Robos a la salida de bancos: ¿cómo dar más privacidad a los clientes?
Los senadores Insulza y Walker son los impulsores de una iniciativa que apuesta por instalar barreras visuales en la línea de las cajas, ocultar los contadores de billetes y reforzar el derecho de admisión a este tipo de instituciones.
6 de junio de 2022De un hecho aislado a pan de cada día. Así ha mutado el fenómeno delictual conocido como “robo a la salida de bancos”. Es decir, ir a una sucursal sacar dinero y dirigirse al hogar o lugar de trabajo, se ha transformado en una verdadera odisea cuando los delincuentes establecen un perímetro de seguimiento a los clientes.
En ese contexto, los senadores José Miguel Insulza y Matías Walker presentaron una moción que regula las medidas de seguridad aplicables en las cajas de atención de público de las instituciones bancarias y financieras.
La propuesta que será vista por los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, tiene como objetivo prevenir la ocurrencia de este tipo de delitos, que en la mayoría de los casos es caratulado como robo con intimidación. Asimismo señalaron que "todo indica que el principal problema es la falta de privacidad de los clientes".
Los legisladores recuerdan las estadísticas: dentro el periodo comprendido entre los años 2017 al 2021, ocurrieron 2002 robos a la salida de bancos. De enero a marzo del 2021, 95 asaltos, y en el mismo trimestre del 2022, el número se incrementó en un 79 %. En el primer semestre de este año, ya se cuentan 160 de estos casos.
Por lo mismo, el Ministerio Público ya cuenta con un catastro de las sucursales bancarias donde más se han repetido los asaltos con el mismo modus operandi: marcaje al interior del banco por personas que fingen ser clientes y, por medio de teléfonos celulares, dan señas y características de quienes se encuentran retirando el dinero.
Para realizar este marcaje, delincuentes que simulan ser clientes ingresan y permanecen en el interior de los bancos, observando y escuchando hacia el sector de cajas de atención al público. Con esta posición privilegiada detectan los clientes que retiran dinero, para posteriormente tomarles fotografías o describir sus vestimentas y enviar esta información por medio de teléfonos móviles a otro grupo de delincuentes que se encuentran fuera del banco. Estos siguen a la víctima cuando sale del banco, para luego interceptarla y sustraerles su dinero. Este asalto ocurre normalmente con violencia o intimidación y, a veces, incluso con resultado de muerte.
En concreto, la moción dispone diversas medidas, entre ellas:
Separación del área de cajas y de espera de atención. Se deberá contar con barreras visuales para la protección de la privacidad en las transacciones en la caja o línea de cajas, de forma que las personas que están a la espera de ser atendido por las referidas cajas no puedan observar las actividades que se desarrollan en esos lugares. Las referidas barreras deberán permitir la visualización desde la posición de las cajas hacia el recinto de espera atención al público pero no a la inversa.
Silenciamiento y ocultamiento de máquinas contadoras de billetes. Toda caja de atención de público que cuente con una máquina contadora de billetes, deberá tomar medidas para asegurar el silenciamiento y ocultamiento de ésta, que impida que desde la zona de espera, o de la caja contigua, se logre percibir o escuchar cuando se esté realizando un retiro sumas de dinero.
Sistema de grabación de imágenes. Las entidades obligadas deberán adoptar las medidas para que la caja o línea de cajas y el recinto donde se encuentre instalada, cuenten con un sistema de grabación de imágenes de alta definición, que mediante una cámara externa capte y almacene aquella actividad que se produzca en torno a la caja durante su operación. El sistema de grabación estará conectado en línea a una central de monitoreo, perteneciente a la entidad obligada o contratada por la misma especialmente para estos efectos.
Las entidades obligadas deberán ejercer el derecho de admisión, respecto de quienes infrinjan las condiciones de ingreso y permanencia o cuando existan motivos que justifiquen razonablemente la utilización de dicha facultad. Son condiciones de ingreso y permanencia las siguientes: no utilizar sombreros u otros atuendos que oculten el cabello total o parcialmente, no utilizar anteojos de sol u oscuros que oculten los ojos y no utilizar terminales de telefonía móvil u otros aparatos electrónicos de comunicación, incluyendo tabletas y computadores portátiles.