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Sesión 69ª ordinaria, en miércoles 30 de octubre de 2024.

Legislatura Número 372


C U E N T A

Cincuenta Mensajes de Su Excelencia el Presidente de la República

Con el primero, hace presente la urgencia, en el carácter de ´´suma´´, respecto del proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo Marco Avanzado y el Acuerdo Interino de Comercio entre Chile y la Unión Europea, con sus anexos, apéndices, protocolos, notas y declaraciones, suscritos en Bruselas, Bélgica, el 13 de diciembre de 2023 (Boletín N° 16.862-10).

Con los cuarenta y un siguientes, retira y hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, en relación con los siguientes proyectos:

- El que modifica el Código Civil y otras leyes, regulando el régimen patrimonial de sociedad conyugal (Boletines N°s 7.567-07, 7.727-18 y 5.970-18, refundidos).

- El que tipifica y sanciona la violencia digital (Boletín N° 13.928-07).

- El que modifica el Código del Trabajo con el objeto de perfeccionar la regulación del principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres (Boletines N°s 10.576-13, 12.719-13 y 14.139-34, refundidos).

- Sobre muerte digna y cuidados paliativos (Boletines N°s 7.736-11, 9.644-11, 11.577-11 y 11.745-11, refundidos).

- El que modifica el Código Procesal Penal en materia de procedencia de la prisión preventiva y de suspensión de ejecución de la sentencia, respecto de mujeres embarazadas o que tengan hijos o hijas menores de tres años (Boletín N° 11.073-07).

- El que autoriza construir un memorial y circuito de memoria, en la comuna de La Reina, en recuerdo de las víctimas de la Caravana de la Muerte (Boletín N° 15.278-24).

- El que modifica la ley N° 18.216 para ampliar las hipótesis de expulsión como pena sustitutiva (Boletín N° 15.408-25).

- El que modifica la Ley de Fomento a la Marina Mercante y la Ley de Navegación, para fomentar la competencia en el mercado del cabotaje marítimo (Boletín N° 14.532-15).

- El que prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en las arenas de playa, terrenos de playa y dunas costeras de todo el territorio nacional (Boletín Nº 15.666-12).

- El que establece normas generales sobre el uso de la fuerza para el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de las Fuerzas Armadas en las circunstancias que se señala (Boletín N° 15.805-07).

- El que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito (Boletines N°s 15.940-25 y 15.984-06, refundidos).

- El que regula el desarrollo de plataformas de apuestas en línea (Boletín N° 14.838-03).

- El que crea el Servicio Nacional Forestal y modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones (Boletín N° 11.175-01).

- El que modifica la ley N° 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (Boletines N°s 16.223-29, 12.648-29, 14.984-29, 15.091-29, 15.598-29, 15.890-29, 15.904-29 y 15.919-29, refundidos).

- El que regula la prevención de incendios forestales y rurales, y otras materias que indica (Boletín N° 16.335-14).

- El que modifica diversos cuerpos legales, en materia de fortalecimiento del Ministerio Público (Boletín N° 16.374-07).

- El que establece un Sistema de Incentivos para la Gestión Sostenible de Suelos Agropecuarios (SIGESS) (Boletín N° 16.391-01).

- Sobre armonización de la ley N° 21.302, que Crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y Modifica Normas Legales que Indica, y la ley N° 20.032, que Regula el Régimen de Aportes Financieros del Estado a los Colaboradores Acreditados, con la ley N° 21.430, Sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia (Boletín N° 15.351-07).

- El que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y la Defensoría de Víctimas de Delitos (Boletín N° 13.991-07).

- El que establece una Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales e introduce modificaciones en cuerpos legales que indica (Boletín N° 16.566-03).

- El que determina conductas terroristas y fija su penalidad, y deroga la ley N° 18.314 (Boletines Nos 16.224-25, 16.180-25, 16.210-25, 16.235-25 y 16.239-25, refundidos).

- El que incorpora la Fiscalía Supraterritorial en la ley N° 19.640, orgánica constitucional del Ministerio Público, y modifica otros cuerpos legales que regulan actuaciones de los fiscales y de las fiscalías regionales (Boletín N° 16.850-07).

- El que modifica la ley N° 18.056, que establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República (Boletín N° 16.625-07).

- El que modifica diversos textos legales en materia de ejecución de sanciones penales (Boletín Nº 12.213-07).

- El que dicta normas sobre transferencia de tecnología y conocimiento (Boletín N° 16.686-19).

- El que modifica cuerpos legales que indica con el objeto de autorizar el uso de tecnologías de autentificación biométrica para la correcta identificación de pasajeros del transporte aéreo (Boletín N° 16.434-15).

- El que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de atender fenómenos urbanos consolidados en el territorio, urgentes, que afectan a la población (Boletín N° 16.772-14).

- El que crea la Agencia para la Calidad de las Políticas Públicas y la Productividad (Boletín N° 16.799-05).

- El que crea la Ley de Reactivación del Turismo y de Fomento a la Industria Audiovisual (Boletín N° 16.817-05).

- El que define a los establecimientos de salud como asistenciales-docentes y señala las características de la relación entre la red de salud y las instituciones de educación superior (Boletín N° 14.088-11).

