Informan a la Sala alcances de rebaja de dietas parlamentarias y de remuneraciones de altas autoridades
En la sesión de mañana se iniciará la votación en particular de la iniciativa que establece que el Consejo de Alta Dirección Pública deberá rebajar remuneraciones de parlamentarios y ministros en un plazo de 30 días de publicada la ley.
29 de abril de 2020Con el informe de los cambios aprobados en forma unánime por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, la Sala del Senado inició el análisis de la reforma constitucional, en segundo trámite, que busca fijar por ley la dieta de los parlamentarios y de otras altas autoridades. La iniciativa será votada mañana en particular.
Fue el integrante de la citada instancia legislativa, senador Víctor Pérez Varela, quien dio cuenta del informe a la Sala y explicó los principales alcances de esta iniciativa que rebajará las remuneraciones del Presidente de la República, ministros, subsecretarios, parlamentarios, los gobernadores regionales, intendentes, jefes nacionales de servicio y en general, los funcionarios de exclusiva confianza. (Vea nota relacionada)
Explicó que será una comisión de rango constitucional la encargada de fijar tales remuneraciones y también las de los funcionarios a honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas.
Esa labor se hará cada cuatro años mediante un acuerdo público basado en antecedentes técnicos y con a lo menos dieciocho meses de anticipación al término de un período presidencial.
La citada comisión cuyo funcionamiento, organización, funciones y atribuciones establecerá una ley orgánica constitucional, estará integrada por un ex Ministro de Hacienda; un ex Consejero del Banco Central; un ex Contralor o subcontralor de la Contraloría General de la República; un ex Presidente de una de las ramas que integran el Congreso Nacional, y un ex Director Nacional del Servicio Civil.
Sus integrantes serán designados por el Presidente de la República con el acuerdo de los dos tercios de los senadores en ejercicio.
Mientras no esté constituida la comisión, el proyecto establece que dentro de los treinta días siguientes a la publicación de esta reforma, el Consejo de Alta Dirección Pública, fijará, por una sola vez, las remuneraciones de los ministros de Estado y de los diputados y senadores; y dentro de los sesenta días siguientes determinará, también por una sola vez, las rentas de las demás autoridades.
Igualmente, precisará las remuneraciones de intendentes y gobernadores, las que regirán hasta el día en que asuman sus cargos los gobernadores regionales.
El Consejo de Alta Dirección Pública reducirá la última remuneración percibida por las autoridades ya mencionadas, en el porcentaje que su estudio lo justifique y para ello deberá tener en cuenta la Escala Única de Sueldos de la Administración del Estado, entre otros.