directa o indirectamente, en un prestador institucional de salud privado relacionado con una o más Isapres).
Excepcionalmente, el Consejo tendrá la función de asesorar a la Superintendencia acerca del plan de pago y ajuste que emitan las Isapres, y las modificaciones de sus precios base. Para la primera sesión, dentro de los 10 días siguientes a la publicación de la ley, el Presidente de la República deberá proponer en una nómina, 4 integrantes al Congreso Nacional que deberá ser aprobada en la Cámara de Diputados y ratificada por el Senado. El quinto integrante será designado por el Presidente de la República. Los consejeros cesarán un año desde su nombramiento y estarán habilitados para proveer cargos vacantes para el siguiente periodo”.
Acerca del Fondo Nacional de Salud (FONASA):
“Se adiciona una nueva función a Fonasa con el objeto de velar por el correcto funcionamiento de la licitación, contratación e implementación de la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC). Para estos efectos, le corresponderá elaborar la o las pólizas de seguro que deberán observar las compañías de seguro que otorgue la mencionada cobertura y depositarlas en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
La MCC es aquella en virtud de la cual las personas afiliadas a FONASA, que cumplan los requisitos debidos, se inscriben voluntariamente en esta modalidad para efectos de obtener acceso y protección financiera para las prestaciones de salud aranceladas en una red de prestadores determinada, obligándose al pago de una prima complementaria”.