Regulación de las consultas de telemedicina: Sala conocerá informe de Comisión Mixta
Se normaron materias relacionadas con la tecnología que se necesita para que los prestadores entreguen atenciones online, el consentimiento informado del paciente, y la ficha clínica del mismo y el acceso a ésta.
6 de enero de 2023Tras realizar una completa revisión del texto, los integrantes de la Comisión Mixta que analizó el proyecto que autoriza a los prestadores de salud para efectuar atenciones mediante telemedicina, concluyó su trabajo despachando el informe respectivo a la Sala del Senado.
Los parlamentarios analizaron las discrepancias surgidas entre ambas cámaras al tramitar la moción de autoría de los senadores Francisco Chahuán y Ximena Rincón, y los ex parlamentarios Carolina Goic, Guido Girardi y Rabindranath Quinteros.
En lo sustancial, el Ejecutivo presentó una indicación casi completa del texto con el fin de fortalecer aspectos que habían sido observados por senadores y diputados relativos a la seguridad de la información, los registros médicos, la interoperatividad y la responsabilidad de los prestadores.
Por unanimidad, se aprobó la siguiente redacción que en un segundo momento, será vista por la Sala de la Cámara de Diputados:
“Esta ley tiene por objeto regular los deberes y derechos que las personas tienen en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud, cualquiera sea la forma en que esta se presta, presencialmente o realizada a distancia o telemedicina.
Los prestadores podrán otorgar acciones, atenciones y procedimientos de salud digital destinados a la prevención, promoción, protección, recuperación y rehabilitación de las personas manteniendo registros de estas prestaciones en los mismos términos que una atención presencial”.
A su vez, se respaldaron una serie de precisiones en cuanto a seguridad, indicándose que “las prestaciones de telemedicina deberán ejecutarse en condiciones de seguridad con respecto a los derechos en salud de las personas”. Esta observación respondió a testimonios recibidos tras la pandemia, donde la atención online se masificó.
Asimismo se precisó que “los medios deben ser adecuados al tipo de prestación resguardando la calidad de la atención”. Esto se condice con la naturaleza de las especialidades médicas y las condiciones físicas y síquicas del paciente. También se clarificó que los prestadores serán responsables del uso de los medios técnicos que deben cumplir con estándares de seguridad que establezca el Ministerio de Salud (Minsal).
En cuanto al consentimiento informado, se estableció que éste se obtenga de manera verbal pero quede registrado de forma escrita en papel o en soporte electrónico.
Finalmente, los parlamentarios aprobaron que la atención quede respaldada en una ficha clínica, tal como ocurre en las consultas físicas, y que dicha información deba interoperar con otros sistemas de salud. El Minsal deberá establecer los estándares de autenticidad y confidencialidad de la información. Este material será portable, es decir, podrá ser remitido a otro prestador de manera remota y al propio paciente.