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Aprueban eliminar privilegio que tienen arzobispos, obispos y párrocos de no testificar ante un tribunal

La norma busca modernizar nuestra legislación. Asimismo, los congresistas respaldaron que en la Constitución, se establezca el derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza, todo en el marco del desarrollo sostenible.

26 de marzo de 2019

En condiciones de ser visto por la Sala, quedó el proyecto –en segundo trámite- que modifica el Código de Procedimiento Civil para eliminar privilegios procesales en favor de autoridades eclesiásticas. Esto luego que los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento aprobaran la idea de legislar hace algunas semanas.

 

Imagen foto_00000012La propuesta iniciada en moción establece que los arzobispos, obispos, vicarios generales, provisores, vicarios y provicarios capituales y los párrocos dentro del territorio bajo su jurisdicción podrán testificar ante un tribunal. En la actualidad están exentos de esta obligación.

 

Cabe recordar que la regla general en el procedimiento civil, es que toda persona deba testificar. No obstante se establecen excepciones respecto a determinadas personas, en razón de su cargo o función pública. Ellas pueden  prestar declaración en el domicilio que ellos fijen, dentro del territorio jurisdiccional del tribunal.

 

El artículo 361 del Código de Procedimiento Civil, dispone que se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal, el Presidente de la República, los Ministros de Estado, entre las principales autoridades de Gobierno, así como los parlamentarios, Alcaldes, Miembros de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones, Fiscales Judiciales, Fiscales regionales del Ministerio Público, y oficiales en servicio activo y en retiro.

 

Sin perjuicio de lo anterior, la norma también incluye a “el Arzobispo y los Obispos, los Vicarios Generales, los Provisores, los Vicarios y Provicarios Capituales; y los Párrocos, dentro del territorio de la parroquia a su cargo”.

 

La idea central del proyecto es eliminar este privilegio procesal de esta naturaleza, en favor de las autoridades eclesiásticas, ya que no ejercen ningún tipo de función pública.

 

BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD

 

La misma suerte del proyecto anterior, corrió la iniciativa en primer trámite, que incorpora el desarrollo sostenible dentro de las Bases de la Institucionalidad (Boletín N° 12402-07). De esta forma, el texto de autoría de los senadores Carlos Bianchi, Isabel Allende, Ximena Órdenes, Guido Girardi y David Sandoval fue respaldado por la Comisión de Constitución.

 

Imagen foto_00000011En una próxima sesión ordinaria, la Sala deberá pronunciarse sobre la idea de legislar. Ésta se centra en incorporar dentro de nuestra Constitución el primer principio de la Declaración de Río, que establece que “los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza".

 

Los legisladores reconocen en la moción que “nuestro país, pese a solo ser responsable del 1% de la emisión de gases de efecto invernadero, es uno de los más afectados por el Cambio Climático, lo que ha generado un grave aumento de la desertificación y la sequía”.

 

Dada la gravedad de este tema, la moción asegura que “en materia de orden interno, Chile hasta la fecha ha sido bastante tímido en implementar medidas efectivas en relación al cambio climático. Sin embargo, en la COP realizada en la ciudad de París, Chile se atrevió a proponerse un compromiso de reducción de un 20% de las emisiones de efecto invernadero”.

 

En este contexto se inserta la idea de plasmar en la Constitución Política el derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza, todo en el marco de un desarrollo sostenible.

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