Normas excepcionales para el pago de las subvenciones educacionales: despachan a Sala el proyecto
Las Comisiones de Educación y de Hacienda, respectivamente, aprobaron el proyecto que busca proteger el derecho a la educación, en el contexto de la pandemia y, a través de mecanismos de excepción que permitan determinar legalmente el factor de asistencia para la fórmula de pago de las subvenciones.
4 de noviembre de 2020Por mayoría, las Comisiones de Educación y Cultura y la de Hacienda, respectivamente, aprobaron la indicación sustitutiva presentada por el Ejecutivo al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas excepcionales para el pago de las subvenciones educacionales del decreto con fuerza de ley N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, ley de subvenciones, en el contexto de la pandemia por COVID-19.
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Cabe hacer presente que durante la sesión de la Comisión de Educación -presidida por el senador Jaime Quintana- se indicó que se suscribirá un protocolo que acompañará el informe del proyecto, en el que se compromete el trabajo de una mesa técnica transversal, cuyas conclusiones estarán disponibles el 31 de marzo del 2021, y se espera que éstas puedan ser un aporte para un nuevo mecanismo de financiamiento de la educación.
Al respecto, el senador Quintana indicó que espera que esto se traduzca en un futuro proyecto de ley y el senador José García Ruminot, valoró la oportunidad. En tanto, la senadora Yasna Provoste se restó del acuerdo, pues dejó de manifiesto sus “dudas sobre el cumplimento de los compromisos del Ministerio de Educación”.
La indicación sustitutiva presentada por el Ejecutivo “repone el proyecto en su redacción original, para evitar problemas de admisibilidad y alcanzar una tramitación rápida”, explicó el Ministro de Educación, Raúl Figueroa.
Con todo, el mensaje busca proteger el derecho a la educación, en el contexto de la pandemia por COVID-19, a través de mecanismos de excepción que permitan determinar legalmente el factor asistencia para la aplicación de la fórmula de pago de las subvenciones, estableciendo los casos para su procedencia, el trimestre modelo a aplicar como factor asistencia para la fórmula de cálculo, reliquidación y aplicación de mecanismos excepcionales en materia de asistencia de la ley N° 21.192 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020.
El inciso tercero del proyecto, referido a la subvención de los internados, obtuvo el respaldo unánime de la Comisión y propone que “para los establecimientos educacionales que tengan derecho a percibir la subvención por servicio de internado, se considerará que la asistencia mensual a partir del 1 de marzo de 2020 y hasta el cierre del año escolar, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de dicho período y el promedio de las asistencias medias declaradas por el establecimiento educacional durante los meses de marzo, abril y mayo de 2019”.
La situación de los internados y la respuesta entregada fue valorada transversalmente por la Comisión.
Sin embargo, el resto de los incisos fueron aprobados por mayoría. Entre ellos, el que establece la subvención para aquellos que retornaron a clases presenciales a partir del 1 de julio de 2020.
Al respecto, la senadora Provoste explicó su voto disidente pues, a su juicio, “a través de la presión económica se vuelve a insistir en la vuelta a clases presencial”.
Posteriormente, la Comisión de Hacienda se pronunció sobre las normas de su competencia, con lo cual, el texto legal quedó en condiciones de ser analizado por la Sala de Sesiones.
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La instancia respaldó el texto con los votos a favor de los senadores Ricardo Lagos, José García y Juan Antonio Coloma, y las abstenciones de los senadores Jorge Pizarro y Carlos Montes.
Cabe hacer presente, que para el inciso tercero, sobre internados, al igual que en la instancia de Educación, se contó con el respaldo unánime de la Comisión.
En la oportunidad, el Ministro de Educación resaltó que el texto resuelve, por la vía legal la situación de los establecimientos que han vuelto a clases presenciales, “pero que, por razones evidentes, no tienen la asistencia a la que están acostumbrados”.