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Comisión de Gobierno despacha a Sala proyecto sobre sanciones a los alcaldes y concejales en caso de responsabilidad administrativa

El proyecto precisa que cuando Contraloría informe al Consejo Municipal, éste tendrá 30 días para pronunciarse y de no hacerlo, el Secretario Municipal deberá dar cuenta al Tribunal Electoral Regional, para que prosiga en un proceso de destitución, cuando corresponda.

12 de septiembre de 2019

Plazos claros, procedimientos concretos y la descripción de las causas de destitución, son los puntos transversalmente destacados por los senadores de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, quienes despacharon a Sala el articulado del proyecto de ley que agiliza la aplicación de sanciones a los alcaldes en caso de responsabilidad administrativa. Revise el debate en general de Sala

 

Imagen foto_00000003Los legisladores destacaron que con este tipo de incisivas se fortalece la transparencia y probidad y el senador Juan Pablo Letelier, presidente de la instancia parlamentaria, detalló que se avanzó, entre otros, “para que cuando Contraloría informe al Consejo Municipal, éste tenga hasta 30 días de plazo para pronunciarse, de lo contrario, el Secretari@ Municipal deberá dar cuenta al Tribunal Electoral Regional (TER), para que prosiga en un proceso de destitución, cuando corresponda”.

¿Cuál es la realidad hasta hoy?

 

Al respecto, el senador reconoció que “ha ocurrido muchas veces que la Contraloría da un informe, pero por la composición política del Consejo Municipal de turno, no se pronuncia y ahí queda el informe; incluso algunos han sugerido la destitución del alcalde, pero el esfuerzo queda frenado”. Aquí radica uno de los avances de la moción, “mecanismos precisos, mayor transparencia y probidad. Es un aporte a la fe pública y al buen uso de los recursos de todos los chilenos”, agregó.  

 

Además, en el texto se distinguen procedimientos para cuando la Contraloría tiene afirmaciones o convicciones de que hay faltas administrativas que ameriten sanciones, para lo cual se pronunciará la Corte de Apelaciones; mientras que para las faltas administrativas gravísimas que ameriten destitución, tanto para los concejales y/o para los alcaldes, será el TER la organismo a cargo.

 

FIN A LA IMPUNIDAD

 

Al respecto, el senador Rodrigo Galilea valoró que se aclare esta figura, pues, a su juicio, “aquí estábamos en un terreno de nadie. Si no había un pronunciamiento del Consejo Municipal, las cosas no terminaban en ninguna parte, no había sanciones y de alguna manera existía una cierta impunidad alcaldicia”.

 

“Creo que es un avance, todos estamos conscientes de la autonomía que tienen que gozar las municipalidades, los alcaldes y los consejos, pero eso no debiera ir en contra jamás de la probidad a la hora de administrar”, sentenció.

 

Asimismo, añadió que se precisan las principales causas para el notable abandono de deberes, “aquí lo más habitual es que exista discusión respecto del uso de los recursos, por ejemplo los no pago de imposiciones, derivaciones de dinero, falta de orden en el presupuesto; todo eso se legisla y acarrea sanciones en el caso de que no se tomen cartas en el asunto. Este proyecto no hay que mirarlo como una amenaza, sino que como una herramienta para que se puedan administrar bien los recursos de todos, como son los recursos municipales”.

 

Para este punto se considerará, además, ocultamiento de saldo y el resguardo de los fondos comprometidos con los trabajadores.

 

En otro orden, la Comisión prosiguió con la votación de las indicaciones para el proyecto que fortalece la integridad pública (boletín: 11883-06), texto que persigue reforzar los mecanismos de control ya existentes, en orden a generar mayores espacios para empoderar el denominado “control ciudadano”, el cual implica que las personas tengan acceso a cierta información de las autoridades, con el objetivo de prevenir y detectar actos que pudiesen afectar al principio de probidad, así como a fortalecer la rendición de cuentas.

 

Con todo, ya se ha acordado que por norma general las inhabilidades de parentesco serán hasta tercer grado; se han especificado las prohibiciones una vez dejado el cargo;  y se aumentaron las multas por los incumplimientos.

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