- Sobre enfermedades poco frecuentes (Boletín N° 7.643-11).

- El que reconoce la función de las y los recolectores de residuos domiciliarios y establece obligaciones para la protección de su salud y seguridad en el trabajo (Boletín N° 16.846-13).

- El que modifica la ley N° 20.422 con objeto de otorgar prioridad a personas con discapacidad en la atención de servicios públicos (Boletín N° 16.396-35).

- El que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de crear el Departamento de Seguridad Especial en Gendarmería de Chile y regular dicho régimen penitenciario (Boletín N° 17.007-07).

- El que amplía la penalización dispuesta en el artículo 304 bis del Código Penal, para fortalecer la seguridad perimetral de los recintos penales (Boletines N°s 16.569-25 y 16.984-25, refundidos).

- Sobre el uso de agua de mar para desalinización (Boletín N° 11.608-09).

- El que adecua la ley penal en materia de amnistía, indulto y prescripción de la acción penal y la pena a lo que dispone el derecho internacional respecto de los delitos de genocidio, de lesa humanidad o de guerra (Boletín N° 9.773-07).

- El que modifica el Código Penal, tipificando el delito de desaparición forzada de personas (Boletín N° 9.818-17).

- Reforma constitucional con el objeto de establecer como requisito para ser candidato a Presidente de la República, Senador y Diputado, el no haber sido condenado por delitos de violencia intrafamiliar, ni estar considerado en el Registro de Deudores de Alimentos (Boletines N°s 14.629-07, 13.835-07, 15.267-07, 15.269-07 y 14.641-07, refundidos).

- El que aprueba el Convenio N° 155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores, adoptado en la 67a. Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo de 22 de junio de 1981 (Boletín N° 17.080-10).

- El que moderniza la oferta en la educación parvularia (Boletín Nº 16.811-04).

Con el cuadragésimo tercero, hace presente la urgencia, en el carácter de ´´simple´´, respecto del proyecto de ley que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias (Boletín N° 9.914-11).

Con los siete últimos retira y hace presente la urgencia, calificándola de ´´simple´´, respecto de las siguientes iniciativas:

- La que crea un nuevo Sistema Mixto de Pensiones y un Seguro Social en el pilar contributivo, mejora la Pensión Garantizada Universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica (Boletín N° 15.480-13).

- La que adecua la legislación que indica en razón de la entrada en vigencia de las leyes N° 21.522, N° 21.523 y N° 21.527 (Boletín N° 15.816-07).

- La que modifica la ley N° 21.074, sobre fortalecimiento de la regionalización del país, para denominar la ´´Región de Coquimbo´´ como ´´Región de Coquimbo de Gabriela Mistral´´ (Boletín N° 16.205-06).

- La que dicta normas sobre protección y fomento de la artesanía (Boletín N° 16.371-24).

- La que crea una nueva institucionalidad de prospectiva y desarrollo sostenible basada en conocimiento, y modifica la ley N° 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, en los términos que indica (Boletín N° 16.441-19).

- La que crea un Registro Nacional de Personas Beneficiarias Finales (Boletín N° 16.475-05).

- La que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad ambiental y mejorar su eficiencia (Boletín N° 16.552-12).

-- Se toma conocimiento de los retiros y de las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.

Oficios

Dos de la Honorable Cámara de Diputados

Con el primero, informa que ha aprobado el proyecto de ley que fija un nuevo fraccionamiento entre el sector pesquero artesanal e industrial, correspondiente al Boletín Nº 17.096-21 (con urgencia calificada de ´´discusión inmediata´´).

-- Pasa a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, y a la Comisión de Hacienda, en su caso.

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Con el segundo, comunica que ha aprobado el proyecto de ley que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.435 para la inscripción de derechos de aprovechamiento en el Catastro Público de Aguas, correspondiente al Boletín N° 17.151-33.

-- Pasa a la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía.

Informes

Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, e informe de la Comisión de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales (Boletín Nº 12.092-07) (con urgencia calificada de ´´suma´´).

-- Quedan para Tabla.

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Mociones

De las Honorables Senadoras señoras Carvajal y Allende, con la que inician un proyecto de ley que modifica la ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, con el objeto de establecer los requisitos que indica, para las empresas que ofrecen el suministro de raciones alimenticias (Boletín N° 17.211-06).

-- Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

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De la Honorable Senadora señora Campillai, con la que inicia un proyecto de ley que modifica la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, con el objeto de hacer aplicables sus disposiciones a todas las instituciones de educación superior (Boletín N° 17.212-04).

-- Pasa a la Comisión de Educación.

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De la Honorable Senadora señora Campillai, con la que inicia un proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, para considerar entre las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública a la Policía contra el Crimen Organizado (Boletín N° 17.213-07).

-- Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

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CUENTA AGREGADA

En este momento ha llegado a la Mesa el siguiente documento:

Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República

Con el que retira la urgencia que hiciera presente en relación con el proyecto de ley que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales (Boletín Nº 12.092-07).

-- Se toma conocimiento del retiro y se manda agregar el documento a sus antecedentes.