Click acá para ir directamente al contenido
Respaldan idea de legislar

Proyecto que sanciona la explotación sexual de menores obtuvo cerrada aprobación

La iniciativa apunta a proteger penalmente a las víctimas de este delito, para lo cual incorpora nuevas disposiciones al Código Penal

11 de mayo de 2022

Con el voto unánime de los senadores presentes, la Sala del Senado aprobó la idea de legislar del proyecto que introduce un nuevo párrafo al Código Penal, relativo a la explotación sexual comercial y pornografía de niños, niñas o adolescentes.

 

Ahora corresponde que la iniciativa, que cumple su segundo trámite, vuelva a la Comisión de Constitución para su análisis en particular, por lo que se fijó el 16 de junio como plazo para presentar indicaciones.

 

En lo fundamental, el proyecto busca la protección penal de las víctimas de explotación sexual comercial cuando sean niños, niñas y adolescentes, para lo cual introduce un nuevo Párrafo al Título VII del Libro II del Código Penal, relativo al proxenetismo, explotación sexual comercial y pornografía de niños, niñas o adolescentes.

 

Fue el senador Matías Walker, quien en su calidad de presidente de la Comisión de Constitución, informó a la Sala sobre los principales cambios que introduce el proyecto y precisó que la iniciativa se refiere a "explotación sexual comercial" y no a prostitución o pornografía infantil, pues en estos casos los menores son víctimas al ser explotados por otros.

 

Agregó que el debate se centró en la tipificación apropiada de la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes; en el tratamiento en un párrafo dedicado sólo al proxenetismo, explotación sexual comercial y pornografía de niños, niñas y adolescentes; y en  la inclusión de técnicas especiales de investigación.

 

El proyecto contiene siete artículos, el primero de los cuales se compone de dieciséis numerales.

 

Esas disposiciones modifican el Código Penal; la ley que regula entrevistas grabadas en video y otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales; la ley que declara imprescriptibles los delitos sexuales cometidos contra menores de edad; la ley que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal; la ley N° 18.216, que establece penas como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad; y el decreto ley N° 321, de 1925, que establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad.

 

Imprimir