A ley creación de Comisión que fijará remuneraciones de máximas autoridades
La instancia será un organismo autónomo de carácter técnico, estará integrada por 5 miembros designados por el Presidente con el acuerdo de los 2/3 de los senadores en ejercicio y deberá fijar las remuneraciones cada 4 años.
14 de junio de 2023Listo para ser remitido al Presidente de la República para su firma y promulgación como ley, quedó el proyecto que regula el funcionamiento, organización y funciones de la Comisión que estará encargada de fijar las remuneraciones para las máximas autoridades del país, como el Primer Mandatario, ministros y parlamentarios, entre otros.
Ello, luego que la Sala del Senado aprobara por unanimidad la iniciativa que materializa la reforma constitucional que dispuso la creación de una comisión para ese fin.
Cabe recordar que el proyecto de ley fue analizado previamente por las comisiones de Constitución y de Hacienda, por lo que los presidentes de esas instancias, Luz Ebensperger y Ricardo Lagos, respectivamente, explicaron a la Sala los alcances del mismo. Durante la votación en Sala también intervino el senador Matías Walker.
En lo fundamental, la iniciativa establece que la comisión para la fijación de remuneraciones será un organismo autónomo, de carácter técnico, estará dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio y se relacionará con la o el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda.
La Comisión estará integrada por 5 miembros designados por el Presidente con el acuerdo de los dos tercios de los senadores y senadoras en ejercicio. Se trata de un exministro de Hacienda; un exconsejero del Banco Central; un excontralor o exsubcontralor de la Contraloría General de la República; un ex presidente de una de las ramas que integran el Congreso Nacional y un exdirector Nacional del Servicio Civil.
Entre sus funciones está la de fijar las remuneraciones del Pesidente de la República; parlamentarios; gobernadores regionales; ministros de Estado; funcionarios de exclusiva confianza del Presidente (señalados en los números 7° y 10° del artículo 32 de la Constitución) y las personas contratadas a honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas.
Las remuneraciones serán fijadas cada cuatro años y con a lo menos 18 meses de anticipación al término de un periodo presidencial.
Hubo coincidencia entre los senadores, que la idea es tener una visión de Estado, de largo plazo y permanente que establezca -con criterios y parámetros- las remuneraciones tomando en consideración la responsabilidad del cargo y la Escala de Remuneraciones que existe en el sector público.
Agregaron que se busca que no exista distorsiones entre los distintos poderes del Estado y que se haga una propuesta coherente y tomando en consideración la realidad del país.