Sociedad conyugal: retoman análisis del proyecto que regula el régimen patrimonial en el matrimonio
La Comisión de Mujer y Equidad de Género acordó realizar audiencias y abrir un plazo de indicaciones para el texto que avanza en el principio de solidaridad, para mayor equidad en materia patrimonial “considerando que las mujeres son las que enfrentan brechas salariales y realizan trabajos no remunerados”, se precisó.
4 de mayo de 2023“Modificar el régimen patrimonial de la sociedad conyugal para establecer la plena igualdad entre los cónyuges en lo que se refiere a la administración de los bienes sociales, como también reconocer, en forma efectiva, la total capacidad de la mujer para la administración de sus bienes”, es la idea matriz del proyecto de ley que está en plena tramitación en la Comisión de Mujer y Equidad de Género.
La instancia especializada, presidida por el senador Gustavo Sanhueza, retomó el análisis de la propuesta legal -que modifica el Código Civil y otras leyes- y acordó realizar audiencias hasta principios del mes de junio, para luego abrir plazo de indicaciones.
La Comisión valoró que se avanza en el principio de solidaridad y se insistió en aspectos, tales como, asegurar un régimen “que no produzca confusión” y el procurar “no dejar fuera a la clase media”.
Durante la sesión, la jefa de reformas legales del Ministerio de la Mujer, Camila de la Maza, recordó la tramitación de la norma y adelantó que desde el Ejecutivo se quiere avanzar en: distinción entre bienes propios y bienes sociales, fortalecer el régimen del bien familiar, abordar los bienes que se compren con subsidio estatal, entre otros.
Asimismo, indicó como “nudo crítico”, el que “en el cambio de la sociedad conyugal por una coadministración por parte de ambos cónyuges, elimina el sustento jurídico para mantener el patrimonio reservado de la mujer casada”.
Sin embargo, advirtió que “se insiste que ese es un derecho de las mujeres y que eliminarlo las afectaría en un derecho adquirido. La principal preocupación radica en la situación de las viviendas adquiridas por mujeres casadas en sociedad conyugal con subsidio del Estado y qué solución jurídica se puede otorgar para dar una protección a los inmuebles, que sirven de residencia para el grupo familiar”.
Entre las indicaciones que detalló el Ejecutivo, está la “administración conjunta de los cónyuges respecto a los bienes sociales. Se modifican las reglas actuales, en las cuales el marido es el administrador de la sociedad conyugal y se propone que la administración del haber social corresponda a ambos cónyuges, de manera individual -para actos cotidianos y de poca monta- y, de manera conjunta, para los actos de mayor relevancia”.
Se precisó que “esta forma de administración rescata la solidaridad en el matrimonio y beneficia a las mujeres, tomando en consideración que un porcentaje importante de ellas en nuestro país desarrolla actividades remuneradas, con las limitantes de compatibilidad del tiempo dedicado a las labores domésticas y de cuidado, entonces resulta incluso más favorable para ella el administrar el patrimonio mayor entidad económica (el de la sociedad conyugal) y no solo el obtenido con su trabajo separado del marido (patrimonio reservado)”.
En otro orden, se vislumbra un importante debate en torno a la situación de los bienes inmuebles adquiridos con subsidio estatal, considerando, entre otros, “que 72% de los subsidios que se otorgan son a mujeres que han ahorrado”, se precisó.