TABLA
(La Tabla se encuentra sujeta a cambios según lo que determinen los Comités, las urgencias que presente el Ejecutivo y el trabajo de las Comisiones)
CIRCULAR Nº 138/SEC
LEGISLATURA Nº 370
Sesión 19ª, Ordinaria, martes 17 de mayo de 2022.
(de 16:00 a 20:00 horas)
ORDEN DEL DÍA
1.-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que reajusta el monto del Ingreso Mínimo Mensual, así como la Asignación Familiar y Maternal, y el Subsidio Familiar, otorga un subsidio temporal a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la Canasta Básica de Alimentos, con informe o certificado de las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas. (proyecto discutido en general y en particular por las Comisiones unidas). (Boletín N° 14.936-13
[ver]
). Con urgencia calificada de “discusión inmediata”. Acuerdo de Comités. (Siempre que fuere despachado por las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas, y se hubiere recibido el informe o certificado respectivo).
2.-Proyecto de ley, iniciado en Moción de los exsenadores señoras Muñoz y Goic y señor Letelier, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.886 y el Código del Trabajo con el objeto de reforzar la aplicación de la disposición que resguarda los derechos de los trabajadores en la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social. (discusión en general). (Boletín N° 13.531-13
[ver]
). Acuerdo de Comités.
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TIEMPO DE VOTACIONES
-Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señor De Urresti, señoras Allende, Campillai, Carvajal, Gatica, Núñez, Órdenes, Pascual, Provoste, Rincón y Sepúlveda, y señores Araya, Bianchi, Castro González, Cruz-Coke, Durana, Edwards, Elizalde, Flores, Gahona, Huenchumilla, Keitel, Lagos, Latorre, Núñez, Prohens, Saavedra, Velásquez y Walker, por el que solicitan a S.E. el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, adopte las medidas necesarias para que el Plan Nacional de Protección de Humedales se transforme en una política pública ambiental permanente. (Boletín N° S 2.268 -12).
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