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Respaldo unánime

A ley proyecto que permite reservar el agua para usos prioritarios en estado de catástrofe

La Sala del Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta destinado a resolver las divergencias entre ambas ramas del Congreso

30 de marzo de 2021

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Con la aprobación unánime del Senado, el proyecto que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, quedó en condiciones de ser remitido al Ejecutivo.

 

La Sala aprobó el informe de la Comisión Mixta que se constituyó para resolver las divergencias que se generaron entre las dos ramas del Congreso, las que fueron explicadas por la presidenta de la Comisión de Recursos Hídricos, senadora Adriana Muñoz, quien detalló cómo quedó redactado el proyecto.

 

En lo principal, indicó que se incorporaron disposiciones para reforzar las atribuciones del Mandatario en ese sentido y que se agregó el deber de éste, de comunicar detalladamente al Congreso Nacional las medidas especialmente adoptadas en virtud de las facultades extraordinarias que se le conceden.

 

Durante la votación intervinieron los senadores Isabel Allende, Juan Ignacio LatorreAlfonso De Urresti, Guido Girardi, Francisco Chahuán, Rodrigo Galilea, Jaime Quintana y Manuel José Ossandón.

 

Hubo coincidencia en la importancia de garantizar el uso prioritario del agua, sobre todo en contexto de pandemia, cuando se hace necesario el vital elemento para implementar medidas sanitarias.

 

Asimismo, se destacó el hecho que el Mandatario deba informar al Congreso sobre las medidas adoptadas.

 

No obstante, también se señaló la importancia de avanzar en la generación de infraestructura que permita que el agua no se pierda, más aún frente al cambio climático que ha generado una disminución de las lluvias.

 

CONTENIDO DEL PROYECTO

 

La iniciativa tiene por objeto orientar legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, con el fin de garantizar en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales, el acceso y disponibilidad en cantidades suficientes de agua a la población afectada.

 

Para ello, autoriza al Presidente de la República para que, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública así decretado, utilice las facultades extraordinarias que esta declaratoria le otorga, con el objetivo particular de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública existente.

 

Asimismo, impone al Mandatario el deber de comunicar detalladamente al Congreso Nacional las medidas especialmente adoptadas en virtud de las facultades extraordinarias que se le conceden.

 

Finalmente, dispone que, durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a causa de la pandemia por Covid 19, actualmente vigente,  la información deberá ser entregada al Congreso Nacional en un plazo de 15 días desde la publicación de la ley.

 

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