Homologación de licencias de conducir: respaldan convenios con Colombia y Ecuador
La Sala respaldó por unanimidad ambos instrumentos internacionales. En las tribunas estuvo presente el embajador de Colombia en nuestro país, Guillermo Botero.
22 de septiembre de 2021Con el respaldo unánime, la Sala del Senado aprobó y despachó dos acuerdos internacionales de reconocimiento recíproco de las licencias de conducir suscritos por Chile con Colombia y con Ecuador, respectivamente. Ahora, solo basta que el Congreso informe al Ejecutivo de su aprobación, para su correspondiente trámite de promulgación.
Durante la votación, estuvo presente en las tribunas del hemiciclo el embajador de Colombia en Chile Guillermo Botero, quien fue saludado por el presidente accidental del Senado, Jorge Pizarro y por el senador Iván Moreira. Este último destacó que "los reconocimientos recíprocos son siempre señal de integración. Somos un país amigo de Colombia y de Ecuador".
En lo fundamental, los acuerdos internacionales tienen por objeto facilitar la conducción de vehículos motorizados a los nacionales de una de las Partes, que se encuentren en el territorio de la otra, otorgándose validez recíproca a la documentación sobre licencia de conducir otorgada en cualquiera de las dos naciones, y que se encuentren vigente bajo las reglamentaciones de cada una de ellas. Esto, con el fin de contribuir a mejorar la seguridad vial en los respectivos territorios y facilitar el tránsito regulado de extranjeros por vías terrestres en cada Estado.
El primer proyecto es el que aprueba el Acuerdo entre la República de Chile y la República de Colombia sobre reconocimiento recíproco de licencias de conducir, suscrito en Santiago el 21 de marzo de 2019.
Señala que ambos países entregan un reconocimiento recíproco, a las licencias otorgadas por un Estado, para conducir dentro del territorio del otro Estado parte; reconoce al titular de una licencia de conducir vigente, el derecho para obtener una licencia de conducir equivalente en la otra Parte, sin necesidad de acreditar los requisitos exigidos por esa legislación para su obtención.
Asimismo, mantiene las limitaciones a la conducción basadas en la edad y en el cumplimiento de las formalidades administrativas que establezca la normativa de cada Parte para la expedición e impresión de las licencias y el pago de la tasa correspondiente.
En tanto, el proyecto que aprueba el Acuerdo entre la República de Chile y la República del Ecuador sobre reconocimiento recíproco y canje de licencias de conducir, suscrito en Santiago el 6 de junio de 2019, (Boletín Nº 13.949-10), también plantea que quienes posean una licencia de conducir vigente, de las clases a las cuales el Acuerdo hace referencia, podrán canjear sus documentos y no deberán rendir exámenes teóricos ni prácticos, permitiendo con ello reducir el déficit de conductores en el rubro de transportes, tanto de personas como de carga.
El embajador de Colombia en nuestro país, Guillermo Botero destacó la importancia de este acuerdo que promoverá la integración entre ambos países. "Aquí en Chile hay una deficiencia de conductores y Colombia tiene profesionales muy aventajados y capacitados y, por otro lado, ciudadanos chilenos podrán validar su documentación en el país por motivos ya sea laborales o de turismo”.
Previamente, el diplomático fue recibido por los senadores José García Ruminot, Rodrigo Galilea y Kenneth Pugh y Manuel José Ossandón y por el presidente accidental del Senado, Jorge Pizarro con quien abordaron diversos temas relativos al fortalecimiento de las relaciones bilaterales, tales como, inversiones, comercio exterior, proyectos de cooperación y turismo, entre otros”.