Comisión despacha postergación de elecciones para Mayo y respalda que alcaldes retomen sus funciones
Tras dos sesiones de exhaustivo análisis, la instancia debatió casi 40 indicaciones que se presentaron a la reforma que cumple su segundo trámite constitucional.
1 de abril de 2021
Listo para ser votado este domingo por la Sala del Senado quedó el proyecto de reforma constitucional que posterga las próximas elecciones municipales, de gobernadores regionales y convencionales constituyentes para el sábado 15 y el domingo 16 de mayo de 2021.
Esto, tras el exhaustivo análisis que realizó la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado que sesionó la mañana y tarde de este jueves para debatir las casi 40 indicaciones que se presentaron a la iniciativa.
Uno de los cambios que se aprobó por mayoría de votos, fue la posibilidad de que los alcaldes que están de candidatos puedan retomar sus cargos desde la publicación de esta ley hasta las 24 horas del 28 de abril. La iniciativa venía desde la Cámara de Diputadas y Diputados sin esa posibilidad, asunto que había inquietado a los ediles, sobre todo por el período excepcional en que se encuentra el país por la pandemia de Covid 19.
Asimismo, se aprobó una indicación que declara como feriado obligatorio e irrenunciable para todos los dependientes del comercio los días de la elección. Dicha norma requiere los votos de los 2/3 de los senadores en sala.
Además, se aprobó una disposición que establece que "durante los días de elecciones de cargos de representación popular, el transporte público será gratuito, con el objeto de fomentar y propiciar la participación ciudadana dentro de dichos procesos”.
La Comisión también respaldó el aumento a 0,6 UF del bono que reciben los asesores de los delegados de la Junta Electoral, en el entendido que se había incrementado el bono que recibirán los vocales de mesa y también los delegados.
Uno de los puntos más debatidos fue el tema de los aportes de campaña y de la propaganda durante el período en que se posterga la elección.
En tal sentido, se rechazaron enmiendas que buscaban extender la campaña y no suspenderla como lo establece la iniciativa.
Asimismo, se ratificó que no podrá realizarse propaganda electoral durante el período de suspensión con excepción de la que esté ubicada en lugares privados, "siempre que ésta se encuentre instalada e informada al Servicio Electoral" a la fecha de publicación de esta reforma.
También se aprobó una indicación que señala que "de todas formas, durante el plazo de suspensión no se podrá realizar propaganda pagada en medios de comunicación social, plataformas digitales y redes sociales. Tampoco se permitirá la participación en radioemisoras y en televisión, con excepción de los candidatos o candidatas que presten servicios en alguno de esos medios".
La Comisión aprobó tres enmiendas que apuntan a eliminar una disposición introducida en la Cámara de Diputadas y Diputados que buscaba que los créditos contratados por candidatos y los partidos políticos con instituciones del sistema financiero no devengarán intereses durante el tiempo de la suspensión establecida para esta ley. Esa idea fue rechazada por la Comisión que estimó que no se podían dar esos beneficios a los candidatos, en circunstancias que el resto de la población ha tenido que seguir pagando sus créditos y los intereses.
Otro cambio aprobado es que "los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente quince minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral en los casos de segunda votación de elecciones de gobernadores regionales. La propaganda señalada deberá ser transmitida desde el décimo quinto y hasta el tercer día anterior a la elección, ambos días inclusive".