Fin al interés sobre interés, cobros por prepago de créditos y cláusulas de aceleración: Comisión de Economía aprueba norma
El texto apunta a favorecer a los deudores de diferentes forma de crédito (consumo, automotriz, hipotecario, avances en efectivo, tarjetas bancarias y del retail, líneas de crédito, créditos entregados por financieras y otras, etc.), quienes son objeto de abuso por parte de sus acreedores.
6 de noviembre de 2019En condiciones de ser visto por la Sala quedó el proyecto, iniciado en moción, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales sobre endeudamiento y derechos del consumidor. Esto luego que los integrantes de la Comisión de Economía aprobaran las ideas matrices en su última sesión.
La iniciativa apunta a establecer un equilibro entre las empresas que otorgan crédito y los consumidores deudores, respecto a las condiciones en que se llevan a efecto los cobros, las que suelen perjudicar a estos últimos. Particularmente, el texto apunta a modificar reglas respecto a las tasas de interés de los créditos, los prepagos, el interés sobre interés (anatocismo), las cláusulas aceleratorias de pago y condiciones de repactación de la deuda, entre otros aspectos.
La propuesta de autoría de los senadores Ximena Rincón, Carolina Goic, Alfonso De Urresti, Felipe Harboe y Francisco Huenchumilla, fue explicada por la primera de estas legisladoras, quien enfatizó en las cifras de endeudamiento de la población.
“Para elaborar esta moción trabajamos con un diagnóstico conocido: el aumento del nivel endeudamiento de las familias en relación a sus ingresos. Tres cuartas partes del salario se destina a pagar deuda, tendencia que se observa desde los últimos tres años. Hay más acceso al crédito pero bajas garantías para los consumidores respecto al trato que se les entregar considerando clausulas unilaterales, entre otros aspectos”, describió.
La norma en simple pretende:
- Restringir la aplicación indiscriminada de cláusulas aceleratorias a determinados casos y tipos de crédito como es lo usual en otras naciones. Los acreedores (entidades que entregan créditos) usan la cláusula de aceleración cuando hacen exigible hoy lo que conforme a pagos periódicos, parciales o sucesivos (cuotas pactadas), sería exigible mañana si el deudor hubiera pagado a tiempo las cuotas.
- Limitar los intereses que son aplicados en la etapa de cumplimiento de la obligación, restringiéndolos a los pactados en el contrato o convención inicial o a una proporción superior no excesiva. Esto responde a la necesidad no cambiar las reglas del juego que suelen perjudicar a los consumidores.
- Eliminar el anatocismo o cobro de intereses sobre intereses, práctica generalizada en el mercado bancario y del retail.
- Permitir la paralización de efectos negativos sobre el patrimonio del deudor a través del pago o amortización de la deuda capital o de intereses. Busca paralizar cobros judiciales que terminan en embargos, cuando el deudor hace el esfuerzo de pagar parte de la mora.
- Limitar las facultades abusivas y arbitrarias en contratos de adhesión de operaciones crediticias, específicamente respecto a la repactación o reprogramación de deudas y la imposición unilateral de plazos, intereses y cobros excesivos respecto de la obligación inicial.
- Eliminar los costos excesivos por concepto de pago anticipado o prepago de deudas o también llamadas comisiones de prepago.
En forma unánime, la Comisión de Economía valoró la propuesta, aunque en la votación (4 votos a favor y una abstención), se hizo ver la preocupación del senador Rodrigo Galilea de realizar una ronda de audiencias antes de votar la idea de legislar, lo que finalmente fue desestimado.
Para este último, “es un tema complejo hacer estas modificaciones, por ejemplo en España se permiten las cláusulas de aceleración en los créditos hipotecarios. Me preocupa que se pueda afectar el ahorro, y en general los efectos que pueda tener en términos económicos. Limitar la tasa de interés o el anatocismo tiene bemoles. Pese a lo anterior, coincido en que hay que consolidar los datos del endeudamiento porque no sólo estamos hablando de los créditos propiamente tales, sino de avances en efectivo”.
Un tema en el que existió alto consenso fue la urgencia de elaborar un registro de deudores que maneje un ente estatal. La idea es que todas las entidades que entreguen créditos de distinto tipo entreguen la información asociada (número de deudores, porcentaje de clientes morosos, tasas de interés, créditos repactados, etc.) Hoy solo la banca y el retail tienen la obligación de informar la deuda, pero la mayor parte de ella se desconoce porque entidades que entregan dinero de manera más informal, y que manejan tasas de interés más altas, no dan cuenta de su gestión. Sólo cuando se transparenten estos datos, se podría regular mejor el sistema asociado al endeudamiento.
En general, los congresistas reconocieron que hoy los créditos buscan solventar la compra de bienes básicos (alimentos en supermercados y remedios en farmacias), lo que son solicitados en su mayoría por mujeres y adultos mayores. Además se profundizó en cuanto a la relación que existe entre el alto endeudamiento y el congelamiento de las remuneraciones; y la sobreoferta de tarjetas de créditos que son entregadas a personas que no pueden acreditar renta.