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Nuevos emprendimientos, fe pública y Diario Oficial

8 de julio de 2010

Imagen foto_00000001El Diario Oficial es fundamental en cuanto da fe pública y constituye un registro único, donde queda constancia de la historia de las sociedades y donde se publican las leyes, los decretos, los reglamentos en general.

Así lo entiende el proyecto que facilita la creación nuevas empresas y que establece que la publicación de las notificaciones comerciales se realice en un sitio Internet de este medio y en forma gratuita.

La plataforma donde se edita el Diario Oficial puede ser papel,  electrónica o de ambas formas. La intención del proyecto de ley que estimula la creación de nuevos emprendimientos es que ciertos actos puedan ser publicados en una plataforma electrónica del Diario Oficial, plataforma que quedará determinada en un reglamento que se dictará dentro de 90 días.

Hoy día, el Diario Oficial tiene convenios con las notarías, en virtud de los cuales los notarios remiten electrónicamente los extractos y los publica en papel. Por lo tanto, existen medios técnicos que garantizan la fe pública de las publicaciones en periódicos y archivos digitales. Evidentemente, este proyecto de ley no profundiza en ese aspecto, pero el reglamento deberá hacerlo.

Por lo tanto, queda claro que la publicación el Diario Oficial, el archivo y la consulta electrónica serían más económicas y más accesibles a la ciudadanía que lo que es hoy la publicación en un diario con soporte en papel. Cualquier persona en el territorio de Chile con acceso a Internet podría obtener los documentos que hoy día solo se obtienen en medio impresos.

No obstante, se han planteado algunas dudas respecto de la gratuidad que se establece para la publicación, pero en realidad, el Diario Oficial es un medio de comunicación creado por un decreto, y hoy día tiene la forma de una marca comercial de la cual es titular el Estado.

Las tarifas que cobra el Diario Oficial tradicionalmente han sido fijadas por decreto del Ministerio del Interior. Y, por tanto, no es raro que respecto de algunas actuaciones, la ley pueda fijar una gratuidad.  No estamos frente a un problema legal, ni podemos decir que el legislador se excede en sus atribuciones al establecer que es gratuito algo que fuera de un privado.

En este caso, el Diario Oficial, si tiene alguna entidad, es una entidad que es de propiedad del Estado. Y si hubiera algún problema en cuanto a establecer gratuidad, es un problema que habrá que analizar entre el Estado y la Empresa Periodística La Nación a la luz de la concesión que exista.

Entonces, es un problema contractual, o comercial pero no es un problema legal.

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