Por primera vez en Chile el femicidio podrá ser sancionado con penas de hasta 40 años de cárcel
26 de octubre de 2010Listo para ser promulgado como Ley de la República quedó el proyecto que, por primera vez, sancionará el delito de femicidio cometido ya sea por el cónyuge, ex cónyuge, conviviente o ex conviviente de una mujer.
Ello, luego de que el Senado aprobara, en forma unánime, el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias surgidas entre ambas Cámaras sobre la iniciativa.
Durante el debate intervinieron los senadores Soledad Alvear, Lily Pérez, Camilo Escalona, Alberto Espina, Patricio Walker y Ricardo Lagos Weber, además de la ministra del Sernam, Carolina Schmidt.
La senadora Soledad Alvear, en su calidad de presidenta de la Comisión Mixta, destacó la importancia de esta iniciativa legal que cumple con los requerimientos para abordar un tema tan complejo como éste. "Casi todas las semanas en Chile muere una mujer producto de la violencia, muchas veces de su pareja o conviviente", aseveró.
Por ello, "era fundamental tipificar el delito de femicidio, porque como sociedad hemos sido incapaces de resolver este tipo de problemas que forman parte de ese círculo maldito de la violencia intrafamiliar". Asimismo resaltó el hecho de haber incluido a cónyuges, convivientes, ex cónyuges y ex convivientes, "porque la realidad indica que la gran mayoría de parejas no es matrimonio y muchas veces esta situación de violencia se produce por ex parejas".
A su turno, la senadora Lily Pérez agradeció las gestiones de la ministra del Sernam para priorizar este proyecto y recordó que fue necesario que pasaran varios años antes de que "tomáramos conciencia de que la violencia intrafamiliar no es un problema privado de las familias chilenas sino de la sociedad y, que por lo tanto era necesario legislar".
Por su parte, el senador Camilo Escalona, valoró los esfuerzos de múltiples parlamentarios con respaldo de las diferentes bancadas para sacar adelante esta legislación. Precisó que la violencia intrafamiliar es "un problema gravísimo, más aún en las zonas rurales", pero más grave es que más allá de la ley y de la inversión del Estado, "todavía desde el punto de vista cultural se entiende como normal el abuso contra la mujer, tanto en la sociedad civil como en las instituciones uniformadas".
El senador Alberto Espina, aseveró que existen "muchos delitos de violencia intrafamiliar pero nuestro sistema jurídico no ha sido capaz de enfrentarlo porque es muy difícil hacerlo. Al tipificar el delito de femicidio se está dando una señal desde el Estado en orden a tomar conciencia de que este es un delito que se comete con tremenda cobardía e indefensión de la víctima y también para prevenir este tipo de hechos".
En tanto, el senador Patricio Walker adhirió a las felicitaciones tanto a la actual ministra del Sernam como a su antecesora y recordó que "en lo que va del año se han cometido 36 femicidios", y si bien este proyecto "no es la solución al problema ayuda a sancionar drásticamente conductas que son claramente intolerables". Destacó las reformas al Código Penal para perfeccionar el delito de parricidio incluyendo a quienes hayan sido cónyuges o convivientes de la víctima y las medidas de prevención.
Coincidió con sus pares el senador Ricardo Lagos Weber quien indicó que con este proyecto "se está cautelando a la mujer" y señaló que si bien la violencia intrafamiliar y contra la mujer ha existido desde tiempos inmemoriales, "solo hace pocos años se ha tomado conciencia de que es un delito". Recordó que "la ex Presidenta Bachelet reflejó la importancia de la igualdad entre hombres y mujeres y por eso es importante con esta legislación plasmar el respeto a la mujer"
Finalmente, la ministra de Sernam Carolina Schmidt, agradeció el respaldo transversal a esta legislación que si bien no va a disminuir el número de femicidios, sí constituye una "señal muy clara y potente de lo que nuestro país valora y acepta". Agregó que "la violencia intrafamiliar no es un problema de mujeres sino de nuestra sociedad y de nuestro país".
CONTENIDO DE LA INICIATIVA
En lo fundamental, el proyecto introduce un castigo ejemplar para el delito de femicidio, que sanciona al que asesina a su cónyuge, ex cónyuge, conviviente o ex conviviente, imponiéndole una pena que va entre los quince años y un día a cuarenta años de cárcel, sin posibilidad de beneficios carcelarios antes de estos plazos.
Si bien este delito abarcará a las víctimas hombres o mujeres, pero cuando la víctima sea una mujer tomará el nombre de femicidio.
Asimismo, la iniciativa modifica las normas sobre violación, indicando que se aumentará la pena si el delincuente actúa a traición o sobre seguro, o si el delito se comete por dos o más malhechores. Agrega que si la víctima de una violación es un menor de edad y el violador es la persona llamada por ley para autorizarlo a que salga del país (por ejemplo, su padre), con el sólo mérito de la sentencia condenatoria no se requerirá más su autorización.
También se modifican algunas normas de la Ley de Violencia Intrafamiliar estableciendo precisiones para los casos en que la cónyuge, ex cónyuge, conviviente o ex conviviente se encuentre en situación de riesgo inminente de violencia, ante lo cual el juez de familia deberá dictar inmediatamente una medida de protección.
Además, se establece la obligación para el agresor de presentarse regularmente a la unidad policial que señale el juez.
Por último, se dispone que el juez que sancione el delito de violencia intrafamiliar no podrá considerar, para bajar la sanción a imponer, que el responsable tuvo una irreprochable conducta anterior si tiene anotaciones previas por violencia intrafamiliar o medidas de protección dictadas por algún juez en su contra por esta causa.