Proyecto sobre cierre de calles y pasajes será visto por una Comisión Mixta
Esto, luego de que la Cámara, en tercer trámite, desestimara la enmienda que establece el margen exigido para enviar la solicitud.
19 de noviembre de 2021Una Comisión Mixta, conformada por senadores y diputados, será la instancia encargada de resolver las divergencias en torno al proyecto que modifica la ley orgánica constitucional de municipalidades en materia de cierre o instalación de medidas de control de acceso en calles o pasajes, por motivos de seguridad.
Esto es, a través de la flexibilización de la actual legislación, buscando conciliar el libre tránsito de personas y el derecho de los ciudadanos a proveerse de condiciones de mayor seguridad, procurando el acuerdo de los propietarios y moradores y garantizando el acceso a los vehículos de emergencia, de utilidad pública y de beneficio comunitario.
Si bien la Cámara de Diputadas y Diputados respaldó gran parte de las enmiendas propuestas por el Senado, desestimó que la solicitud del cierre de calles o pasajes sea suscrita por al menos el 85% de los propietarios, sus representantes o moradores
Cabe recordar que la ley vigente exige el acuerdo del 90% y la Cámara propuso rebajarlo a 75% y es justamente este punto el que deberá ser despejado por la Mixta.
En el marco de las atribuciones legales de las municipalidades, se establece que estas podrán autorizar, por un plazo de 5 años, el cierre o la implementación de medidas de control de acceso a calles y pasajes, o a conjuntos habitacionales urbanos o rurales con una misma vía de acceso y salida, con el objeto de garantizar la seguridad de los vecinos.
En este contexto, el proyecto especifica que, en idénticos términos, se podrá autorizar cuando exista un acceso y salida diferentes. Ello, siempre que no se limite ni entorpezca, en forma alguna, el tránsito peatonal. Además, en todo momento, se permitirá el acceso a los vehículos de emergencia, seguridad y utilidad pública y de beneficio comunitario.
Las medidas de control de acceso y cierre podrán funcionar "por un lapso no superior a siete horas continuas" y los municipios podrán autorizar excepcionalmente periodos de cierre que no excedan de diez horas continuas, fundado en especiales motivos de seguridad y siempre que no haya afectación relevante del tránsito.