Norma que prohíbe la eliminación de mascarillas en lugares públicos a tercer trámite
De acuerdo a lo aprobado en el Senado, también se sancionaría desechar escudos faciales, antiparras, guantes quirúrgicos y batas quirúrgicas. Las multas asociadas van de una a 20 UTM.
12 de agosto de 2022La Sala despachó a la Cámara Baja, a su tercer trámite, el proyecto que regula la disposición final de elementos de protección personal de carácter sanitario, prohíbe y sanciona su eliminación en lugares públicos. Ello, luego que se cumpliera el plazo para la presentación de indicaciones sin propuestas de nuevas modificaciones.
La norma que “prohíbe arrojar en cualquier lugar no habilitado para ello, mascarillas, escudos faciales, antiparras, guantes quirúrgicos y batas quirúrgicas”, será analizada por los diputados y diputadas, en específico, los cambios introducidos en la Comisión de Salud del Senado.
El texto remitido a la Cámara de Origen también establece que “la infracción de lo dispuesto precedentemente, será sancionada con multa a beneficio municipal de entre una a 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM)” (entre 57 mil quinientos pesos y un millón 151 mil pesos). La sanción dispuesta será aplicada por el Juzgado de Policía Local de la comuna donde se verifique la infracción”.