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Aprobación en general

Sala da luz verde a nueva regulación para extracción de áridos

Los senadores respaldaron el informe sobre esta iniciativa que busca generar una legislación que aborde esta actividad bajo una visión integral y que considera una serie de aspectos tanto desde el área de las obras públicas como de los impactos socioambientales.

2 de febrero de 2024

Con 37 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones, la Sala del Senado aprobó la idea de legislar sobre el proyecto, en primer trámite, que regula la extracción de áridos estableciendo un completo marco normativo general sobre esta actividad en los cauces naturales y las zonas de regulación anexa.

 

Ahora corresponde que la Comisión de Obras Públicas estudie las indicaciones que hagan llegar los senadores, las que se podrán presentar hasta el lunes 4 de marzo.

 

Cabe recordar que esta iniciativa tiene su origen en dos mociones de los senadores Alfonso De Urresti, Alejandra Sepúlveda, Jorge Soria y Juan Castro Prieto (boletines 15.096-09 y 15.676-09), a la que se adhirió el ex senador Álvaro Elizalde. Durante su trámite, la Comisión de Obras Públicas discutió el proyecto en general y en particular y se trabajó en conjunto con el Ejecutivo para lograr construir un marco normativo general.

 

Así lo explicó el presidente de esa instancia, senador Sergio Gahona, quien entregó un detallado informe del trabajo realizado por la comisión que dedicó 25 sesiones a analizar este tema y escuchó a diversas organizaciones y especialistas para recabar la mayor cantidad de antecedentes posibles.

 

DEBATE

Durante la votación de la iniciativa intervinieron los senadores Alfonso De Urresti, Fidel Espinoza, Alejandra Sepúlveda, Carmen Gloria Aravena, Carlos Kuschel, Luz Ebensperger, Jaime Quintana, Ximena Rincón, Sergio Gahona, David Sandoval, Francisco Chahuán, Loreto Carvajal, Isabel Allende, María José Gatica y Ricardo Lagos.

 

Hubo coincidencia en valorar el trabajo realizado por la Comisión de Obras Públicas y en la importancia de contar con una regulación que contemple definiciones, trazabilidad de los áridos, fiscalización y control de la actividad, entre otras materias.

 

Destacaron que por primera vez se aborda una realidad de enorme importancia no solo por las consecuencias que tiene la extracción de áridos en los cauces de los ríos y en el medio ambiente, sino también porque se refuerza la institucionalidad para ir acompañando los procesos de extracción.

 

Señalaron que el Ministerio de Obras Públicas es uno de los principales usuarios de áridos y lo que se busca es que exista una trazabilidad de los mismos y también un proceso de reciclaje y planes de cierre.

 

Recordaron que la extracción ilimitada de este material ha provocado daños estructurales gigantescos, como la caída del puente del Río Cancura en Osorno e incluso el desborde de ríos durante los temporales, razón por la que es necesario contar con una regulación universal.  Agregaron que la extracción indiscriminada sin fiscalización también ha generado problemas en las bocatomas de los riegos para los agricultores.

 

No obstante, plantearon que existen realidades distintas en cada región, lo que debe ser considerado en la iniciativa a través de indicaciones y lo mismo, en lo relativo a asegurar una correcta inspección y fiscalización de los procesos.

 

LA INICIATIVA

 

En lo fundamental, el proyecto establece un único régimen aplicable a la extracción de áridos en cauces naturales no navegables por buques de más de 100 toneladas, así como también para aquella que se realiza en las zonas anexas a dichos cuerpo de agua.

 

De este modo, para arrancar materiales áridos en los espacios mencionados será necesario obtener la autorización de la municipalidad competente, antecedida de la habilitación técnica de la Dirección de Obras Hidráulicas.

 

La Dirección de Obras Hidráulicas puede establecer zonas de prohibición de extracción, mediante resolución fundada, cuando la actividad pueda interferir en la dinámica hidráulica de los cauces naturales o cuando la cantidad de áridos no sea suficiente.

 

Asimismo, se establecen normas para la trazabilidad de los áridos, de manera de asegurar que ellos provengan de una fuente de abastecimiento autorizada y cuenten con un certificado que identifique su origen. Así, en las faenas de construcción se deberá tener una copia del certificado de origen, los organismos públicos deberán incluir en las bases de licitación y en los contratos que suscriban la exigencia de acreditar el origen de los áridos y su certificación, y toda persona que transporte este tipo de sustancias deberá contar con la documentación necesaria.

 

La Dirección General de Aguas ejercerá las atribuciones de policía y vigilancia de este proceso, pudiendo ordenar la paralización de las obras de extracción cuando ellas puedan menoscabar la disponibilidad de las aguas o deteriore su calidad; puedan ocasionar perjuicios a titulares de derechos de aprovechamiento de aguas o a las obras asociadas al ejercicio de éste, o puedan causar daño a la infraestructura pública o privada.

 

En el caso de las extracciones no artesanales, vale decir aquellas que se realizan mediante el empleo de maquinaria pesada, el titular del proyecto deberá elaborar y ejecutar un plan de cierre de las faenas.

 

Asimismo, se ordena al Ministerio de Obras Públicas promover el estudio y planificación en materia de residuos de infraestructura pública, reciclaje de áridos y nuevas fuentes de este material.

 

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