Incorporación de trabajadores independientes a regímenes de protección social a segundo trámite
La Sala despachó el texto en particular que modifica las normas para la incorporación de los trabajadores independientes a los regímenes de protección social.
11 de diciembre de 2018Por 23 votos a favor y 2 abstenciones la Sala del Senado despachó en particular el proyecto que incorpora a los trabajadores independientes a los regímenes de protección social.
De este modo, la iniciativa que cuenta con urgencia de discusión inmediata, es decir de 6 días para ser tramitado por cada rama legislativa quedó en condiciones de cumplir su segundo trámite, en la Cámara de Diputados.
Cabe recordar que el proyecto apunta a instaurar la obligatoriedad de cotizar por parte de los trabajadores independientes para tener acceso a las prestaciones de seguridad social, la que se materializará en la declaración anual de impuestos de abril de cada año, a partir del 2019, aumentándose gradualmente la retención del 10% por los honorarios hasta llegar al 17%, sobre una base imponible del 80% de la renta bruta anual.
La obligación rige para los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios por cuatro o más ingresos mínimos mensuales y que tengan menos de 55 años los hombres y menos de 50 las mujeres al 1 de enero de 2012.
En tanto, la cotización para pensiones se calculará como la diferencia entre la retención y el pago realizado a los diferentes regímenes previsionales y será incrementada gradualmente desde un 3% hasta llegar al 10%.