ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL SENADO
27 de marzo de 2014
PRIMER CONGRESO: mural de Nicolás González y Fernando Laroche ubicado en la Sala de Sesiones del Senado, ex Congreso.
El primer Congreso Nacional de Chile se constituyó el 4 de julio de 1811, en dependencias del Palacio de la Real Audiencia de Santiago, -actual Museo Histórico Nacional- y fue el precursor de los Senados de 1812 y 1814 y del Senado Conservador de 1818.
El origen de nuestro primer Congreso proviene directamente de la Junta Provisional de Gobierno, instalada el 18 de septiembre de 1810, en el antiguo Tribunal del Consulado –actual sede de la Corte Suprema-. Es uno de los cuerpos legislativos más antiguos de América y contó con 36 diputados propietarios y 36 suplentes elegidos según el Proyecto de Reglamento que reguló los primeros comicios que se realizaron en las ciudades del reino.
Ese 4 de julio, el edificio colonial ubicado en vereda norte de la actual Plaza de Armas amaneció engalanado con pendones especialmente confeccionados para la ocasión. Todo el interior había sido sobriamente modificado y la sala, situada en los altos del palacio de la audiencia, ocupaba todo el costado norte del patio principal.
Juan Martínez de Rozas, en representación de la Junta de Gobierno, pronunció un discurso inaugural donde recalcó a sus pares, los altos deberes que les impone la patria y apeló a la “sinceridad, la rectitud, la firmeza y el amor a la patria” de los diputados ahí presentes. (El Conde de la Conquista, don Mateo de Toro y Zambrano, presidente de la Junta en 1810, no alcanzó a ver el fruto de la inspiración patriótica del Cabildo Abierto pues había muerto el 27 de Febrero de 1811).
Luego presidió la sesión Juan Antonio Ovalle, diputado por Santiago, en su calidad de miembro más anciano de la asamblea, quien pronunció un discurso en el que llamó a “procurar el poder, la riqueza y la cultura intelectual de Chile” (Cuerpos Legislativos).
En la asamblea estaban presentes también los diputados José Miguel Infante; Bernardo O’Higgins y Manuel de Salas quienes tendrían un rol preponderante en los destinos de la naciente república y en las sucesivas Cartas que la delinearon.
Luego de las ceremonias oficiales se iniciaron con entusiasmo los festejos populares que incluyeron fuegos artificiales. Al día siguiente, el 5 de julio de 1811, el recién estrenado Congreso Nacional celebró su primera sesión ordinaria. Concurrieron a la reunión miembros del clero, del ejército y de la administración central quienes prestaron juramento de obediencia.
A pesar de las guerras de la Independencia de España y de las pugnas entre los mismos caudillos patriotas, durante el periodo del Primer Congreso de 1811 se implementaron y desarrollaron las primeras leyes e instituciones nacionales.
Entre ellas destacan la declaración de libertad de vientres, que significó el fin de la esclavitud en Chile. La abolición de los derechos parroquiales, la fundación del Instituto Nacional, el Reglamento de Instrucción Primaria, la Ley de Prensa y la Ley de Indios, entre otras.
El proceso emancipador chileno continuó su curso y fue inevitable la polarización de los miembros de Congreso entre patriotas, realistas y moderados y las disputas surgidas entre los representantes de las provincias y la capital. La situación culminó con la disolución del Congreso Nacional el 2 de diciembre de 1811 por parte de José Miguel Carrera Verdugo. Considerándose sólo suspendido, el Congreso dejó su trabajo de casi cinco meses, durante los cuales celebró 55 sesiones.
El 31 de octubre de 1812, un grupo de 300 vecinos de Santiago aprobó el documento propuesto por José Miguel Carrera como primer Reglamento Constitucional Provisorio. Dicho texto establecía, en su artículo 7, la creación del Primer Senado de Chile, como única cámara legislativa:
“Artículo 7º. Habrá un Senado compuesto de siete individuos, de los cuales el uno será Presidente, turnándose por cuatrimestres, y otro Secretario. Se renovará cada tres años, en la misma forma que los vocales de la Junta. Sin su dictamen no podrá el gobierno resolver en los grandes negocios que interesen la seguridad de la patria, y siempre que lo intente, ningún ciudadano armado o de cualquiera clase deberá auxiliarlo ni obedecerle, y el que contraviniese será tratado como reo de Estado. Serán reelegibles.”
