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Reajuste de pensiones: legisladores solicitan incrementarlas en la misma proporción que el sector público

Un grupo transversal de congresistas considera obsoleta la actual fórmula de cálculo que se utiliza para elevar las jubilaciones. El Decreto Ley N° 2448 es la normativa que hoy las determina.

1 de julio de 2016

Imagen foto_00000002Un cerrado respaldo dio la Sala al proyecto de acuerdo, por medio del cual se le solicita al Ejecutivo que envíe al Congreso Nacional el mensaje  sobre reajuste del sector público, incluyendo el pasivo, de manera que los jubilados perciban el mismo incremento.

 

La propuesta de los senadores Francisco Chahuán, Ena Von Baer, Pedro Araya, Carlos Bianchi, Alfonso De Urresti, Alejandro García-Huidobro, Guido Girardi, Alejandro Guillier, Antonio Horvath, Hernán Larraín,  Juan Pablo Letelier, Manuel Antonio Matta, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Manuel José Ossandón, Jorge Pizarro, Jaime Quintana, Fulvio Rossi y Patricio Walker asegura que la fórmula de cálculo del reajuste del sector pasivo se encuentra obsoleta.

 

El texto recuerda que a fines de cada año, los gremios que representantes de los funcionarios de servicios y reparticiones estatales negocian con los ministerios sectoriales del Gobierno la cuantía del incremento, lo que se plasma en la tramitación de dicho mensaje.

 

“En dichas iniciativas se han incluido en varias oportunidades, beneficios económicos para los pensionados, tales como bonos y aguinaldos, pero no se establecen normas para el reajuste de sus pensiones, por cuanto dicho mecanismo se encuentra contemplado en otra normativa”, explica el proyecto de acuerdo.

 

En tal sentido, menciona que “el Decreto Ley N° 2448 prescribe que todas las pensiones de regímenes previsionales de las cajas de previsión, del Servicio de Seguro Social y de las Mutualidades de Empleadores, se reajustarán automáticamente en el 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre el mes anterior al último reajuste concedido y el mes en que dicha variación alcance o supere el 15%. El nuevo reajuste regirá a contar del primer día del mes siguiente a aquél en que se cumpla dicha variación. En la misma forma y oportunidad se reajustarán las pensiones asistenciales."

 

Pese a esta normativa, los legisladores admiten que “la mayoría de las pensiones que percibe dicho sector pasivo, son de muy bajo monto, por lo que es necesario modificar su sistema de reajuste, teniendo presente por otra parte que los pensionados, dada su avanzada edad no se encuentran en las mismas condiciones de negociar su reajuste, que se encuentra establecido por una normativa que ya se encuentra obsoleta”.

 

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