Abogan por medidas reactivadoras del crecimiento económico y consideran insuficiente anuncio de adecuaciones a la reforma tributaria
Senadores García Ruminot y Coloma precisaron que lo que necesita el país en forma urgente son un paquete de medidas reactivadoras y mucho más estructurales.
11 de agosto de 2015Su convencimiento de que solo un mayor crecimiento y desarrollo contribuye en forma efectiva a una mayor recaudación tributaria expresaron los senadores José García Ruminot y Juan Antonio Coloma.
Los legisladores se refirieron así al anuncio efectuado por el Ejecutivo en torno a elaborar un proyecto para simplificar la reforma tributaria.
Aunque el senador García Ruminot mencionó que esperará conocer el texto del nuevo proyecto de ley adelantó que lo que realmente se necesita son: medidas reactivadoras y una rebaja de la carga tributaria.
"Aquí el verdadero problema del país es que está creciendo menos de lo que se esperaba, es decir, se estimaba un crecimiento del PIB entre 4 y 5% y el país es testigo que esto no está ocurriendo y estamos lejos de este guarismo", dijo el senador García Ruminot.
Al respecto consideró que lo que se requiere es "bajar carga tributaria que se sube con la reforma tributaria. Llevamos meses desde que asumió el nuevo Ministro Hacienda y la verdad es que nos quedamos con anuncios que no apuntan al problema de fondo".
Se trata que existan más recursos en el sector privado para crecer y activar más y eso es lo que el Fisco necesita para recaudar más recursos". "Sin crecimiento no habrá financiamiento para programas sociales"
Por su parte, el senador Coloma lamentó que "el gobierno haya perdido una gran oportunidad, porque el país está esperando un rumbo nuevo". Asimismo lamentó "la descoordinación que ha habido entre el gabinete y la Presidenta" y agregó que esperaría "anuncios más ciertos".
A su juicio, "el país necesita reactivar en forma grande y potente. Estamos chantados en crecimiento e inversión" y aseveró que los últimos anuncios "no son lo que el país necesita".
De acuerdo a lo expresado por el ministro de Hacienda, este año se enviará al Congreso un proyecto de ley que propondrá un conjunto acotado de ajustes técnicos que permita simplificar la aplicación de la Reforma Tributaria. De este modo, dijo, se busca cautelar que la aplicación de la reforma tributaria sea simple, de modo que facilite el pago de impuestos, reduzca los riesgos de elusión y evasión, además de hacer fluido el proceso de recaudación.
El ministro formuló estos anuncios junto al subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco; a los presidentes de las comisiones de Hacienda del Senado y la Cámara Baja, Andrés Zaldívar y Pepe Auth, respectivamente; y al diputado Pablo Lorenzini.
Las modificaciones que se propondrán son las siguientes:
1.- Impuesto a la renta
Con la ley actual, la interacción de dos mecanismos de tributación -renta atribuida y semi integrado- produce complicaciones operacionales cuando se trata de cadenas o grupos de empresas relacionadas. Por un lado, esto obliga a tener normas especiales para cada interacción, lo que aumentaría la complejidad del sistema. Por otro, valiéndose de la complejidad se podría facilitar el desarrollo de estructuras societarias que se organicen para eludir impuestos, lo que se busca evitar.
Por esto, se propondrá que sólo puedan optar por el sistema de renta atribuida aquellas empresas que tengan socios, propietarios o accionistas que sean exclusivamente personas naturales contribuyentes del impuesto global complementario.
En el caso del sistema de tributación simplificada contenido en el artículo 14 ter, en el cual también se atribuyen las rentas, podrán acceder empresas cuyos dueños, socios o accionistas sean, además de las personas naturales, personas jurídicas que opten por el sistema de atribución de rentas. “Al final del día de lo que se trata es de separar los sistemas y mantener el sistema atribuido como opción solo para empresas que son más simples. Esto no va a bajar la capacidad de allegar recursos al Fisco”, explicó Valdés.
Ante una consulta, precisó que el sistema de tributación semi integrado se mantiene y queda como la norma única general para “empresas complejas, que tienen a personas jurídicas como propietarios”.
2.- Precisiones
La interacción de algunas disposiciones de la reforma y la aplicación de ciertas normas transitorias y de vigencia, han producido como efectos indeseados que se graven ciertas operaciones que no se previó gravar o que pueden limitar el acceso a beneficios previstos en la reforma.
Por esto, se precisará que las operaciones de leasing iniciadas con anterioridad al 1° de enero de 2016 no serán gravadas con IVA.
En el caso de operaciones inmobiliarias que ya están exentas del pago del IVA, se precisará que las promesas de compraventa sobre esas mismas operaciones también deben quedar exentas.
En el caso de ventas de viviendas financiadas con subsidios del Estado que excepcionalmente se realicen en forma directa por la constructora al beneficiario del subsidio, se podrá invocar el beneficio del crédito especial del IVA a la construcción de forma similar a como ocurrirá con los contratos generales de construcción.
Respecto de la Norma General Antielusión, ella se aplica respecto de los hechos, actos o negocios, o conjunto o serie de ellos, realizados o concluidos a partir de la vigencia de esta norma. Se precisará que la norma no incluye los casos en que los elementos esenciales para determinar sus efectos tributarios se encuentren fijados con anterioridad a la citada vigencia, tomando los resguardos necesarios para evitar que esta precisión se constituya en una ventana de potencial elusión. Esto busca aclarar que esta norma no se aplicará a casos tales como un contrato de arrendamiento vigente celebrado hace 10 años, cuyas cuotas continúen venciendo, siempre que con posterioridad a la entrada en vigencia de la norma antielusión no se modifiquen sus elementos esenciales.