El reglamento también estableció también una Junta Superior Gubernativa, que tendría a su cargo el gobierno interior y las relaciones con otros estados y estaría compuesta de tres miembros, cuyo mandato era por tres años, renovándose uno al final de cada año. Dichos miembros se turnarían en la presidencia de la junta por cuatrimestres y, no podían ser reelegidos hasta pasados los tres años.
El primer Senado estuvo compuesto por 7 senadores, su primer Presidente fue el Doctor Pedro Vivar y Azúa y sesionó a partir del 10 de noviembre de 1812. No obstante, fue el segundo Presidente del Senado, fray Camilo Henríquez, el considerado padre intelectual del Reglamento Constitucional -junto con los ex diputados Manuel de Salas y Francisco de la Lastra, el doctor en derecho, Jaime Zudáñez; el intelectual guatemalteco, José de Irrisari y los abogados Francisco Antonio Pérez e Hipólito Villegas-.
Este primer Senado estuvo en funciones hasta enero de 1814, y aun en plena Guerra de la Independencia, y gracias a su acuerdo con el Ejecutivo, se sancionaron varias resoluciones trascendentes de la Junta, entre ellas, la ley de libertad de Prensa, la de instrucción primaria, la de policías, la de tribunales militares y la dictada a favor de los indios. Se crearon además el Instituto Nacional y la primera Biblioteca Nacional. Asimismo otorgó a José Miguel Carrera plenos poderes para dirigir las operaciones militares.
Con el nuevo Reglamento para el Gobierno provisorio del 17 de marzo de 1814, nació el Senado Consultivo, compuesto también por 7 patriotas: el respetado canónigo José Antonio Errázuriz, presidente; Salas y Henríquez que venían de las cámaras anteriores, el presbítero José Ignacio Cienfuegos y el futuro campeón del federalismo José Miguel Infante, además de los juristas Gabriel Tocornal y Francisco Ramón Vicuña.
Las cruentas guerras de la independencia sumieron a esta Cámara en un torbellino de sucesivos errores que les impidió ejercer un buen desempeño legislativo. De este modo, tras la derrota militar de Rancagua, el 1 y 2 de octubre de 1814, se inició el período de la Reconquista española que duró hasta la victoria patriota de Chacabuco (12 de febrero de 1817).
En cuanto al Senado el golpe de Carrera contra el Director de la Lastra, el 23 de julio de 1814 terminó con la corporación y no hubo otros cuerpos legislativos en Chile hasta 1818.
Tras la victoria de Maipú, a fines de abril de 1818, un Cabildo Abierto pidió a Bernardo O’Higgins que se dictase una Constitución. Una comisión de expertos integrada por Salas, Cienfuegos, Francisco Antonio Pérez y Joaquín Gandarillas, además de José María Villarreal, José María Rozas y Lorenzo José de Villalón elaboró el nuevo texto constitucional.
Surgió entonces, el denominado Senado Conservador compuesto por 5 senadores propietarios, 5 suplentes y 1 secretario. Los senadores titulares fueron Cienfuegos, Pérez y Rozas, además de Francisco de Borja Fontecilla y Juan Agustín Alcalde.
Durante su gestión debieron enfrentar numerosas presiones incluso más allá de sus propias atribuciones para proveer de recursos a la expedición libertadora del Perú, bajo la convicción de O’Higgins de que solo un Perú emancipado garantizaba nuestra propia independencia. Entre 1818 y 1819 aprobó remesas por 500.000 pesos de impuestos extraordinarios e incluso autorizó contratar un empréstito, el que finalmente no prosperó.
Las diferencias económicas se sumaron a los desencuentros entre este Senado y O’Higgins, pues varias veces le habían pedido al Director que se celebrasen las elecciones de autoridades prescritas por la Constitución, entre ellas, Gobernadores, Tenientes de Gobernadores y Cabildos. Esta discrepancia derivó en un progresivo distanciamiento entre O’Higgins y la aristocracia de la época que intentaba limitar el poder del Director.
