Extensión de la ley del mono en un año es remitida a su segundo trámite
La Comisión de Vivienda analizó la propuesta iniciada en mociones refundidas, cuyo fin es facilitar la regularización de los inmuebles autoconstruidos.
12 de enero de 2022Los diputados y diputadas serán los encargados de revisar el proyecto que extiende en un año la vigencia de los procedimientos excepcionales de regularización de viviendas y de edificaciones destinadas a microempresas inofensivas o equipamiento social.
Esto luego que la Sala del Senado aprobara –por unanimidad- en general y particular la norma, en la pasada sesión ordinaria.
El texto iniciado en mociones refundidas, de autoría de los senadores Francisco Chahuán, Carmen Gloria Aravena, Juan Castro, Carlos Montes y David Sandoval, tiene por objeto mantener la vigencia de la ley que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción, conocida popularmente como “Ley del Mono”, la que debiera expirar el próximo 4 de febrero.
Considerando los efectos de la pandemia, el proyecto recoge la preocupación de una gran cantidad de personas que no han podido regularizar sus viviendas o edificaciones destinadas a sus emprendimientos. Ellos alegan que no han podido cumplir con los numerosos trámites de carácter técnico exigidos por la ley debido a las restricciones de movilidad.
Durante el debate, el presidente de la Comisión de Vivienda y Urbanismo, el senador Carlos Montes declaró que “se busca prorrogar al 4 de febrero del 2023 el plazo para que los propietarios de viviendas que necesitaran regularizarlas, puedan hacer uso de la ley del mono”.
En la misma línea, el senador Francisco Chahuán aclaró que “en la actual ley, se establecía un plazo de 6 años que vence ahora, pero sabemos las dificultades que ha generado la pandemia. No se han dado las condiciones para proceder. Quiero agradecer la celeridad con que se ha tramitado esto”.
- Sustituye la denominación de esta iniciativa legal, por la siguiente: “Proyecto de ley sobre vigencia de los procedimientos excepcionales de regularización de viviendas y de edificaciones destinadas a microempresas inofensivas o equipamiento social”.
- Amplía en un año (hasta febrero del 2023), el plazo para que los propietarios de viviendas que no cuenten con recepción definitiva, total o parcial, emplazadas en áreas urbanas o rurales, puedan hacer uso del procedimiento simplificado de regularización de viviendas contemplado en la ley N° 20.898.
- Renueva la vigencia del procedimiento simplificado para la regularización de edificaciones destinadas a microempresas inofensivas o equipamiento social.
- Precisa que los plazos de vigencia aludidos precedentemente, corresponden a aquellos que tienen los propietarios para ingresar las solicitudes de regularización ante las respectivas direcciones de obras municipales.