Delitos contra menores: buscan asegurar el cumplimiento efectivo de la pena
La iniciativa fue derivada a la Comisión de Constitución y modifica diversos cuerpos legales para aumentar los requisitos de acceso a la libertad condicional de quienes cometan delitos graves contra la infancia
14 de noviembre de 2021
Una serie de medidas tendientes a asegurar el cumplimiento efectivo de las penas de quienes cometen delitos graves contra la infancia contempla el proyecto presentado por los senadores Felipe Kast, Rodrigo Galilea y José García Ruminot, y que fue remitido a la Comisión de Constitución para su estudio.
La iniciativa busca disminuir los casos de violencia en contra de los niños y adolescentes de nuestro país. Según datos del Centro de Estudios y Análisis del Delito (CEAD), mientras en 2017 fueron víctimas de homicidio 22 menores de edad, esa cifra llegó en 2020 hasta 39 casos fatales (aumento de 77%).
Por su parte, mientras en 2005 un total de 3.119 niños, niñas y adolescentes fueron víctima de abuso sexual u otros delitos sexuales, representando el 51% del total de ataques de connotación sexual, en 2019 un total de 5.327 niños padecieron mencionados delitos, constituyendo el 61% del total de mencionados delitos acaecidos dicho año en Chile.
En lo principal, el proyecto aumenta los requisitos de acceso a la libertad condicional previstos para quienes hubieren cometido delitos graves en contra de un menor de edad.
Asimismo, se incorpora un nuevo artículo en el Decreto Ley Nº321 para que los sujetos condenados por dichos delitos perpetrados en contra de menores de edad no puedan acceder a beneficios intrapenitenciarios distintos de la libertad condicional.
También se establece como circunstancia agravante general la circunstancia de ser la víctima menor de edad, y se agrega un nuevo artículo 68 ter a mencionado cuerpo legal, que dispone que las reglas de determinación de la pena previstas en el artículo 68, inciso tercero y 68 bis no serán aplicables a los delitos graves cometidos en contra de menores de edad.
Finalmente, se modifica la ley que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de la observación de buena conducta, y la ley que establece penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, para limitar la aplicación de beneficios y prohibir la aplicación de penas sustitutivas para quienes sean condenados por alguno de los delitos graves previstos en este proyecto de ley, cuando ellos hubieren sido cometidos en contra de menores de edad, garantizando así el cumplimiento efectivo de la condena.