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Iniciarán estudio de proyecto que beneficia a víctimas de explosiones de minas antipersonales

La iniciativa busca entregar reparación económica y asistencia en rehabilitación e inclusión a quienes se hayan visto afectados por estos artefactos explosivos.

12 de febrero de 2015

Imagen foto_00000016Compensaciones económicas de hasta 900 Unidades de Fomento (alrededor de 22 millones de pesos, aproximadamente) y una serie de beneficios en materia de salud y rehabilitación para las víctimas de explosiones de minas antipersonales, contempla el proyecto, en segundo trámite, que comenzará a estudiar la Comisión de Defensa del Senado, al regreso del receso legislativo.

 

La iniciativa tiene por objetivo proporcionar reparación y asistencia en rehabilitación e inclusión social a las víctimas de accidentes ocasionados por minas o artefactos explosivos de cargo de las Fuerzas Armadas, que hayan quedado abandonados y sin estallar.

 

Entre los beneficiarios de esta iniciativa están quienes resulten con una o más deficiencias físicas o sensoriales como consecuencia de la explosión de una mina o artefacto explosivo de cargo de las Fuerzas Armadas, que quedare abandonado y sin estallar, y quienes tengan la calidad de herederos de la persona que fallezca como consecuencia de la explosión.

 

BENEFICIOS

 

Las distintas reparaciones económicas y médicas contemplados en esta iniciativa son:

 

  • 900 UF a quienes tengan la calidad de herederos de la persona que fallezca como consecuencia de la explosión de una mina o artefacto explosivo de cargo de las Fuerzas Armadas, que quedare abandonado y sin estallar.
  • 900 UF para las víctimas que resulten con una discapacidad igual o superior a 67%. Es decir, quienes resulten con una o más deficiencias físicas o sensoriales como consecuencia de la explosión de una mina o artefacto explosivo de cargo de las Fuerzas Armadas, que quedare abandonado y sin estallar.
  • Hasta 600 UF a las víctimas que resulten con una discapacidad igual o inferior a 66%. En estos casos, el monto exacto y definitivo será equivalente a 10 UF por cada punto porcentual de grado de discapacidad de la víctima, correspondiendo una reparación de 660 UF a la persona que presente un grado de discapacidad de 66%.
  •  Asistencia preferente y gratuita en Fonasa
  •  Acceso gratuito a prótesis y órtesis
  •  Reembolso de hasta 900 UF por gastos médicos causados por el accidente.
  •  Gastos por fallecimiento. 45 UF
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