Trabajadores portuarios eventuales recibirán pago de un beneficio tras experimentar retenciones de sus impuestos a la renta
Durante el debate de la iniciativa quedó de manifiesto la preocupación por “la precariedad laboral y de jubilación” que enfrentan estos estibadores que suelen ser contratados por horas.
5 de marzo de 2013En condiciones de ser remitida para su promulgación como Ley de la República, quedó el proyecto que establece el pago de un beneficio a favor de los trabajadores portuarios eventuales, respecto de los cuales se registraron dificultades relativas a la retención de sus impuestos a la renta.
Ello, luego de que la Sala del Senado, aprobara en forma unánime y en tiempo récord, la idea de legislar de la iniciativa. Además por no haberse recibido indicaciones se dio por aprobada también en particular.
Durante el debate intervinieron los senadores José García-Ruminot, Francisco Chahuán, Carlos Bianchi, Pedro Muñoz y Hosaín Sabag, además de la Ministra del Trabajo, Evelyn Matthei. Los legisladores destacaron la voluntad de la Cámara Alta y de la Comisión de Hacienda para despachar a la brevedad esta importante iniciativa que viene a hacer justicia para un importante grupo de trabajadores.
El senador García Ruminot, en su calidad de presidente de la Comisión de Hacienda destacó que la Mesa del Senado mantuvieron una preocupación permanente para dar celeridad a este tema y señaló que “me parece de plena justicia que los trabajadores que, en algún minuto pudieron haber pagado más del impuesto único que le correspondía puedan tener derecho al beneficio que les otorga este proyecto”.
El senador Chahuán manifestó que “esta es una larga y legítima aspiración de los trabajadores portuarios y este proyecto fue motivado tras las movilizaciones ocurridas en diversos puertos del país”. Asimismo valoró la voluntad política del Gobierno y de la ministra del Trabajo, Evelyn Matthei.
El senador Bianchi expresó su satisfacción por este avance que consiguieron los trabajadores portuarios pero advirtió que todavía quedan pendientes una serie de temas laborales que enfrentan estos trabajdores y que tienen que ver con la precariedad de los contratos, que son por horas, y por las duras condiciones en que desarrollan su labor
En la misma línea, el senador Muñoz Aburto felicitó esta iniciativa que apunta a retribuir aquellos dineros que habían sido descontados a los trabajadores de estiba y desestiba. Sin embargo, coincidió en que “éste es uno de los sectores más vulnerables de nuestra actividad económica nacional”. En su calidad de hijo de un estibador recordó que a diferencia de la década de los 60 y 70, hoy los trabajadores no cuentan con el mismo nivel de actividad en los puertos, ni con organizaciones sindicales fuertes que permitieran por ejemplo, beneficios para financiar becas para los estudios universitarios de sus hijos. Por eso abogó por avanzar en sistemas de jubilación especial para estos trabajadores.
El senador Sabag compartió su satisfacción por la aprobación de este proyecto y recalcó que “el promedio de días que trabajan al mes los estibadores es de 13,7 días, se les paga por asistencia y las empresas los llaman en la misma jornada”. Así contribuyen a la competitividad de los puertos, dijo, pero a la vez se traduce en una precariedad al momento de jubilar.
Finalmente, la ministra Matthei agradeció la disposición y celeridad del Senado para analizar y despachar este tema. “Hemos tenido una gran colaboración y me alegro porque cientos de trabajadores están atentos al curso de esta tramitación”.
CONTENIDO DEL PROYECTO
En lo fundamental, el proyecto posibilita que mediante el uso de las bases de datos disponibles, tanto la renta como el tiempo de trabajo de los beneficiarios de la Ley sean identificados o replicados, y que a la vez pueda identificarse o replicarse la retención de impuesto de segunda categoría de la cual fueron objeto, pudiendo de esta manera determinarse si existen antecedentes para disponer el pago que corresponda para cada persona beneficiaria.
En efecto, el beneficio en referencia será calculado y pagado, respecto de cada beneficiario, por la Tesorería General de la República, sobre la base de la información que diversas entidades deberán entregar a dicho organismo, tales como el Servicio de Impuestos Internos, las AFP, la Superintendencia de Pensiones y el Instituto de Previsión Social.