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Escolares de primero a cuarto básico podrán ser evaluados con notas tradicionales o criterios cualitativos

La propuesta que deberá ser votada en una próxima sesión ordinaria, establece que las comunidades educativas deberán tomar esa decisión dentro del primer año en que será publicada la ley.

28 de abril de 2020

En condiciones de ser visto por la Sala, quedó el proyecto en primer trámite, que modifica la Ley General de Educación con el objeto de complementar el sistema de evaluación correspondiente al nivel de educación básica, especialmente a los cursos primero a cuarto básico.

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Esto luego que los integrantes de la Comisión de Educación y Cultura sometieran a votación las indicaciones presentadas por legisladores, así el texto quedó aprobado en particular (articulado).

 

Durante la sesión realizada por teleconferencia, intervinieron los senadores Jaime Quintana (presidente de la instancia), Ena Von Baer, Yasna Provoste, José García Ruminot, Carlos Montes y Rodrigo Galilea. A su vez, en diversos momentos hizo uso de la palabra el Ministro de Educación, Raúl Figueroa.

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Gran parte del tiempo, los congresistas analizaron el rol que tendría la comunidad educativa a la hora de definir si se realizará una evaluación cuantitativa o cualitativa; la pertinencia de aprobar un artículo transitorio para fijar el plazo en que debiera aplicarse dicha decisión; y las normas que debería considerar el reglamento de evaluación.

 

Con todo el proyecto –iniciado en moción de los senadores Francisco Chahuán, Jaime Quintana, Juan Ignacio Latorre, Manuel José Ossandón y Yasna Provoste- quedó de la siguiente manera:

 

"Las evaluaciones correspondientes al nivel de educación básica, especialmente durante el primer ciclo básico, propenderán a la utilización de criterios cualitativos que permitan dar cuenta del nivel de logro de los objetivos planteados en las bases curriculares. Los establecimientos podrán incorporar estos criterios en su Reglamento de Evaluación, de acuerdo a la normativa vigente. La evaluación cualitativa, en caso de aplicarse, deberá considerar una retroalimentación permanente al estudiante y sus padres, madres y/o apoderados”.

 

El artículo transitorio, fue aprobado de la siguiente manera:

 

Dentro del plazo de un año desde publicada la presente ley, las comunidades educativas de los establecimientos educacionales que impartan el primer ciclo de la educación básica deberán desarrollar procesos de reflexión y consulta para tomar la decisión respecto de mantener o no el actual sistema de evaluación y calificación en base a una escala numérica de notas para este ciclo. Dicha definición deberá ser aprobada por el Consejo de Profesores e incorporada en el reglamento de evaluación de cada establecimiento”. 

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