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A la Cámara Baja

Profesionales de la educación: a tercer trámite proyecto que mejora sus condiciones laborales

En la oportunidad se debatió sobre la necesidad de capacitación de los docentes, el traspaso de los servicios locales y las calificaciones como causal de despido, entre otras materias.

2 de septiembre de 2021

Tras una serie de votaciones separadas, el Senado respaldó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.070, que Aprueba Estatuto de los Profesionales de la Educación, en diversas materias de orden laboral.

 

Ahora, las enmiendas introducidas por el Senado deberán ser refrendadas por la Cámara de Diputados y Diputadas, en tercer trámite constitucional.

 

Cabe recordar que la moción recoge una serie de reclamaciones que ha hecho el Colegio de Profesores de Chile, y que tienen como objeto fortalecer la dignidad de los profesionales de la educación, mediante una serie de modificaciones orientadas a mejorar las condiciones laborales de los profesionales de la educación dependientes de DAEM o Corporaciones Municipales.

 

Así se incorpora en los contratos vigentes su calidad de titulares; determinar que los docentes puedan ser convocados para cumplir actividades de perfeccionamiento, previa observancia del requisito de inscripción en el Registro Público de Acciones Formativas del Centro; facilitar la prórroga de los contratos por los meses de enero y febrero, suprimiendo la renuncia irrevocable al cumplir la edad legal para jubilar, y establecer la exención del proceso de evaluación respecto de quienes les falten tres años o menos para cumplir la edad de jubilar.

 

El presidente de la Comisión de Educación y Cultura, senador Jaime Quintana entregó los detalles de la tramitación del texto legal y recordó que se eximió del debate de Hacienda, fundado en la eliminación del proyecto lo referido a la titularidad de las horas de extensión horaria, que quedó regulado en la ley 21.176.

 

En esta línea, indicó que los principales cambios introducidos -y que fueron aprobados por mayoría- “tienen por finalidad adecuar el estatuto docente a las regulaciones existentes y aprobadas por el Congreso referidas a evaluación docente”.

 

En tanto, el senador José García Ruminot solicitó la votación separada de una serie de artículos referidos a capacitación, extensión de la titularidad, calificaciones, entre otras materias.

 

Esto fue ratificado por el ministro de Educación, Raúl Figueroa, quien hizo presente que varias de las medidas “implican una serie de rigideces para la administración del sistema educacional, especialmente para el área municipal”. Con respecto a la evaluación docente manifestó los efectos que podría tener la eliminación de ciertas exigencias, “es un desincentivo a utilizar los instrumentos para mejorar la educación pública”.

CAPACITACIÓN Y EVALUACIÓN DOCENTE

 

Sobre la capacitación, se aprobó por unanimidad que estas puedan ser convocadas durante las tres primeras semanas de enero. Dicha convocatoria deberá realizarse, a más tardar, el día 30 de noviembre del año escolar docente respectivo. Sin embargo, se respaldó por mayoría (19 votos a favor y 15 en contra) lo referido a que estas actividades de perfeccionamiento deberán estar inscritas en el Registro Nacional del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas.

 

Al respecto, el senador José García Ruminot hizo presente que llama la atención que solo puedan ser convocadas por el CPIP, dejando fuera a las universidades, “creo que le hace mal a la formación y al perfeccionamiento de los profesores”.

 

En otra vereda, la senadora Yasna Provoste aclaró que es central que se a través del CPIP, “que es el organismo rector en materia de capacitación y que sea la ventanilla única para todas las instituciones. (…) Algunos quieren seguir pensando que todo es un negocio”.

 

Para este punto argumentaron, además, los senadores Carlos Montes, Jaime Quintana, Alejandro Navarro y Carlos Bianchi.

 

Luego, por mayoría (18 votos a favor y 14 en contra) se suprimió el inciso sobre las calificaciones. “En caso de que resulten calificados con desempeño básico en tres evaluaciones consecutivas o en forma alternada con desempeño básico o insatisfactorio durante tres evaluaciones consecutivas, dejará de pertenecer a la dotación docente”. En este punto, argumentaron los senadores Carlos Montes, Juan Castro y Alejandro Navarro.

 

Avanzada la sesión se realizó también la votación en conjunto de varios numerales, todos respaldados por mayoría de votos.

 

Fundamentaron sus posturas, los senadores Rabindranath Quinteros, Yasna Provoste, Alejandro Navarro Carlos Montes. 

 

CONTENIDO DEL PROYECTO

 

- Incorpora dentro del feriado de los profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales, la interrupción de las actividades académicas en la época invernal de cada año (vacaciones de invierno).

 

- Dispone que los profesionales sólo podrán ser convocados, dentro del feriado docente, para cumplir actividades de perfeccionamiento inscritas en el Registro Nacional del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, durante las tres primeras semanas de enero. Dicha convocatoria deberá realizarse, a más tardar, el día 30 de noviembre del año escolar docente respectivo.

 

- Precisa que el derecho que tienen los profesores a que sus contratos se prorrogue por los meses de enero y febrero o por el período que medie entre diciembre y el día anterior al inicio del año escolar siguiente, beneficia a todos aquellos profesionales de la educación con contratos vigente al 1° de diciembre y siempre que el profesional de la educación tenga más de seis meses continuos de servicios para el mismo municipio o corporación educacional municipal y los Servicios Locales de Educación.

 

- Elimina dentro del Sistema de evaluación de los profesionales de la educación que se desempeñen en funciones de docencia de aula, de carácter formativo, la sanción que existe respecto de aquellos que sean calificados con desempeño básico en tres evaluaciones consecutivas o en forma alternada con desempeño básico o insatisfactorio durante tres evaluaciones consecutivas, de dejar de pertenecer a la dotación docente.

 

- Replantea la posibilidad de eximirse del proceso de evaluación docente de los profesionales de la educación a quienes les falten tres años o menos para cumplir la edad legal para jubilar. Disponiéndose, además, que no podrá eximirse del proceso de evaluación docente el profesional de la educación que continúe en funciones, una vez cumplida la edad legal para jubilar.

 

- Reconoce a quienes se hayan eximido del proceso de evaluación por proximidad a la edad de jubilar, el derecho a no ser excluidos del acceso al bono post laboral que se señala, ni a los bonos de incentivo al retiro vigentes a la fecha de tal eximición.

 

- Elimina la calificación con desempeño básico y la renuncia anticipada en los casos que indica, como causal para dejar de pertenecer a una dotación docente del sector municipal.

 

-Amplía la fecha (del 31 de julio de 2018 al 31 de julio del 2021) a la cual, los profesionales de la educación parvularia, básica o media, deberán estar incorporados a la dotación docente dependiente de un mismo Municipio, Corporación Educacional Municipal o Servicio Local de Educación, en calidad de contratados, para optar al otorgamiento de la calidad de titulares de dicha dotación; sin que sea necesaria para la contabilización del tiempo de contratación exigido, que ésta se realice sólo respecto de las horas de aula.

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