Ejecutivo presenta 14 indicaciones al proyecto que permite el cambio en el orden de los apellidos
Una de ellas apunta a prohibir que personas que han cometido delitos puedan hacer la modificación de sus nombres y de ese modo aparecer ante la sociedad sin antecedentes
9 de abril de 2021
Para este lunes 12 de abril, la Comisión Especial encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género, dejó el pronunciamiento sobre las 14 indicaciones que presentó el Ejecutivo al proyecto que permite cambiar el orden de los apellidos con acuerdo de los padres.
La iniciativa que cumple su segundo trámite constitucional volvió a la citada instancia, luego que en la Sala se solicitara un segundo informe y a que el Ejecutivo manifestó su intención de presentar algunas modificaciones (vea nota relacionada).
Así las cosas, en la última sesión que tuvo la comisión, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín presentó las indicaciones y explicó el alcance de cada una de ellas. (Vea aquí la sesión)
Al respecto, las senadoras manifestaron que era necesario estudiarlas con tiempo y con los respectivos equipos asesores antes de pronunciarse, por lo que la idea es sesionar este lunes 12 a objeto de poder votar y despachar el proyecto para que sea visto en la Sala el martes 13.
No obstante, la senadora Adriana Muñoz manifestó que "no dejo de sorprenderme de cómo en 16 años no se hizo ninguna de estas observaciones y en una semana se nos presenta un proyecto nuevo".
En la misma línea se manifestó la presidenta de la Comisión, senadora Isabel Allende, quien además señaló que hay que revisar las indicaciones " y creo que trae algunas innovaciones como impedir que las personas que han cometido delitos se puedan cambiar el apellido y eso me parece relevante".
La senadora Ena Von Baer valoró las indicaciones presentadas, señalando que "hay temas que no había advertido en el proyecto de ley…qué pasa por ejemplo con alguien que ha cometido delitos y se cambia el nombre". En una línea similar se manifestó la senadora Marcela Sabat, quien señaló que se debe hacer un estudio acucioso de las indicaciones.
En tanto, la senadora Yasna Provoste manifestó que "estas indicaciones cambian radicalmente el proyecto y más allá que hay algunos aspectos que nos parecen interesantes, también creo que hay cosas que pueden ser vistas en un reglamento".
Entre los cambios propuestos por el Ejecutivo, uno que llamó la atención de las senadoras son los que agregan nuevas causales de rechazo, por las cuales el juez deberá decretar el rechazo de las solicitudes cuando se aprecie que existe riesgo de que se pueda afectar la seguridad de otras personas, o que existe riesgo de que se pueda afectar el desarrollo de procesos pendientes, o que existe riesgo de que se puedan cometer fraudes.
Asimismo, se trasladan al Código Civil las reglas para la determinación del orden de los apellidos en el momento de la inscripción.
También se desarrollan las distintas hipótesis que pueden presentarse al momento de la inscripción del nacimiento de un hijo o hija, y en consideración a las diversas reglas de determinación de la filiación que operan en dichos casos. Por ejemplo: madre y padre solteros, en que concurre solo el padre a inscribir presentando el certificado de parto y reconociendo en dicho acto; madre soltera y padre ausente, en que concurre solo la madre a inscribir; madre y padre casados, en que es innecesario que concurren ambos a inscribir.
Además, plantea normas para reforzar las reglas con el objeto de que el orden de los apellidos con que se inscribe al primer hijo o hija en común, regirá para el resto de los hijos comunes.
La Comisión también analizó la ratificación del Convenio N°190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la violencia y acoso en el mundo del trabajo, y la violencia y acoso por razón de género, para lo cual escuchó las exposiciones de la vicepresidenta de la Mujer de la CUT, Julia Requena y de Claudia Donaire.
Luego continuó con el estudio del proyecto que establece la calidad recíproca de carga familiar entre ambos cónyuges, para efectos de las prestaciones de salud que otorga la ley (boletín 11294-11), oportunidad en que analizó algunas indicaciones presentadas, dejando para la próxima semana la definición sobre el tema.