Aprueban día de la mujer piloto y avanzan en ampliar femicidio
La Comisión Especial de Asuntos de la Mujer respaldó la idea de reconocer el trabajo de las mujeres en la aeronáutica del país e inició el estudio de las indicaciones a la denominada “Ley Gabriela”
6 de agosto de 2019En forma unánime la Comisión especial de la mujer del Senado aprobó declarar el 26 de julio de cada año como el día nacional de la mujer piloto, en reconocimiento a cada una de las mujeres de la aviación chilenas. Asimismo, la instancia inició la discusión de las indicaciones presentadas al proyecto que busca ampliar la figura del femicidio, también conocida como la “Ley Gabriela”. (Vea aquí la sesión)
La iniciativa que hace un reconocimiento a las mujeres dedicadas a la aviación (Boletín N° 12.795-07), fue presentada por los senadores Kenneth Pugh, Isabel Allende, Carmen Gloria Aravena, Luz Ebensperger y Ximena Rincón. La fecha escogida dice relación con que el 26 de julio de 1930, Graciela Cooper Godoy recibió su licencia de piloto aviador, convirtiéndose en la primera chilena y quinta latinoamericana en adquirir la calidad de piloto civil.
En la sesión estuvo presente la comandante de la Fach, Bernardita Astudillo, piloto de helicóptero y única mujer piloto de Blackhawk, quien dio a conocer su experiencia al interior de esa rama de las Fuerzas Armadas y destacó la igualdad de oportunidades que tenían hombres y mujeres a nivel profesional. Con la aprobación por parte de la Comisión, la iniciativa quedó en condiciones de ser votada por la Sala del Senado.
Tras la aprobación de esta iniciativa, la comisión especial de la mujer comenzó con el estudio en particular del proyecto que modifica el Código Penal para ampliar el delito de femicidio (Boletín N° 11.970-34), avanzando en ciertos temas específicos, los que continuarán analizando en la sesión de este miércoles.
En tal sentido, la comisión acordó sacar lo relativo al femicidio del artículo 390 donde actualmente está consagrado junto al parricidio. Asimismo, se creó un nuevo título sólo referido al femicidio y se avanzó en ampliar la figura.
Si bien no se ha aprobado un texto definitivo, pues se están analizando algunos elementos por incluir, en principio se planteó crear un inciso en el artículo 390 bis que señale que el delito será cuando sea cometido por un hombre contra una mujer que es o ha sido su cónyuge o conviviente, tiene o ha tenido una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia con éste o tienen un hijo en común.
La idea es que las sanciones sean de pena de presidio mayor en su grado máximo o presidio perpetuo calificado.
Dado que existen diversas aprensiones para evitar que la ley vulnere el principio de igualdad, se acordó continuar analizando esta materia con los expertos a fin de lograr una redacción armónica.