En 1818, el Senado debió aplicar una facultad constitucional extrema: suspender las garantías individuales, ante reiterados salteos y conatos contra el orden público. En el ámbito legislativo, aprobaba leyes o decretos (no se hacía distinción entre ambos términos) entre ellas, las que organizaron la contaduría mayor que dieron origen al Tribunal de Cuentas, antecesor de la moderna Contraloría y la Tesorería General; las normas que erigieron a Valparaíso como primer puerto del país, con Aduana, zona o almacén franco y diversas garantías para los barcos que lo utilizasen.
Este cuerpo legislativo duró hasta 1822 ya que el 30 de octubre de ese año, fue sancionada y promulgada la Constitución Política del Estado de Chile, que creó por primera vez el sistema bicameral (Senado y Cámara de Diputados), aunque debido a los acontecimientos políticos sólo sesionó una Corte de Representantes.
El año 1823 el “Reglamento Orgánico y Acta de Unión del Pueblo de Chile” volvió al unicameralismo mediante un Senado “Legislador y Conservador” que solo duró 4 meses en funciones, en medio de luchas estériles entre el legislativo y el nuevo Director, Ramón Freire.
A mediados de 1824 sobrevino la crisis y Freire asumió el poder total. El país cayó en un período de anarquía y fuertes pugnas que desembocaron en la guerra civil (1829-1830) entre pipiolos (liberales) y pelucones (conservadores), y que terminó con el triunfo militar de estos últimos en la batalla de Lircay (abril de 1830).
Otra consecuencia de esta prolongada crisis fue el fin del ensayo federal. Pero antes de terminar la anarquía, el Vicepresidente de la República el general Francisco Antonio Pinto Díaz, promulgó, el 8 de agosto de 1828, la Constitución Política de la República de Chile.
La Carta generó la creación de una Cámara de Diputados compuesta por miembros elegidos popularmente cada 2 años en la proporción de 1 por cada 15.000 habitantes y una Cámara de Senadores compuesta por representantes de las Asambleas provinciales, a razón de 2 senadores por provincia (16 en total y con poderes por 4 años).
Este Congreso con el cual se inició el Primer Período Legislativo chileno, comenzó a sesionar inicialmente en Valparaíso –en el antiguo templo de Santo Domingo, actual barrio de La Matriz- sin embargo, el 27 de septiembre de 1829, un sismo sacudió violentamente a la ciudad puerto. Los edificios del Cabildo y del templo de Santo Domingo quedaron dañados por lo que se suspendieron las sesiones en dicha ciudad y se tomó la decisión de trasladarse nuevamente a Santiago, al antiguo Tribunal del Consulado, y reanudar las sesiones el 20 de octubre del mismo año.
Para ese entonces el Poder Legislativo y, en particular el Senado, ya tenía varias tradiciones que irían tomando figura y enriqueciéndose con reglas de las distintas Cartas y otras consuetudinarias.
Por ejemplo: llevar “diarios” (actas) desde 1812, sesionar dos veces a la semana ordinariamente y extraordinariamente cuando se requiriese (1812) o cuando lo decidiera el presidente o lo solicitara “con causa” algún senador (Cartas de 1814 y 1818) y comunicarse con la Cámara joven o con el Ejecutivo, solo por la vía del presidente (1828).
A partir de 1828 aparece el quórum para sesionar: la mitad más uno del total de senadores (artículo 40) y también los periodos del año en que el Senado puede sesionar por sí mismo, sin requerir convocatoria previa del Ejecutivo. La Carta de 1828 establece dicho periodo entre el 1° de junio y el 18 de septiembre de cada año, con prórroga máxima de un mes.
Ese mismo texto constitucional por primera vez, permitió que el Senado pudiera disponer libremente sus desembolsos, pero “comunicándolos al Ejecutivo”, a fin de que éste los incluyera en el presupuesto fiscal.
En junio de 1831, el Congreso, que ya entraba en su tercer Período Legislativo, planteó la necesidad de revisar el ordenamiento constitucional de 1828. En septiembre de 1831 fue elegido Presidente de la República el general Joaquín Prieto Vial y a su lado se distinguía la personalidad del ministro Diego Portales Palazuelos, quien ya había ejercido como ministro del Interior y de Relaciones Exteriores del también Vicepresidente de la República, José Tomás Ovalle Bezanilla, en 1830.
