Comisión de Transportes ad portas de votar norma que transforma de grave a gravísima la sanción por conducir manipulando un celular
En la última sesión, los legisladores escucharon a representantes de las víctimas, jueces y encargados de la prevención. Todos dejaron en evidencia la necesidad de generar conciencia respecto a lo peligrosa que es esta conducta, abriéndose la posibilidad de estudiar atenuantes (urgencias médicas) y agravantes (conductores profesionales).
1 de agosto de 2019Una segunda mirada al proyecto que modifica la ley de Tránsito, aumentando la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, dieron los integrantes de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones en su última sesión.
La iniciativa de artículo único que cursa su segundo trámite, comenzó ser estudiada en general por los congresistas en sesiones previas. En la última jornada, escucharon a la jefa del observatorio de datos de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), Carla Medina; al subsecretario de la cartera, José Luis Domínguez; al presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, Andrés Celedón; y a una víctima de un accidente de tránsito por esta causa, la matrona Claudia Rodríguez.
La idea central del texto iniciado en moción, es que la conducción y la manipulación de un celular a la vez pase de ser una infracción grave a gravísima, es decir, se deba cancelar 1,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) (entre 73 mil pesos y fracción a 147 mil pesos y fracción) Además esto implica que no se puede acceder a rebaja en la cancelación de la multa, lo que sí se aplica en el caso de faltas de menor cuantía; y se traduce en la suspensión de la licencia de conducir de 5 a 45 días.
Se espera que en la próxima sesión se someta a votación la idea de legislar y el articulado del texto mejorado su contenido, considerando las diversas reflexiones que se hicieron en la oportunidad.
La representante de la Conaset entregó algunas estadísticas. El año pasado hubo 1507 fallecidos productos de accidentes de tránsito, lo que está dentro de los parámetros anuales. La causa más frecuente de siniestros y de fallecidos es la imprudencia del conductor. En relación a esta conducta, en el 2018 hubo más de 41 mil accidentes vehiculares, 401 fallecidos y 22 mil lesionados.
La profesional explicó que Conaset agrupa varias causas de siniestros bajo el término imprudencia del conductor, de allí que esté dentro de esta, no estar atento a las condiciones de tránsito, particularmente por manipular un dispositivo celular, los que hoy alcanzan en el país poco más de 30 millones de unidades.
Describió que “en el 2017 hicimos un estudio de observación, en el que se determinó que el 11% de los conductores revisa el celular mientras conduce y un 4% habla sin manos libres”. En relación a aquellos, explicó que “diversos estudios demuestran que el riesgo de accidente sube 4 veces cuando se habla por celular mientras se conduce y que los efectos de la distracción están a la par de lo que ocurre cuando se maneja bajo la influencia del alcohol”.
Medina recordó que el Informe de Situación Mundial de Seguridad Vial del 2018 indicó que no solo hablar usando dispositivos móviles mientras se conduce es una conducta de riesgo, sino también textear (responder correos electrónicos, mensajes de texto o whatsapp, por ejemplo) De hecho se estimó que hacerlo, aumenta 23 veces el riesgo de accidente y rebaja la capacidad de reacción en un 50%.
“Asimismo, la Organización de Naciones Unidas (ONU) presentó los objetivos globales de rendimiento voluntario sobre seguridad, en los que establece como meta al 2030 que sus países miembros cuentan con legislación que limite o prohíba el uso de estos dispositivos en condiciones de conducción”, explicó.
Al respecto, el subsecretario de Transportes, José Luis Domínguez reconoció que en la actualidad existe el uso de manos libres y de plataformas insertadas en los automóviles que permiten contestar el celular al conducir sin distraer demasiado, e incluso existen sistemas que leen y escriben en las aplicaciones móviles del conductor.
El texto –aprobado en su primer trámite por la Cámara de Diputados- introduce como infracción o contravención gravísima en la ley de Tránsito: “conducir vehículos haciendo uso o manipulando dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio electrónico, aplicación o sistema de comunicación de entretenimiento móvil, salvo los dispositivos de manos libres y de georreferenciación, cuyo uso no distraiga la conducción”.
En la Comisión se propuso un texto muy similar que motivó un debate acerca de qué se entiende por manipulación de estos dispositivos. Al respecto, el presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, Andrés Celedón, quien hizo énfasis en la necesidad de dejar claro qué elementos quedarán fuera de la definición como puede ser un reloj u otro objeto electrónico. “Creo que se debería sancionar los sistemas de comunicación que son los que distraen la conducción” aclaró precisando que “estar detenido no es lo mismo que estar conduciendo”.
Desde la práctica, comentó que “el principal problema en este tipo de delitos es la prueba porque muchas veces suena el teléfono en el auto, el conductor lo toma pero no alcanza a responder, y Carabineros lo denuncia”. Asimismo, hizo ver debería sancionarse con más firmeza esta infracción cuando la comete un conductor profesional que dirige un bus, taxi o camión, puesto que transporta a más personas. También mencionó como fuente de distracción a las pantallas (televisores, tabletas, etc).