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Matrimonio... ni tan igualitario

Por Isabel Allende, senadora por la Región de Atacama

8 de septiembre de 2017

Imagen foto_00000002Hemos tenido buenas noticias ya que el gobierno continúa en el cumplimiento de su programa en materias de “no discriminación” en el ámbito familiar.

Ya habíamos avanzado en el reconocimiento de las uniones civiles de las personas que son convivientes, pero no querían contraer matrimonio, incorporándose dentro de esta la regulación de las relaciones homoafectivas. El siguiente paso era impulsar un diálogo y debate abierto, que permita presentar un proyecto de matrimonio igualitario que reconozca el derecho de las minorías sexuales a contraer dicho vínculo solemne.

 

Con esto seguimos consolidando la creación de un Estado que reconozca el derecho de las personas a desarrollar su vida afectiva de acuerdo con sus preferencias, pudiendo ser la base del reconocimiento de un tipo de familia que, hasta hoy, no se encontraba amparado, pero que es una realidad de décadas. Con esto seguimos avanzando en derribar los prejuicios existentes respecto al tema.

 

Este es un logro que consolida la justicia y la igualdad, donde las relaciones homoafectivas podrán tener los mismos derechos y deberes, que una relación hetero. Entonces lo que hace la ley, no es crear instituciones, sino que sólo iguala y equipara a todas las personas en relación a ésta. Anteriormente, la ley sólo reconocía que el matrimonio era entre un hombre y una mujer, ahora sólo serán llamados cónyuges, no importando el sexo o el género para la consagración de dicho contrato.

 

Gracias a esta calidad de cónyuges, las parejas del mismo sexo podrán tener derecho a adoptar a un niño o niña, regulándose por las reglas generales. Hasta hoy no existen fundamentos racionales para no permitir a una pareja del mismo sexo adoptar a un niño o una niña.

 

Esperamos que este debate sirva para reconocer realmente una institución como el matrimonio como igualitario, es decir, donde los cónyuges tengamos relaciones equitativas. Esto por cuanto hoy las mujeres casadas en sociedad conyugal están supeditadas a la autorización del marido para poder vender, ceder o enajenar algún bien del cual sean dueñas, mientras que la misma prohibición no recae sobre el hombre.  Además, el hombre continúa siendo el único administrador de los bienes comunes de la sociedad conyugal.

 

De acuerdo con lo anterior, nuestro sistema sigue amparando un sistema de sumisión de la mujer a la voluntad del marido, lo cual no tiene justificación. Por esto es que creemos que no podemos hablar de matrimonio igualitario, mientras no sea corregida dicha situación.

 

Esta institución no tiene que ver sólo con el reconocimiento de las relaciones homoafectivas, sino que, también, requiere democratizar las relaciones de los cónyuges de distinto sexo en materias patrimoniales, terminando con una injusta discriminación.         

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