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Sesión 18ª ordinaria, en miércoles 8 de mayo de 2024.

Legislatura Número 372


C U E N T A

Cuarenta y un Mensajes de Su Excelencia el Presidente de la República

Con el primero, hace presente la urgencia, calificándola de ´´discusión inmediata´´, en relación con el proyecto de ley que modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469, en las materias que indica, crea un nuevo modelo de atención en el FONASA, otorga facultades y atribuciones a la Superintendencia de Salud y modifica normas relativas a las instituciones de salud previsional (Boletín N° 15.896-11).

Con el segundo, hace presente la urgencia, en el carácter de ´´suma´´, respecto del proyecto de ley que introduce modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez (Boletines N°s 14.445-13, 13.011-11 y 14.449-13, refundidos).

Con los diecisiete siguientes, retira y hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, en relación con los siguientes proyectos de ley:

- El que autoriza construir un memorial y circuito de memoria, en la comuna de La Reina, en recuerdo de las víctimas de la Caravana de la Muerte (Boletín N° 15.278-24).

- El que modifica la ley N° 18.216 para ampliar las hipótesis de expulsión como pena sustitutiva (Boletín N° 15.408-25).

- El que adecua la legislación que indica en razón de la entrada en vigencia de las leyes N° 21.522, N° 21.523 y N° 21.527 (Boletín

N° 15.816-07).

- El que crea el Subsistema de Inteligencia Económica y establece otras medidas para la prevención y alerta de actividades que digan relación con el crimen organizado (Boletín N° 15.975-25).

- El que crea el Servicio Nacional Forestal y modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones (Boletín N° 11.175-01).

- El que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de transición energética que posiciona a la transmisión eléctrica como un sector habilitante para la carbono neutralidad (Boletín N° 16.078-08).

- El que aprueba el Tratado relativo a la Transmisión Electrónica de Solicitudes de Cooperación Jurídica Internacional entre Autoridades Centrales, hecho en Medellín, Colombia, el 24 y 25 de julio de 2019 (Boletín N° 14.775-10).

- El que modifica diversos cuerpos legales, en materia de fortalecimiento del Ministerio Público (Boletín N° 16.374-07).

- El que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de plazos y sanciones por incumplimiento (Boletín Nº 15.534-14).

- El de reforma integral al sistema de adopción en Chile (Boletín N° 9.119-18).

- El que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y la Defensoría de Víctimas de Delitos (Boletín Nº 13.991-07).

- El que modifica el Código de Aguas en lo relativo al procedimiento de fiscalización y vigilancia por parte de la Dirección General de Aguas (Boletín Nº 16.504-33).

- El que dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal (Boletín N° 16.621-05).

- El que modifica la ley N° 18.056, que establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República (Boletín N° 16.625-07).

- El que establece una ley marco de suelos (Boletín N° 14.714-01).

- El que modifica diversos textos legales en materia de ejecución de sanciones penales (Boletín Nº 12.213-07).

- El que modifica diversos cuerpos legales, para perfeccionar el sistema electoral y realizar las elecciones municipales y regionales del año 2024 en dos días (Boletín N° 16.729-06).

Con los veintidós últimos, retira y hace presente la urgencia, en el carácter de ´´simple´´, respecto de las siguientes iniciativas:

- La que modifica el Código del Trabajo y la ley N° 18.290, de Tránsito, en materia de protección de la salud e integridad de los trabajadores que sufren violencia laboral externa (Boletín N° 12.256-13).

- La que modifica la ley N° 20.019, que Regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, en materia de fiscalización, de conflictos de interés, y de fomento de la participación de los hinchas en la propiedad de las mismas (Boletín N° 10.634-29).

- La que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar al conductor de vehículos motorizados que causare daños o lesiones a quien se traslade en bicicleta u otros ciclos (Boletín N° 13.975-15).

- La que modifica la ley N° 20.128, sobre responsabilidad fiscal (Boletín N° 14.615-05).

- La que protege los derechos de estudiantes cuidadores de la educación superior, promoviendo la corresponsabilidad y asegurando la conciliación entre actividades familiares, académicas y formativas (Boletín N° 15.221-34).

- La que perfecciona la ley N° 19.657 sobre concesiones de energía geotérmica para el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero de energía geotérmica (Boletín N° 12.546-08).

- La que modifica la pena para la radiodifusión no autorizada (Boletín N° 10.456-15).

- La que modifica la Ley de Fomento a la Marina Mercante y la Ley de Navegación, para fomentar la competencia en el mercado del cabotaje marítimo (Boletín N° 14.532-15).

- La que establece normas de eficiencia hídrica y adaptación al cambio climático (Boletín N° 13.179-09).

- La que modifica la ley N° 21.091 para prohibir que la rendición de evaluaciones y la entrega de títulos sea condicionada al pago de deudas arancelarias contraídas con las instituciones de educación superior (Boletín

N° 15.831-04).

- La que modifica la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública (Boletín N° 12.100-07).

- La que introduce modificaciones a la ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, y al decreto ley N° 825, de 1974, del Ministerio de Hacienda, ley sobre impuesto a las ventas y servicios, para mejorar el pago a treinta días (Boletín N° 15.716-03).