La idea de Portales era instaurar un gobierno fuerte, impersonal, respetable y respetado, contrario a los caudillismos civiles y militares, centralizado en el Jefe del Estado. Así luego de la Gran Convención de 1831, llamada para reformar la Constitución de 1828, el 25 de mayo de 1833, el Presidente Joaquín Prieto Vial, promulgó la Constitución Política de la República Chilena que regiría al país hasta 1925.
Esta Carta Fundamental consagró un sistema el que el Presidente de la República asumió la mayor cuota de poder y decisión, en desmedro del Congreso, también bicameral. El Senado estuvo compuesto por 20 miembros (sobre quienes ejercía gran influencia el Presidente de la República) elegidos indirectamente a través de electores; duraban 9 años en sus cargos y podían ser reelegidos indefinidamente.
En cambio, la Cámara de Diputados se elegía por votación directa en razón de 1 por cada 20.000 habitantes y sus miembros se renovaban cada 3 años. El Congreso Nacional comenzó a regirse por las nuevas disposiciones constitucionales durante el cuarto Período Legislativo que se inició en 1834.
No obstante, al alero de la Constitución de 1833, la Cámara Alta tenía reservada algunas facultades exclusivas como: aprobar o rechazar las destituciones de empleados superiores que decretara el Presidente (artículo 82) y las acusaciones constitucionales que incoase la Cámara contra ciertos altos funcionarios, incluso en el año siguiente a la expiración de su mandato y contra el jefe de Estado (artículos 39 y 83).
El Senado ratificaba las presentaciones de obispos y arzobispos y nos nombramientos de oficiales superiores de las Fuerzas armadas que hiciese el presidente (artículo 39). También era la única Cámara donde podían iniciarse las reformas a la Constitución.
La fuerte institucionalidad de 1833, que se prolongó por casi un siglo, otorgó a la vez, la elasticidad necesaria para amoldarse al devenir político que reservaba al Parlamento un papel cada vez más preponderante.
Respecto a la sede del Poder Legislativo, solo en el último tercio del siglo XIX, el Congreso Nacional pudo contar con un edificio destinado exclusivamente al funcionamiento de sus dos Cámaras.
Bajo las órdenes del arquitecto francés Lucien Henault se delinearon los planos del actual edificio emplazado en los terrenos que habían pertenecido a los Jesuitas, hasta antes de su expulsión del reino, en la manzana comprendida entre calles Compañía, Morandé y Catedral.
El elegante edificio de estilo neoclásico se inauguró el 1 de junio de 1876, durante el gobierno de Federico Errázuriz Zañartu. El ala poniente fue ocupada por el Senado y el ala oriente por la Cámara de Diputados. Entre ambas se encuentra el Salón de Honor, lugar de reunión del Congreso Pleno hasta 1973, fecha en el que se cerró el edificio a raíz del golpe militar.
Con el retorno a la democracia en 1990, la sede del Congreso se trasladó a la ciudad de Valparaíso, al edificio que ocupa actualmente en el barrio El Almendral, en los terrenos que pertenecieron al Hospital Deformes.
En tanto, en las antiguas dependencias se instaló hasta el 2006 la Cancillería. El Ministerio de Relaciones Exteriores lo restituyó luego quedando en manos del Ministerio de Bienes Nacionales.
El 19 de mayo de 2006, y a través de una resolución exenta de este Ministerio, se selló la restitución definitiva del edificio histórico a las autoridades del Congreso.
Este artículo fue elaborado sobre la base de las siguientes fuentes:
- Cuerpos Legislativos (Recopilación de documentos sobre el Congreso Nacional organizada por Valentín Letelier) 1811, 1812, 1814.
http://historiapolitica.bcn.cl/historia_legislativa#f=1,p=1
- Historia del Senado de Chile. Editorial Andrés Bello 1995.
Autores: Gonzalo Vial, Pablo Valderrama, David Vásquez
- Manual del Senado 1810-1942. (Documento elaborado por la corporación) Imprenta Universitaria 1942.
- Texto “Recorrido histórico”. Biblioteca del Congreso Nacional 2008.