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A tercer trámite

Fondo de Fomento del Deporte: focalizarán su asignación a los sectores más vulnerables

Por unanimidad, el Senado respaldó el proyecto que busca robustecer la importancia que tiene el deporte en el desarrollo social y comunitario de la población.

22 de septiembre de 2021

A tercer trámite despachó el Senado la moción que modifica la ley N° 19.712, del Deporte, para dar prioridad, en la asignación de los recursos del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte, a los sectores más vulnerables de la población.

 

El presidente de la Comisión de Educación y Cultura, senador Jaime Quintana, explicó que se busca robustecer la importancia que tiene el deporte en el desarrollo social y comunitario de la población, permitiendo el acceso a estas actividades a una gran parte de la población, mediante un replanteamiento de los objetivos a los que están destinados los recursos del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte, “ampliando la aplicación de la ley del deporte, estableciendo la priorización hacia la población más vulnerable”.

 

FOCALIZACIÓN

 

Al respecto precisó que en la instancia se ingresó una enmienda en donde se precisa que “a lo menos el 40% de los recursos del Fondo destinados a financiar proyectos de Formación para el Deporte, Deporte Recreativo y Deporte de Competición, deberán focalizarse preferentemente entre las personas o grupos vulnerables definidos en conformidad al numeral 3 del artículo 2 de la ley número 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica. Para ello, las bases de concurso establecerán siempre entre sus factores de priorización, la vulnerabilidad de la o las comunas beneficiarias y de la población objetivo del proyecto.”.

 

Con todo, el texto dispone que los recursos del Fondo deberán destinarse, prioritariamente, al financiamiento de planes, programas, actividades y proyectos de fomento de la educación física y de la formación para el deporte, dirigidos a la población vulnerable; y a la inversión en infraestructura ubicada en los territorios más carenciados.

 

Asimismo, establece que los fondos que se destinen al apoyo financiero del deporte de competición deberán distribuirse privilegiando a la población en edad escolar, población vulnerable, y a personas en situación de discapacidad.

 

Precisa que los recursos del Fondo de Fomento del Deporte que se destinen a apoyar financieramente al deporte de proyección internacional y de alto rendimiento, deberán focalizarse prioritariamente en deportistas que se encuentren en sus etapas más tempranas, tanto en la detección como en su formación.

DEBATE

 

Claudio Alvarado

“Generalmente estos fondos son asignados a aquellas instituciones que tienen la capacidad técnica para formular buenos proyectos (…), por ello se busca que estos recursos puedan llegar al máximo de la población posible”.

 

Felipe Kast  

“Es importante contar con deporte y políticas preventivas en materia de seguridad. Cuando un niño, un joven tiene acceso al deporte, el narcotraficante o quienes quieran vulnerar sus derechos, no pueden”

 

Alejandro Guillier

“Esto le da más libertad a los organismos del Estado, para priorizar políticas públicas y robustecer la importancia del deporte comunitario”.

 

José García Ruminot

“En la Comisión se estimó que lo más sano era acogerse a la definición de la ley 20.530, entendiendo como población vulnerable aquella que por su situación o condición social, económica, física, mental o sensorial (…) se encuentran en desventaja y requieren de un esfuerzo público especial (…)”.

 

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