- La que modifica la ley N° 19.712, del Deporte, y la ley N° 20.730, General de Educación, para exigir que los establecimientos educacionales de todo nivel otorguen a sus alumnos facilidades que permitan compatibilizar sus estudios con la práctica intensiva o competitiva de deportes, en los casos y condiciones que indica (Boletines Nos 12.950-29 y 12.999-29, refundidos).

- La que modifica el Código de Aguas en materia de otorgamiento de derechos de uso y aprovechamiento de aguas a proveedores de Servicios Sanitarios Rurales (Boletín N° 15.754-33).

- La que modifica la legislación electoral para establecer el voto obligatorio y perfeccionar el sistema electoral (Boletín N° 16.357-06).

- La que crea un Registro Nacional de Personas Beneficiarias Finales (Boletín N° 16.475-05).

- La que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad ambiental y mejorar su eficiencia (Boletín

N° 16.552-12).

- La que modifica la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en materia de individualización y registro de datos de los usuarios de servicios de telefonía en la modalidad de prepago (Boletín N° 12.042-15).

- La que establece un sistema de supervisión basado en riesgo para las compañías de seguro (Boletín N° 7.958-05).

- La que establece bases de las transferencias a personas e instituciones privadas, y modifica la ley N° 19.862, en la forma que indica (Boletín N°16.628-05).

- La que declara el 7 de abril de cada año como el Día de Gabriela Mistral (Boletín N° 16.360-24).

- La que modifica la ley Nº 21.040 y otros cuerpos legales, fortaleciendo la gestión educativa y mejorando las normas sobre administración e instalación del Sistema de Educación Pública (Boletín N° 16.705-04).

-- Se toma conocimiento de los retiros y de las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.

Oficios

Tres de la Honorable Cámara de Diputados

Con el primero, informa que ha aprobado el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional, correspondiente a los Boletines N°s 16.223-29, 12.648-29, 14.984-29, 15.091-29, 15.598-29, 15.890-29, 15.904-29 y 15.919-29, refundidos (con urgencia calificada de ´´suma´´).

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Con el segundo, informa que ha aprobado el proyecto de ley que modifica la ley N° 17.288, para hacer aplicables las normas sobre silencio administrativo a las solicitudes que deba resolver el Consejo de Monumentos Nacionales, correspondiente al Boletín Nº 16.565-24.

-- Pasan a la Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación.

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Con el tercero, comunica que en sesión de esta fecha, aprobó las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que modifica la ley N° 17.798, sobre Control de Armas, para autorizar el porte de armas por los aspirantes a oficiales de Carabineros y por los carabineros alumnos desde el año de formación que indica, mientras realizan sus respectivas prácticas profesionales, correspondiente al Boletín N° 15.995-02.

-- Se toma conocimiento y en atención a que el proyecto ha sido aprobado por ambas Cámaras y se remitió a S.E el Presidente de la República, se registra el oficio en el archivo, junto con sus antecedentes.

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Informe

De la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales, para perfeccionar el sistema electoral y realizar las elecciones municipales y regionales del año 2024 en dos días (Boletín N° 16.729-06) (con urgencia cañificada de ´´suma´´).

-- Queda para Tabla.

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Mociones

De los Honorables Senadores señores Chahuán y Kuschel, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, en materia de composición de la Cámara de Diputados y causales de cesación en el cargo de diputado y senador (Boletín N° 16.820-07).

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De los Honorables Senadores señor Durana, señora Ebensperger, y señores Coloma, Macaya y Sandoval, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, para incorporar entre las garantías constitucionales el derecho a la seguridad pública (Boletín N° 16.823-07).

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De los Honorables Senadores señor Durana, señora Ebensperger, y señores Coloma, Macaya y Sandoval, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, para considerar al crimen organizado como una forma de asociación por esencia contraria a los derechos humanos (Boletín N° 16.824-07).

-- Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

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De los Honorables Senadores señor Durana, señora Ebensperger, y señores Macaya, Sandoval y Van Rysselberghe, con la que inician un proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal, con el objeto de incorporar la figura de la detención en casos urgentes, en las circunstancias que indica (Boletín N° 16.825-07).

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De los Honorables Senadores señor Durana, señora Ebensperger, y señores Coloma, Macaya y Sandoval, con la que inician un proyecto de ley que crea un estatuto de prevención y persecución de conductas atribuibles a las organizaciones criminales (Boletín N° 16.827-07).

-- Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Carta Fundamental, se mandan poner en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema.

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De los Honorables Senadores señores Chahuán, Durana, Edwards, Insulza y Moreira, con la que inician un proyecto de ley que establece el 3 de junio del año 2029, como el Día de la Conmemoración, en la región de Arica y Parinacota, del Centenario del Tratado de Lima (Boletín N° 16.822-10).

-- Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores.

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De los Honorables Senadores señores Durana, Coloma, Gahona, Macaya y Sandoval, con la que inician un proyecto de ley que modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para aumentar las sanciones aplicables al cohecho y otras conductas, que se realicen con la participación de organizaciones criminales (Boletín N° 16.826-06).

-- Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

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Permiso constitucional

Del Honorable Senador señor Pugh, a contar del día 16 de mayo de 2024, en virtud de lo dispuesto en el artículo 60 de la Constitución Política de la República.

-- Se toma conocimiento, y si le parece a la Sala, se accede a lo solicitado.