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Sanciones para el mal uso de fuegos artificiales vuelve a Comisión de Defensa Nacional

Por unanimidad, la Sala respaldó las ideas matrices de la norma en segundo trámite.

10 de diciembre de 2020

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Hasta el 17 de diciembre, los senadores y el Ejecutivo tendrán plazo para presentar mejoras al proyecto que modifica la ley Nº 17.798, sobre Control de Armas, y otras disposiciones, para sancionar penalmente la fabricación, importación, comercialización, distribución, venta, entrega a cualquier título, y el uso de fuegos artificiales, en las condiciones que indica.

 

Esto luego que en la última sesión ordinaria, los legisladores aprobaran la idea de legislar y acordaran perfeccionar la redacción del articulado respecto de diversas temáticas.

 

La norma se enmarca en varios contextos: el mal uso de estos productos que producen quemaduras en niños, el lanzamiento de estos artefactos en funerales y cumpleaños ligados al narcotráfico, los festejos en partidos de fútbol y las protestas sociales donde se les utilizan.

 

En simple, se busca sancionar como simple delito, el mercado ilegal de los fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes, dispositivos y piezas.

 

El tema cobra aún más relevancia ante la cercanía de las fiestas de fin de año cuando se masifica la venta de estos dispositivos en la población en general. En ese contexto el Ejecutivo le puso urgencia, de manera de acelerar su tramitación.

 

PROYECTO

 

Las ideas centrales son las siguientes:

 

“Los que poseyeren o tuvieren fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes, dispositivos y piezas, sin la autorización de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), serán sancionados con presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) o multa de 5 a 20 unidades tributarias mensuales”

 

“Los que sin la competente autorización fabricaren, armaren, elaboraren, adaptaren, transformaren, importaren, internaren al país, exportaren, transportaren, almacenaren, distribuyeren, ofrecieren, adquirieren o celebraren convenciones respecto de los elementos indicados serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de 10 a 20 unidades tributarias mensuales. En caso que en la comisión del delito se utilizaren establecimientos o locales, a sabiendas de su propietario o encargado, o no pudiendo éste menos que saberlo, podrá decretarse en la sentencia su clausura definitiva. Asimismo, durante el proceso judicial respectivo, podrá decretarse, como medida cautelar, la clausura temporal de dichos establecimientos o locales.”

 

“El que, sin la competente autorización, accionare, activare o disparare alguno de los elementos señalados será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio (desde 61 días a 3 años y un día) y multa de 10 a 20 unidades tributarias mensuales.

 

La pena privativa de libertad dispuesta en el inciso anterior se impondrá en su máximo cuando las conductas ahí señaladas turbaren gravemente la tranquilidad pública o infundieren temor en la población”.

 

DEBATE

 

El presidente de la Comisión de Defensa Nacional, Pedro Araya contextualizó la norma, destacando la sensación de inseguridad con que vive la población considerando. Explicó que la delincuencia utiliza los fuegos artificiales para hacer desórdenes públicos y cometer delitos, en la vía pública y en estadios. “Quiero hacer presente que también estamos tramitando el proyecto que introduce cambios a la Ley de Control de Armas”, aclaró.

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A continuación, parte de los argumentos esgrimidos por los senadores:

 

ALEJANDRO GUILLIER

“Creo que hay que distinguir las circunstancias del uso de fuegos artificiales, estoy pensando cuando los narcotraficantes los usan en funerales, cuando las barras tiran en los estadios y en el contexto de protestas. Creo que hay que discriminar aquello en las penas”.

 

JOSÉ MIGUEL INSULZA

“Hoy la realidad nos habla del mal uso de los juegos artificiales que se venden de manera clandestina. Este proyecto lo conocen muy bien los alcaldes que han sido víctimas de situaciones delictuales asociadas”.

 

KENNETH PUGH

“Esta moción nace en hechos delictuales. Se requieren reglas claras pensando en el transporte, almacenamiento y la venta. Muchos incendios importantes se han generado por el mal uso de fuegos artificiales. En la Comisión de Defensa estamos trabajando en la ley de control de armas que puede consignar estas situaciones también”.

 

JUAN PABLO LETELIER

“Soy de los que cree que el monopolio del uso de armas debe estar en manos del Estado. Hoy tiene más valor legislar sobre esta materia porque es evidente que se lanzan fuegos artificiales cuando llega la droga. No veo que estos productos aporten a los espectáculos deportivos y las protestas”.

 

GUIDO GIRARDI

“Yo fui autor del primer proyecto que prohibió el uso de fuegos artificiales para evitar que más niños siguieran quemándose con estos productos. Me parece correcta esta propuesta porque lamentablemente la cifra de estas lesiones ha ido creciendo”.

 

YASNA PROVOSTE

“Creo que en este proyecto es necesario presentar indicaciones. Me parece que hay que pensar en las personas del espectro autista que les molesta el ruido. Pero creo que otros contextos son distintos. Prefiero que se vote en general ahora”.

 

MARCELA SABAT

“Hace 20 años establecimos una legislación para sancionar el mal uso de fuegos artificiales pero solo quedó como falta y acá se establece como delito. Combatir el uso de pirotécnica es dar una batalla contra el narcotráfico”.

 

XIMENA RINCÓN

“Es urgente avanzar en esta materia pensando en los vecinos que sufren día a día la inseguridad que les provoca el uso de estos implementos que están en manos de delincuentes”.

 

CARLOS MONTES

“Yo viví en México y allá muchas culturas usar fuegos artificiales porque une a las personas. Acá pasa lo mismo. Ahora pienso que las armas son mucho más peligrosas, me preocupa su proliferación”.

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