Sesión 46ª extraordinaria, en miércoles 14 de agosto de 2024.
Legislatura Número 372
C U E N T A
Cuarenta Mensajes de Su Excelencia el Presidente de la República
Con el primero, hace presente la urgencia, en el carácter de ´´discusión inmediata´´, respecto del proyecto de ley que modifica el Código Civil y otras leyes, regulando el régimen patrimonial de sociedad conyugal (Boletines N°s 7.567-07, 7.727-18 y 5.970-18, refundidos).
Con los treinta y cinco que siguen, retira y hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, respecto de los siguientes proyectos de ley:
- El que declara el 12 de mayo de cada año como el Día de la Libertad de Información, del Derecho a la Comunicación y del Periodismo Independiente y Comunitario (Boletín N° 14.994-24).
- El que modifica el Código Procesal Penal en materia de procedencia de la prisión preventiva y de suspensión de ejecución de la sentencia, respecto de mujeres embarazadas o que tengan hijos o hijas menores de tres años (Boletín N° 11.073-07).
- El que autoriza construir un memorial y circuito de memoria, en la comuna de La Reina, en recuerdo de las víctimas de la Caravana de la Muerte (Boletín N° 15.278-24).
- El que modifica la ley N° 18.216 para ampliar las hipótesis de expulsión como pena sustitutiva (Boletín N° 15.408-25).
- El que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales (Boletín N° 12.092-07).
- El que establece normas generales sobre el uso de la fuerza para el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de las Fuerzas Armadas en las circunstancias que se señala (Boletín N° 15.805-07).
- El que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito (Boletines N°s 15.940-25 y 15.984-06, refundidos).
- El que consagra el derecho al olvido en materia financiera (Boletín N° 15.407-03).
- El que regula el desarrollo de plataformas de apuestas en línea (Boletín N° 4.838-03).
- Para la protección de la infraestructura crítica del país (Boletín N° 16.143-02).
- El que modifica la ley N° 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (Boletines N°s 16.223-29, 12.648-29,
14.984-29, 15.091-29, 15.598-29, 15.890-29, 15.904-29 y 15.919-29, refundidos).
- El que crea el Servicio de Auditoría Interna del Gobierno (Boletín N° 16.316-05).
- El que regula la prevención de incendios forestales y rurales, y otras materias que indica (Boletín N° 16.335-14).
- El que establece normas para la realización de funerales de riesgo y modifica otros cuerpos legales (Boletín N° 16.323-25).
- El que modifica diversos cuerpos legales, en materia de fortalecimiento del Ministerio Público (Boletín N° 16.374-07).
- El que establece un Sistema de Incentivos para la Gestión Sostenible de Suelos Agropecuarios (SIGESS) (Boletín N° 16.391-01).
- Sobre armonización de la ley N° 21.302, que Crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y Modifica Normas Legales que Indica, y la ley N° 20.032, que Regula el Régimen de Aportes Financieros del Estado a los Colaboradores Acreditados, con la ley N° 21.430, Sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia (Boletín N° 15.351-07).
- El que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y la Defensoría de Víctimas de Delitos (Boletín N° 13.991-07).
- El que regula la protección de los periodistas y personas trabajadoras de las comunicaciones (Boletín N° 14.964-24).
- El que dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal (Boletín N° 16.621-05).
- El que modifica la ley N° 18.056, que establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República (Boletín N° 16.625-07).
- El que modifica diversos textos legales en materia de ejecución de sanciones penales (Boletín Nº 12.213-07).
- El que prohíbe la fabricación, comercialización, importación, exportación, utilización, tenencia y porte de dispositivos electrónicos aptos para interceptar, interferir o interrumpir cualquier tipo de señal que se emita a través de un servicio de telecomunicaciones, y establece sanciones en caso de incumplimiento (Boletín N° 16.598-15).
- El que modifica cuerpos legales que indica con el objeto de autorizar el uso de tecnologías de autentificación biométrica para la correcta identificación de pasajeros del transporte aéreo (Boletín N° 16.434-15).
- El que modifica el Código Sanitario para permitir que las ceremonias fúnebres de los Cuerpos de Bomberos puedan efectuarse en un horario especial (Boletín N° 15.960-11).
- El que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de atender fenómenos urbanos consolidados en el territorio, urgentes, que afectan a la población (Boletín N° 16.772-14).
- El que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para obligar a identificar y vincular a los pasajeros con su equipaje en el transporte interurbano (Boletín N° 16.519-15).
- El que define a los establecimientos de salud como asistenciales-docentes y señala las características de la relación entre la red de salud y las instituciones de educación superior (Boletín N° 14.088-11).
- Sobre enfermedades poco frecuentes (Boletín N° 7.643-11).
- El que dispone la exigencia de exhibir un documento de identidad y la adopción de otras medidas de seguridad en el transporte terrestre interregional de pasajeros (Boletín Nº 16.703-25).
- El que crea el Servicio Nacional Forestal y modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones (Boletín N° 11.175-01).
- El que reconoce la función de las y los recolectores de residuos domiciliarios y establece obligaciones para la protección de su salud y seguridad en el trabajo (Boletín N° 16.846-13).
