Calidad ambiental: envían a Sala norma que considera guías científicas internacionales
En una próxima sesión ordinaria, los congresistas revisarán la propuesta que pretende elevar los estándares, por ejemplo, aumentando los límites del uso de contaminantes de origen industrial.
25 de noviembre de 2023Luego de un proceso de reflexión con autoridades y expertos, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales aprobaron el articulado del proyecto que considera estándares de calidad ambiental en la elaboración y revisión de normas nacionales en esta materia.
La propuesta iniciada en moción de los senadores Isabel Allende, Francisco Huenchumilla, Juan Ignacio Latorre y Claudia Pascual, busca que, en la elaboración y revisión de las Normas de Calidad Ambiental, se puedan considerar guías, antecedentes, valores referenciales y todo tipo de información científica disponible, actualizada, sistemática y elaborada mediante metodologías trazables de origen nacional como internacional.
El texto se inspira en los eventos de contaminación en Quintero-Puchuncaví que se han vuelto cada vez más recurrentes y que han generado graves consecuencias para la población.
Se explica que la Organización Mundial de la Salud (OMS) cuenta con guías sobre contaminantes atmosféricos, como recomendaciones para proteger a las personas y/o al medio ambiente de los efectos adversos de estos contaminantes, las cuales se elaboran basándose en evidencia científica.
“Estos documentos hacen referencia a cuatro contaminantes comunes del aire, vinculados generalmente a la actividad industrial: material particulado (MP), ozono (O3), dióxido de nitrógeno (NO2) y dióxido de azufre (SO2). Estos se encuentran normados en la legislación chilena, sin embargo, sus límites son más altos que los contenidos en la citada guía”, plantea la moción.
Asimismo, se informa que “la ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, se refiere a las normas de calidad ambiental, señalando que deberán ser revisadas cada 5 años. Sin embargo, se asegura que, de las 27 normas de Calidad y Emisión para contaminantes respirables, sólo 9 se encuentran al día (35%), 5 en proceso de elaboración (19%), 6 en proceso de revisión y 7 aún atrasadas en el inicio de su proceso de revisión (26%)”.
La redacción que deberá revisar la Sala, es la siguiente:
“En los procesos de elaboración y revisión de las normas de calidad ambiental, podrán considerarse guías, antecedentes, valores referenciales, y en general, todo tipo de información científica disponible, actualizada, sistemática, y elaborada mediante metodologías trazables de origen nacional como internacional.
Para el caso de los procesos de elaboración y revisión de normas primarias de calidad ambiental, se podrá considerar, especialmente, aquellos valores recomendados por la Organización Mundial de la Salud, así como otros organismos técnicos competentes en la materia, relativos a la mantención de un nivel tolerable para la vida y salud de las personas.
Con todo, la aplicación de estos estándares no podrá en caso alguno implicar un retroceso en los niveles de protección efectiva de la vida y la salud de la población, así como en la protección o la conservación del medio ambiente y sus componentes”.