Ley de Alcoholes: aumentan sanciones administrativas por adulteraciones
Se trata de una moción de los senadores Ximena Rincón, Juan Castro, Juan Antonio Coloma, Álvaro Elizalde y Rodrigo Galilea, que fue aprobada en general por dicha instancia.
10 de junio de 2021
Actualizar y modernizar las sanciones administrativas por adulteraciones en la Ley de Alcoholes, elevando los máximos aplicables, es uno de los objetivos del proyecto de los senadores Ximena Rincón, Juan Castro, Juan Antonio Coloma, Álvaro Elizalde y Rodrigo Galilea, que fue aprobado en general por la Comisión de Agricultura de la Cámara Alta.
Previo a su aprobación, la instancia realizó varias rondas de audiencias públicas donde escuchó la opinión de los representantes del Ministerio de Agricultura; de Vinos de Chile y el presidente del Colegio de Ingenieros Agrónomos, Jorge Wicha, entre otros. (Vea aquí la sesión)
En lo fundamental, la iniciativa introduce una clasificación de las sanciones y criterios destinados a determinar la cuantía de las sanciones, y también incorpora la posibilidad de la realización de denuncias por parte de todo ciudadano ante la autoridad encargada de la fiscalización.
En tal sentido, la moción señala que la exportación del vino a granel y la concentración del mercado en pocos actores, hacen más compleja la fiscalización, por lo que se han hecho mucho más recurrentes las infracciones a la normativa vigente que no son de difíciles de detectar. Es por ello, que se busca permitir la denuncia popular de las infracciones como un elemento coadyuvante en la tarea de fiscalización, añadiendo al sistema herramientas de auto-control de la industria.
Asimismo, agregan que las sanciones establecidas no constituyen un factor inhibitorio de conductas sancionables, pues son muy bajas, razón por la cual la moción plantea elevar los máximos aplicables, ampliando los márgenes de acción, sin caer en desproporciones sancionatorias.
El proyecto también introduce parámetros en relación al volumen de productos involucrados en la infracción, el beneficio económico, la capacidad económica del infractor y su conducta anterior.