- El que modifica la ley Nº 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada de obras de riego y drenaje, para facilitar su aplicación en casos de catástrofes y emergencias que se indican (Boletín N° 16.932-01).
- El que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de crear el Departamento de Seguridad Especial en Gendarmería de Chile y regular dicho régimen penitenciario (Boletín N° 17.007-07).
- El que crea la Ley de Reactivación del Turismo y de Fomento a la Industria Audiovisual (Boletín N° 16817-05).
Con los cuatro finales, retira y hace presente la urgencia, en el carácter de ´´simple´´, respecto de las siguientes iniciativas:
- La que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias (Boletín N° 9.914-11).
- La que tipifica y sanciona la violencia digital (Boletín N° 13.928-07).
- La que modifica diversos cuerpos legales para regular la comercialización de productos farmacéuticos y sancionar su venta ilegal (Boletín N° 15.850-11).
- La que dicta normas sobre transferencia de tecnología y conocimiento (Boletín N° 16.686-19).
-- Se toma conocimiento de los retiros y de las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Tres de la Honorable Cámara de Diputados
Con el primero, informa que ha aprobado el proyecto de ley que establece obligaciones y requisitos para la construcción de edificaciones en suelo colapsable; declara de utilidad pública la protección de la población y de las familias en los casos de viviendas irreparables o inhabitables por efecto de socavones y modifica cuerpos normativos que indica, correspondiente a los Boletines Nos 16.077-14, 16.069-22, 16.085-14, 16.251-14 y 16.276-09, refundidos.
-- Se declara inadmisible por corresponder a una materia de ley de iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República, conforme lo dispone el artículo 65, inciso tercero e inciso cuarto, número 2°, de la Constitución Política de la República. En consecuencia, se debe constituir una Comisión Mixta de conformidad al artículo 15 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, y se designa a los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, como miembros de la referida Comisión Mixta.
Con el segundo, informa que ha prestado su aprobación al proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo por Intercambio de Cartas de fecha 21 de junio de 2024 entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América, relativo al uso de ciertos términos para quesos y productos cárnicos comercializados en los Estados Unidos o en Chile, correspondiente al Boletín N° 17.019-10 (con urgencia calificada de ´´suma´´).
-- Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores.
Con el tercero, comunica que ha aprobado el proyecto de ley sobre reactivación del turismo y de fomento a la industria audiovisual, correspondiente al Boletín N° 16.817-05 (con urgencia calificada de ´´suma´´).
-- Pasa a la Comisión de Economía, y a la Comisión de Hacienda.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Seguridad Pública, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que dispone la exigencia de exhibir un documento de identidad y la adopción de otras medidas de seguridad en el transporte terrestre interregional de pasajeros (Boletín N° 16.703-25) (con urgencia calificada de ´´suma´´).
De la Comisión de Educación, y de la Comisión de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un sistema de subvenciones para la modalidad educativa de reingreso (Boletín N° 14.309-04).
-- Quedan para Tabla.
Mociones
De la Honorable Senadora señora Campillai, con la que inicia un proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, para suspender el pago de la dieta en el caso de desafuero parlamentario (Boletín N° 17.052-07).
-- Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De la Honorable Senadora señora Campillai, con la que inicia un proyecto de ley que modifica el Código de Justicia Militar, con el objeto de excluir de la jurisdicción militar el conocimiento de hechos constitutivos de violaciones a los derechos humanos (Boletín N° 17.054-02).
-- Pasa a la Comisión de Defensa Nacional, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Carta Fundamental, se manda poner en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema.
De las Honorables Senadoras señoras Gatica y Provoste, con la que inician un proyecto de ley que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, con el objeto de establecer un plazo para la dictación y revisión de la norma técnica que indica (Boletín N° 17.056-15).
-- Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
De los Honorables Senadores señora Gatica, y señores Kuschel y Ossandón, con la que inician un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, en materia de porcentaje de patrocinio exigido para la presentación de candidaturas independientes (Boletín N° 17.059-06).
-- Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
Proyecto de acuerdo
De los Honorables Senadores señor Espinoza, señoras Aravena, Ebensperger, Gatica, Órdenes, Pascual, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Castro González, Coloma, Cruz-Coke, De Urresti, Gahona, García, Huenchumilla, Kusanovic, Kuschel, Lagos, Moreira, Núñez, Pugh, Quintana, Saavedra, Sandoval, Sanhueza, Soria, Van Rysselberghe y Walker, con el que solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, instruya a las autoridades competentes la coordinación de un programa de las actividades destinadas a conmemorar, en el año 2026, el bicentenario de la anexión de Chiloé al territorio nacional, de conformidad con los planteamientos que indican (Boletín N° S 2.569-12).
-- Queda para ser votado en su oportunidad.
Permisos constitucionales
Del Honorable Senador señor Ossandón, a contar del día 28 de agosto de 2024, en virtud de lo dispuesto en el artículo 60 de la Constitución Política de la República.
Del Honorable Senador señor Latorre, a contar del día 31 de agosto de 2024, en virtud de lo dispuesto en el artículo 60 de la Constitución Política de la República.
-- Se toma conocimiento, y si le parece a la Sala, se accede a lo solicitado.