TPP11: cuestionan los reales alcances comerciales del tratado
Así lo dio a conocer ante la Comisión de RR.EE., José Palma, profesor de las universidades de Cambridge y USACH, quien criticó que el tratado nació para “darle una cantidad importante de garantías a las empresas multinacionales”.
30 de mayo de 2019“Este no es un tratado comercial más. Es totalmente distinto a los anteriores, no nació para facilitar el comercio nacional, sino que para darle una cantidad importante de garantías a las empresas multinacionales, incluidas las chilenas. Puedo estar a favor o en contra de esto, pero de eso se trata”, sentenció José Palma, profesor de las universidades de Cambridge y USACH, quien expuso ante la Comisión de Relaciones Exteriores, en el marco de las audiencias que realiza la instancia por el proyecto de acuerdo que aprueba el CTPP11.
Revise los detalles de la Comisión.
El académico fue crítico del tratado, porque, a su juicio, “Chile es el país que menos se beneficia, porque ya tiene tratados comerciales con los 10 países restantes y si se decide no aprobar, los acuerdos siguen funcionando”; además manifestó sus dudas porque los conflictos ya no se resolverían en cortes nacionales, sino que en las internacionales. (Revise el PDF adjunto)
Al respecto, advirtió problemas con los conceptos de interferencia o inversión, “que se definen de forma tan genérica que el espacio de interpretación en las cortes internacionales va a ser muy grande. La nueva institucionalidad que se cree no es solamente innecesaria, sino que no entiendo la razón por la que los conflictos ya no se resuelvan en las cortes nacionales”.
Palma fustigó además porque “a través del tratado no es que los estados no puedan hacer lo que quieran, como reformas o royalty, porque eso sería inconstitucional, el punto es que si lo hace tiene que pagar compensaciones”.
Además, sentenció que el CTPP11 “nos llega en el peor momento (…), es un obstáculo, absolutamente artificial, al desarrollo capitalista chileno, contradice los principios fundamentales de la teoría económica neoclásica, y es lo último que necesitamos para los desafíos que enfrenta nuestra economía en la actualidad. De hecho, no es más que una camisa de fuerza para evitar el cambio (…)”.
Cabe señalar que la Comisión de Relaciones Exteriores continuará con el análisis del Tratado con la exposición de más actores involucrados, las cuáles se transmiten en vivo por TV Senado (Revise el archivo con las audiencias de la instancia)
A su turno, Felipe Lopeandía, Director Bilateral y jefe negociador del TPP11 respondió los planteamientos de Palma en lo relativo a soberanía, patentes, acceso a medicamentos, acceso a la información y derechos laborales entre otras materias, reiterando lo expresado en sesiones anteriores, donde la solicitud de la instancia fue que "el Ejecutivo diera respuesta -las veces que fuera necesario- a los diversos invitados". (Revise la nota relacionada)
SOBRE LA SOBERANÍA: "El tratado salvaguarda la autonomía de los Estados para definir sus políticas públicas y no limita nuestra soberanía. De hecho, el capítulo 9 sobre inversiones, incluido su sistema de solución de controversias, contiene normas que preservan la función regulatoria del Estado y limitan las demandas que inversionistas extranjeros presenten en contra del Estado (Anexo 9-B, Anexos I y II)".
SOBRE PATENTES Y PRECIO DE MEDICAMENTOS: "El TPP11 mantiene los plazos de protección de las patentes farmacéuticas establecidos en la legislación vigente, por lo tanto, no prolonga ni altera los plazos de monopolio sobre productos farmacéuticos.
Tampoco modifica las reglas existentes para la entrada de medicamentos genéricos al mercado, ya que no otorga nuevos derechos a las farmacéuticas.
El TPP11 mantiene el sistema vigente en Chile, que permite a un titular de una patente acudir a los tribunales de justicia en aquellos casos en que estime que un tercero está infringiendo sus derechos (artículo 18.53).
Además, el TPP11 establece claramente que el capítulo de propiedad intelectual no impide ni deberá impedir adoptar medidas para proteger la salud pública (artículo 18.6.1)".
SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN: "El TPP11 preserva todas las facultades regulatorias del Estado en materia protección de la información (artículo 14.8) y de usuarios de internet (artículos 14.11 y 14.13). No existe ningún tipo de alcance que pueda afectar el derecho a la libertad de expresión. (Capítulo 18, Propiedad Intelectual) ".
SOBRE EL RESGUARDO A LAS SEMILLAS: El TPP11 en su artículo 18.7 busca que Chile ratifique el convenio UPOV91, que no privatiza las variedades que ya existen, sino que otorga derechos a las variedades nuevas y distintas y protege las variedades tradicionales. Cabe recodar que UPOV91 ya fue aprobado por el Congreso en 2011. Para ser implementado, se requiere una nueva Ley de Obtentores Vegetales que debe ser aprobada por el Congreso. Esta debe considerar excepciones para favorecer a nuestros pequeños agricultores y pueblos originarios".
SOBRE DERECHOS LABORALES: "El TPP11 garantiza la protección de derechos laborales fundamentales establecidos por la OIT: establece la libertad de asociación, derecho de negociar colectivamente, la eliminación de toda forma de trabajo forzado, la eliminación del trabajo infantil, la eliminación de la discriminación en el empleo. El TPP11 incluye normas que protegen los derechos laborales y resguarda la ley laboral chilena y sus futuras mejoras. (Artículo 19.3)".
SOBRE EMPRESAS PÚBLICAS: "Ninguna disposición del TPP11 prohíbe la creación de empresas públicas (Capítulo 17)"
La Comisión de Relaciones Exteriores inició el análisis de este proyecto de acuerdo a fines de abril pasado y hasta el momento ha escuchado a representantes del mundo agrícola, específicamente productores de semillas y de propiedad intelectual, así como a representantes de Direcon. (Revise el listado de las sesiones aquí)