Reajuste para personal de jardines dependientes de la JUNJI: más de 2 mil beneficiados
Por unanimidad, el Senado respaldó al proyecto que, además, entrega un bono compensatorio a quienes se desempeña en los establecimientos VTF que fueron traspasados a los servicios locales de educación.
6 de octubre de 2021Agradeciendo la constante labor de todas las dirigentas nacionales de jardines infantiles VTF, el Senado entregó un cerrado respaldo al proyecto que establece reajuste de remuneraciones y otros beneficios legales para el personal que se desempeña en los establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles, vía transferencia de fondos traspasados a los servicios locales de educación (VTF).
El texto -que quedó en condiciones de convertirse en ley y fue analizado por las Comisiones de Educación y Hacienda unidas-, incorpora a los beneficios de la ley Nº 21.306, referida al reajuste del sector público, a los directores, educadores de párvulos y asistentes de la educación que se desempeñan en los establecimientos de los jardines infantiles VTF, siendo traspasados a los servicios locales de educación pública, no fueron sujetos de la misma, y otorgarles un bono compensatorio.
Durante la sesión -que fue seguida desde las tribunas por las dirigentas del sector- se valoró el rol de las trabajadoras y se reconoció que, con esta ley se “hace justicia" y "se repara” un daño causado.
La senadora Yasna Provoste, precisó que “la moción establece un compromiso adquirido en Hacienda tras la aprobación de la ley de reajuste del sector público”.
En la misma línea, la senadora Ximena Rincón, presidenta de la Comisión de Hacienda, valoró la norma que significa “un mayor gasto fiscal de 1.348 millones con cargo a la Subsecretaría de Educación Parvularia y otorga un bono compensatorio, por única vez, de 400 mil pesos. (…) Las Comisiones unidas logramos recabar la unanimidad, dando respuesta a una demanda legítima y justa para los trabajadores del sector”.
Luego, el senador José García Ruminot sentenció que “este proyecto hace justicia, se está reparando un daño que le ocasionamos a funcionarios de JUNJI”.
A su turno, el senador Juan Antonio Coloma valoró que con esta legislación “se corrija un error, una injusticia. Destaco especialmente todo el trabajo que hicieron las dirigentes de jardines VTF y la Dipres”.
A juicio del senador Alfonso De Urresti, el debate de fondo son “las trabajadores de VTF quienes hace largo tiempo estaban postergadas. Es fundamental avanzar en una normalización y tratamiento integral”.
La senadora Adriana Muñoz reconoció la labor de las dirigentes VTF, “fueron ellas las que trabajaron hasta convencer al gobierno que se había cometido una injustica”.
“Se viene a hacer justicia (…) y felicito a sus dirigentes que han estado en permanente contacto e informando a sus bases”, señaló el senador Juan Ignacio Latorre.
Por último, el senador Alejandro Navarro indicó que “este proyecto da certidumbre” y recalcó la “tarea hermosa que cumplen con cuidar a nuestros niños”.
- Otorga, a contar de la fecha de publicación del presente proyecto como ley, el reajuste diferenciado de remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles para salud y pensiones, o no imponibles, establecido en la ley N° 21.306 sobre reajuste de remuneraciones del Sector Público, de los directores, educadores de párvulos y los asistentes de la educación, que se desempeñan en los establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles vía transferencia de fondos traspasados a los servicios locales de educación pública.
- Dispone que dicho reajuste será de cargo de la entidad empleadora correspondiente, y ascenderá a un 2,7% para los funcionarios que perciban una remuneración bruta igual o inferior a $2.000.000 y de un 0,8% para aquellos que perciban una remuneración bruta mayor a $2.000.000.
- Concede a los referidos empleados, por una sola vez, el aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2021 que, al 31 de agosto del año 2021, desempeñaban cargos de planta o a contrata en las entidades que se señalan. El monto del aguinaldo será de $76.528.- para los trabajadores cuya remuneración líquida, que percibieron en el mes de agosto del año 2021 hubiese sido igual o inferior a $794.149, y de $53.124, para aquellos cuyas remuneraciones líquidas superen tal cantidad.
- Otorga a estos trabajadores, a contar del día 1 del mes siguiente a la publicación de la presente ley y hasta el 31 de diciembre de 2021, el bono mensual equivalente a $45.000, de cargo fiscal, establecido en favor de los trabajadores del sector público, cuya remuneración bruta en el mes de su pago sea inferior a $482.000 y que se desempeñen por una jornada completa. En caso de que la remuneración bruta mensual sea superior a $482.000 e inferior a $545.000, el monto del bono será equivalente a la cantidad que resulte de restar al aporte máximo el valor afecto al bono, conforme a la fórmula que se establece en la ley de reajustes.
- Concede, por una sola vez, un bono compensatorio, de cargo fiscal, no imponible, ni tributable y que no constituirá renta para ningún efecto legal, a los directores, a los educadores de párvulos y a los asistentes de la educación, que se desempeñan en los establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles vía transferencia de fondos traspasados a los servicios locales de educación pública.
- Este bono ascenderá a $400.000 para quienes se desempeñen en un cargo de una jornada ordinaria de trabajo de 44 o 45 horas semanales. El personal que se desempeñe en jornadas inferiores a las señaladas, percibirá el bono compensatorio en forma proporcional a las horas establecidas en sus respectivos contratos de trabajo.