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Contundente apoyo a instrumento internacional que complementa protocolo adicional del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico

La Sala dio luz verde al proyecto de acuerdo tanto en general como en particular este instrumento que homologa las reglas de comercio internacional entre países miembros de la Alianza del Pacífico

28 de septiembre de 2016

Imagen foto_00000015Como un importante paso calificaron -durante su debate en Sala- el proyecto de acuerdo recaído en el Primer Protocolo Modificatorio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, suscrito entre la República de Colombia, la República de Chile, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, en Paracas, Ica, República del Perú, el 3 de julio de 2015. (Boletín N° 10776-10).

 

En la ocasión los senadores Francisco Chahuán y Víctor Pérez Varela destacaron la importancia de este instrumento que permitirá homologar las reglas de comercio internacional entre Chile, Colombia, México y Perú.

 

Ambos legisladores valoraron este instrumento y destacaron que en el marco del tratado de la Alianza del Pacífico se han trabajado en conjunto normas muy específicas y prácticas que han incluido una coordinación entre los congresos de los países parte.

 

Tras estas intervenciones, la Sala otorgó su respaldo unánime tanto en general como en particular a la iniciativa que quedó en condiciones de ser sometida a su proceso de promulgación.

 

El objetivo principal del instrumento internacional es el de incorporar nuevas disciplinas y complementar las disposiciones del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico.

 

En lo fundamental el Proyecto de acuerdo:

 

- Elimina los obstáculos o barreras técnicas al comercio para los productos cosméticos entre los países de la Alianza del Pacífico, avanzando hacia la armonización de las regulaciones.

 

- Consagra la no discriminación de productos digitales provenientes de las otras partes.

 

- Se incluyen normas que aseguran el cumplimiento de la neutralidad de la red y la exigencia de implementar mecanismos que permitan a los usuarios conocer y controlar el uso de roaming, y la obligación de evaluar la adopción de acciones conjuntas tendientes a la reducción de tarifas de este servicio.

 

- Fomenta la aplicación de las buenas prácticas regulatorias en el proceso de planificación, elaboración, promulgación, implementación y revisión de las medidas regulatorias a fin de facilitar el logro de objetivos de política pública nacional.

 

- En el capítulo de Comercio Electrónico, se asumen nuevos compromisos en materia de protección a los consumidores, tales como la promoción de la celebración de acuerdos de cooperación, el intercambio de información sobre proveedores sancionados, la promoción de iniciativas de capacitación, la promoción de la estandarización de la información que se debe proporcionar a los consumidores, la consideración de formas de cooperación conjuntas, y la evaluación de políticas que incentiven a los proveedores a cumplir con las normas de protección al consumidor.

 

- Crea el Comité de Mejora Regulatoria que pone énfasis en la cooperación e intercambio de información entre las Partes, así como en evaluar la pertinencia de incorporar trabajos futuros respecto de prácticas y herramientas adicionales en dicha materia, tales como la capacitación en habilidades de reforma regulatoria; la transparencia y acceso a las regulaciones; los procesos de consulta pública formales; los sistemas electrónicos para facilitar la interacción de las autoridades regulatorias con los emprendedores, empresarios y público en general; la racionalización del inventario regulatorio y la medición de cargas administrativas.

 

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