Presidio mayor para quienes quemen lugares de culto: propuesta pasa a segundo trámite
La intención es endurecer las sanciones a este delito considerando el alto valor que tienen los templos, capillas, iglesias y similares para la comunidad tanto en el ámbito espiritual como social.
23 de marzo de 2022Directo a la Cámara Baja se dirige la moción de los senadores Carmen Gloria Aravena, Juan Castro, Francisco Chahuán y José García Ruminot, que modifica artículo 476 del Código Penal, para incluir el delito de incendio en lugares destinados al culto religioso.
La propuesta aprobada por la Sala por 35 votos a favor, 3 en contra y una abstención, en la última sesión ordinaria, fue analizada previamente por los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública.
El sentido de la norma es relevar la importancia de los lugares destinados al culto de cualquier religión, los que muchas veces también sirven de escuelas, centros de acopio y refugio. De esta forma, los autores describen los distintos ataques incendiarios a estos establecimientos desde el estallido social en diversos puntos del país, explicando que no se trata de la quema de un simple inmueble sino de todo lo asociado a una creencia religiosa.
- Extiende la aplicación del artículo 476 del Código Penal, que sanciona el delito de incendio en determinados lugares y respecto de determinados bienes, haciendo aplicable la pena de presidio mayor en cualquiera de sus grados (de 5 años y un día a 20 años) contemplada, cuando dicho delito sea perpetrado en aquellos lugares destinados al culto religioso reconocido por el Estado.
Durante el debate los senadores presentes en la Sala coincidieron respecto a la necesidad de sancionar este tipo de conductas, la importancia de los templos para los creyentes y la gravedad de los hechos ocurridos en diversas ciudades del país.
A continuación, un resumen de los argumentos de los senadores:
“Cuando el ser humano se olvida de Dios, deja de ser humano. Los templos son lugares de paz (…) Cuando se atenta contra una iglesia, sea cual sea, se atenta contra la sociedad. Este cambio al Código Penal es lo que faltaba para darle protección a estas infraestructuras”.
“Este proyecto apunta a reemplazar una denominación genérica por un listado acotado de recintos donde va mucha gente. Esto fue casi como una indicación que se aprobó por unanimidad”.
“La libertad de culto es esencial pero es difícil protegerla y garantizarla. El proyecto surgió por los ataques que sufrieron iglesias católicas en el marco del estallido social y otros tantos, en templos evangélicos en la provincia de Arauco. Esto habla de la discriminación que vive el pueblo evangélico en la región del Biobío”.
“En mi región es común ver atentados a templos desde el 2016 en las comunas de Ercilla, Angol, Victoria, Villarica, Padre las Casas, Freire y Puerto Saavedra, entre otras. Este proyecto sancionará incendios a estos recintos, con presidio mayor en cualquiera de sus grados. Esta es una señal para el mundo creyente”.
“29 iglesias quemadas en la macrozona sur. Ese es el saldo que conocemos hasta ahora. Esto es un acto de terrorismo. Por las iglesias quemadas en el país fruto de la violencia política, nos motivamos a hacer esta moción para marcar un hito. Nunca más iglesias quemadas”.
“El Estado protege bienes jurídicos caros para la sociedad. La religión responde a los problemas metafísicos de los hombres. ¿El Estado puede proteger un bien jurídico superior? Creo que se debe respetar la decisión de la persona de creer en un ser superior y tener ritos en ese sentido”.
“Las iglesias son lugares sagrados y profanarlos es un sacrilegio. Las iglesias también han sido lugares de refugio en tiempos de guerra, lo estamos viendo en Ucrania. Hay derechos esenciales garantizados como la libertad de expresión y la libertad de culto, cada uno debe ser respetado en un contexto”.
“Los incendios en iglesias no solo puede considerarse un siniestro de efectos patrimoniales. Se trata de destruir mucho más que la materialidad. Se debe castigar con la máxima rigurosidad. Aquí siempre hay víctimas. Voto a favor”.
“Este es el debate que hay que tener para dar seguridad a la ciudadanía. No se trata de indultar a los presos que cometieron delitos como quemar iglesias. Esto habla de las prioridades de este nuevo Gobierno. La violencia no puede ser validada como forma de libertad de expresión”.
“Felicito la iniciativa. Durante el estallido social, los vecinos de la zona cero estaban conmocionados con la quema de las iglesias de la Asunción, de la Veracruz y San Francisco de Borja. Son lugares donde se congregan comunidades. Parece razonable que su quema sea un delito agravado”.
“Respeto a todas las iglesias pero votaré en contra. Un senador dice que hay 29 iglesias quemadas en el sur. Le pregunto ¿cuántas personas fueron quemadas y mutiladas en las comisarías, asesinadas por agentes del Estado? Debieran memorizar los nombres de los asesinados, mutilados”.
“Creo que siempre debe haber una sanción drástica cuando se trata de un incendio tanto a bien público como a un bien privado. Nadie tiene derecho a quemar un colegio o una iglesia”.
“Creo que vamos evolucionando todos. No sabemos quiénes incendiaron las estaciones de metro. La consistencia es lo que permite que la política genere credibilidad. He trabajado en colegios laicos y católicos. A nosotros como políticos nos ha faltado consistencia”.
“No solo hay que recordar el nombre de las iglesias quemadas y asegurarse de que los culpables paguen, también es urgente priorizar la protección de las víctimas de la represión de agentes del Estado”.