Publicidad en carreteras: evalúan incorporar más regulaciones en proyecto que están analizando
La Comisión de Obras Públicas de la Cámara Alta realizó audiencias con especialistas y ministros de Estado, tras lo cual acordó darse dos semanas para verificar si la iniciativa cumple a cabalidad con el objetivo de regular esa materia en todos sus aspectos.
6 de marzo de 2015Un plazo de dos semanas se fijó la Comisión de Obras Públicas del Senado para evaluar la incorporación de nuevas disposiciones al proyecto que modifica normas de seguridad para la instalación de toda clase de dispositivos de publicidad en caminos públicos, sus fajas adyacentes y áreas circundantes, que está cumpliendo su primer trámite.
Así lo informó el presidente de dicha instancia legislativa, senador Jaime Quintana, al término de la sesión en que recibieron a la Ministra de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball; al profesor Francisco Frésard y al abogado de la Asociación de Medios de Publicidad Exterior (AMPE), Gabriel Zaliasnik, para conocer sus opiniones sobre la iniciativa.
Según el legislador, la idea es complementar el contenido de la moción que están analizando, extendiendo las regulaciones de la publicidad vial al ámbito urbano e incorporando las recomendaciones formuladas por los expertos que expusieron ante la Comisión.
“Hemos detectado que hay varios ámbitos que probablemente quedan fuera de este proyecto y por lo tanto, lo que tenemos que ver es si este proyecto por sí solo cumple los objetivos de regular una normativa que existe para el tema de la publicidad caminera, pero que está muy dispersa, especialmente en lo que es la vialidad pública de obras públicas, pero que es muy insuficiente en relación a lo que pasa en varias ciudades”, explicó el senador.
Agregó que “hoy día tenemos publicidad en rotondas, donde no debiese existir; tenemos publicidad en intersecciones semaforizadas, donde no debiese existir y la discusión hoy día ha sido el impacto que esta publicidad tiene en la seguridad vial y por lo tanto el ánimo de los cinco senadores de esta Comisión es definir pronto si este proyecto por sí solo permite cumplir los objetivos de normar temas que están muy dispersos o bien buscar una iniciativa que vaya un poco más allá y se fije objetivos un tanto más ambiciosos que tengan en cuenta el tema de la regulación de la publicidad caminera y también la seguridad vial que es fundamental”.
- Prohíbe la colocación de letreros publicitarios, avisos de propaganda o cualquiera otra forma de anuncios comerciales, a distancias inferiores a 500 mts. - uno de otro tanto en los caminos públicos del país, como dentro de la faja adyacente de los dichos caminos, así como en las áreas circundantes en que se puedan percibir, de manera que afecten el normal tránsito y generen condiciones de distracción que impliquen inseguridad en la conducción de vehículos.
- Los letreros que tengan sistemas de iluminación y aquellos que tengan elementos que se muevan o cambien de color, requerirán para ser instalados de un Estudio Técnico elaborado por un Ingeniero en Transportes o Prevención de Riesgos, él que demostrará fehacientemente que dicho letrero no afecta las condiciones de seguridad para los conductores de los distintos tipos de vehículos. Los letreros que se instalen en puntos o lugares peligrosos, deberán contar, con el mismo estudio.
- Toda contravención a esta norma, será sancionada con multa de 10 a 100 Unidades Tributarias Mensuales, y en los 10 kilómetros circundantes a las áreas metropolitanas, dicha multa será de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales.
- Una vez entrada en vigencia la presente ley, las personas naturales o jurídicas que tengan instalados los letreros que contravengan esta ley, tendrán un plazo de 6 meses para proceder a su retiro.