Integración social y urbana: Comisión de Vivienda analiza mejoras al proyecto
Los legisladores comenzaron el estudio del texto aprobado por los diputados. El desafío es contar con una política pública que permita a familias de distinta situación socioeconómica interactuar en centros poblados con acceso a bienes públicos.
13 de mayo de 2021Someter a votación las ideas matrices de la norma que modifica diversos cuerpos normativos en materia de integración social y urbana, fue el acuerdo que adoptaron los integrantes de la Comisión de Vivienda y Urbanismo. La idea es aprobar en general la propuesta en la sesión del 18 de mayo.
La iniciativa que cursa su segundo trámite fue revisada la semana pasada por la citada instancia y, de manera unánime, los legisladores coincidieron en la necesidad de modificar gran parte de la redacción aprobada por la Cámara Baja.
En ese sentido, los congresistas ya están trabajando en la presentación de indicaciones, de hecho, ya se han elaborado más de 50. Como la Comisión está autorizada para estudiar el texto en general y particular, también se decidió fijar hasta el 24 de mayo, la fecha tope para entregar a la secretaría las mejoras a la norma.
En simple, el proyecto pretende aumentar la construcción de viviendas sociales con integración social, a través de densificación equilibrada en zonas con potencial de desarrollo urbano y modernizar la gestión del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU). Al respecto, se plantea cambiar el nombre de esta cartera por el de Ministerio de Ciudad, Vivienda y Territorio.
En la última sesión, el subsecretario de Vivienda, Guillermo Rolando expuso en nombre del Ejecutivo, los cambios que deberían hacerse al texto aprobado en la Cámara Baja.
En tal sentido apuntó al rol que deberán cumplir los municipios y los gobiernos regionales en la promoción de le integración social urbana, al rol del ministerio en la gestión y adquisición de suelo para los comités de vivienda, la necesidad de habilitar las normativas para ejecutar los proyectos de dichos comités y contar con normas para revertir los problemas constructivos y de segregación de los llamados “con techo” (gente que vive hacinada en una vivienda en mala condiciones).
En tal sentido, la cartera planteó redefinir el concepto de integración social y urbana como “una política pública que tenga como fin que familias y personas de distinta situación socioeconómica o que formen parte de grupos vulnerables, puedan habitar, interactuar y convivir en centros poblados con estándares mínimos de acceso a bienes públicos”. De allí surge la necesidad de identificar instrumentos de planificación territorial.
El texto contempla tres nuevas funciones ministeriales que fueron adicionadas por los diputados. En ellas, se faculta al Ministerio para implementar políticas de suelo y programas habitacionales que propicien la construcción de viviendas destinadas a beneficiarios de los programas habitacionales del Estado, junto con establecerle la obligación de resguardar que los instrumentos de planificación territorial contemplen criterios y disposiciones para la integración e inclusión social urbana.
Por otra parte, establece que los nuevos planes reguladores comunales o sus modificaciones integrales o actualizaciones deben contemplar disposiciones que incentiven la construcción de viviendas destinadas a beneficiarios de los programas habitacionales del Estado y a otras personas o familias en situación de vulnerabilidad.
En el mismo contexto, se aprobó la incorporación de un nuevo artículo que señala que no solo esta secretaría de Estado podrá establecer beneficios de normas urbanísticas para proyectos de viviendas integradas.
El proyecto establece, además, que los beneficios de normas urbanísticas en polígonos que incluyan inmuebles en sectores que se encuentren protegidos en la categoría de monumentos históricos, zona típica, de conservación historia no podrán afectar los valores y atributos, por los cuales dichos monumentos, zonas o inmuebles fueron protegidos.
En línea con lo anterior, se estableció que los proyectos de viviendas integradas, que pretendan acogerse a beneficio normativo en tales inmuebles o sectores deben obtener permisos municipales y autorizaciones sectoriales.
La iniciativa también faculta a los SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo) para concesionar, mediante licitación pública, la construcción, administración y mantención de viviendas económicas en terrenos de su propiedad o de otros órganos o servicios de administración del Estado. Dicha concesión otorgará a su titular un derecho real de uso y goce sobre el inmueble por un período determinado y sujeto a la condición de destinar un porcentaje de las viviendas a beneficiarios del programa del subsidio de arriendo.
El Ministerio, a través de los Serviu, agrega el proyecto, podrá otorgar subsidios de los programas habitacionales vigentes a personas jurídicas de derecho público o derecho privado, sin fines de lucro, que tengan por objeto construir viviendas o transformarlas en residencias multifamiliares o mejorarlas, destinadas a beneficiarios del programa de subsidio de arriendo.